Proteger la privacidad
Mucho se habla y se hablará estos días en relación con la protección de datos. Los máximos organismos nacionales en esta materia de 46 países, junto a los responsables de las principales compañías del mundo, se reúnen esta semana en Madrid con el propósito de aprobar unos Estándares Internacionales para la Protección de la Privacidad en relación al tratamiento de Datos de Carácter Personal
El objetivo es asegurar, a través de la fijación de criterios comunes de protección, el libre flujo de los datos personales a nivel internacional garantizando en todo caso su cumplimiento. Sin embargo, en ningún momento pretenden suplantar las legislaciones nacionales en aquellas áreas en las que existe una tradición reguladora del derecho a la privacidad en relación con el tratamiento de los datos.
Es un plan muy ambicioso, ya que son muchos los países que van a considerar estos días en Madrid la aprobación de estos estándares y todos ellos muy distintos. Unos países tienden a la autorregulación, y la aprobación de estos estándares exigirá unos esfuerzos distintos. En el caso de España, el esfuerzo para cumplir estas normas será menor, ya que éstas incluyen muchas de las obligaciones exigidas por la normativa de protección de datos de nuestro país.
Dicho texto común pretende ser un mínimo de protección de la privacidad exigible por los países que lo aprueben, y su cumplimiento será requisito suficiente para considerar posible la transferencia de datos a los estados u organizaciones que lo cumplan. Con ello se pretenden facilitar considerablemente las actividades de algunas empresas en materia de protección de datos.
Entre otras cuestiones, el texto exige la creación de mecanismos de supervisión y control del cumplimiento de los principios que lo configuran. Se propondrá crear autoridades encargadas de la puesta en práctica de esas potestades de supervisión y control con determinadas características: imparcialidad, independencia, ejecutividad y gratuidad. Dichas autoridades deberán cooperar y estar coordinadas en cada país.
Las decisiones de las autoridades deberán tener un carácter ejecutivo; es decir, deberán ser de obligado cumplimiento, no pudiendo limitarse a emitir meras recomendaciones genéricas cuya implementación práctica sea meramente opcional o voluntaria. A ello ayudará el establecimiento de sanciones suficientemente coercitivas que también prevé el documento a aprobar.
Sin duda, la aprobación de estos estándares marcará un antes y un después en la regulación de la privacidad y la protección de datos en el marco internacional.
Cayetana Vela / Cristina Quesada. Asociada y 'senior manager' de Ernst & Young