_
_
_
_
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

CE, ayudas públicas y competencia bancaria

La decisión de la Comisión Europea de permitir las inyecciones de capital en entidades bancarias sin problemas de solvencia ha levantado una polvareda en el sector bancario español, principalmente por las asimetrías competitivas que este tipo de medidas pueden acarrear. Esta opción venía ya discutiéndose en los foros financieros y los ámbitos de decisión política desde las reuniones del Ecofin el pasado octubre, en las que se abrió la puerta a este tipo de ayudas. Eso sí, como no podía ser de otro modo, en consonancia con la regulación de competencia europea, las inyecciones de capital deberían revestir un carácter excepcional y, en principio, ser aplicadas de forma exclusiva a las entidades que presentaran problemas de solvencia. Sin embargo, desde aquel momento se abrió un amplio abanico de posibilidades entre las que algunos Gobiernos, como el británico, incluso se han planteado la nacionalización completa del sector bancario nacional.

En España viene defendiéndose de largo el relativamente elevado nivel de solvencia de sus entidades bancarias y precisamente éste ha constituido uno de los pilares de su fortaleza competitiva en los últimos años. Las medidas urgentes en materia financiera aprobadas por el Gobierno el 13 de octubre contemplaron avales para operaciones de financiación nuevas y la autorización con carácter excepcional de la adquisición de títulos aptos para el reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito, si bien dejando a un lado la posibilidad de una nacionalización plena o de una aportación indiscriminada de fondos independiente del nivel de solvencia.

Aunque al ciudadano de a pie pudiera parecerle una cuestión técnica dentro de los planes de rescate bancarios, la elección de unas medidas u otras de recapitalización tienen implicaciones de enorme relevancia para el bienestar social. Una excesiva generalización o flexibilidad de los criterios aplicables puede acarrear distorsiones competitivas alentadas desde el sector público. Durante la crisis y sobre todo en el deseado ocaso de la misma, estas diferencias entre las ayudas de los diferentes Gobiernos podrían producir variaciones artificialmente inducidas y de considerable impacto en la competitividad de las entidades bancarias de algunos países frente a otros.

Las entidades bancarias españolas -aun afrontando las dificultades que la crisis impone de forma generalizada- parecen haber hecho mejor los deberes en materia de solvencia en los últimos años y el Banco de España ha procurado igualmente que así sea. Por todo ello, los bancos y cajas españoles exigen a la Comisión Europea mayor rigidez en los criterios de aplicabilidad de la ayuda pública al sector bancario, en lugar de una política de 'que cada uno haga lo que quiera'. Esta exigencia es legítima, sobre todo tras la presión que tradicionalmente ha ejercido la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea para que las entidades bancarias ofrezcan servicios financieros lo más competitivos posible en todos los ámbitos de negocio para favorecer la creación de un mercado bancario minorista único europeo.

La nueva regulación financiera traerá exigencias de recursos propios más duras y el abanico de entidades europeas que puede necesitar en mayor o menor medida de ayudas para recapitalización puede ser amplio. Sin embargo, hay que establecer los criterios necesarios para que los efectos de estas medidas sobre la competencia sean los menos posibles. La propia Comisión plantea como solución exigir un tipo de interés mínimo del 7% a las entidades sanas que quieran acceder a ayudas de recapitalización.

Esta medida puede ir en la dirección adecuada pero habría que analizar con tranquilidad las condiciones de mercado en las que se fija ese precio -sin ir más lejos, el mercado ahora exige para estos recursos un tipo en torno al 15%- y aumentar la transparencia en los criterios para la aplicabilidad de medidas de esta índole.

Tal vez habría que ser incluso algo más exigente en lo que a las entidades solventes se refiere, sobre todo para evitar que los rescates se conviertan en operaciones implícitas de fortalecimiento público e indiscriminado del sector bancario, para proteger a las entidades nacionales y poder tomar una posición de ventaja -auspiciada desde los Gobiernos en lugar de en la pugna competitiva- para acometer los rigores de la nueva regulación financiera y la posible oleada de operaciones de consolidación transfronteriza en toda Europa.

Santiago Carbó Valverde. Catedrático de Análisis Económico de la Universidad de Granada

Archivado En

_
_