La nueva ley y el canon por copia privada
El Congreso de los Diputados aprobó el 22 de junio las enmiendas introducidas por el Senado del texto que modifica la Ley de Propiedad Intelectual para la incorporación de la Directiva comunitaria 2001/29/CE, con una amplia mayoría en el Congreso, a pesar de la polémica que ha suscitado esta reforma en la sociedad.
El canon por copia privada ha sido uno de los puntos más polémicos y conflictivos de la reforma, provocando una brecha entre autores, industria y usuarios. Y la pregunta que debemos plantear es si existe una alternativa diferente capaz de satisfacer y salvaguardar los derechos de todos ellos.
La era digital ha puesto de manifiesto que los usuarios quieren disfrutar de las obras pero no adquirir soportes materiales. Este hecho, según se mire, puede ser una gran catástrofe o una gran noticia. Es posible que algunos consideren que es un desastre para la industria que explota obras o prestaciones protegidas en soportes materiales. No obstante, no se debe obviar que esto supone la apertura a nuevas formas de explotación de las obras y prestaciones protegidas distintas de las tradicionales, lo que significa, nuevas formas de negocio.
Los usuarios prefieren las descargas. Y es lógico. Es más práctico, cómodo y útil descargar obras o prestaciones protegidas en un soporte que permite al usuario disfrutar de música, películas o de un partido de fútbol, en el lugar y en el momento en que lo desee. ¿Debemos castigarlos por ello? Y de paso, castigar a la industria que ha desarrollado los dispositivos que lo hacen posible.
La constatación de este hecho nos hace cuestionarnos la solución que propone la Ley de Propiedad Intelectual, al extender el canon por copia privada a los dispositivos digitales que permiten, no sólo la copia o reproducción, sino también el almacenamiento.
La justificación del canon en la era analógica, como medida compensatoria por las copias privadas que efectúan los usuarios, ha dejado de ser un argumento válido en la era digital. Si ahora se comercializan las descargas, lo normal es que los usuarios paguen por ello en lugar de compensar por copia.
El canon por copia privada supone una carga inútil para los fabricantes y distribuidores de dispositivos aptos para la reproducción, copia y almacenamiento. Este gravamen es trasladado a todos los usuarios sin distinción y sin importar si los utilizan para hacer copias privadas o para fijar sus propias obras. La Ley dice que los beneficiarios son los autores. Sin lugar a dudas, pero también supone un buen negocio para los gestores de derechos.
¿Qué ocurriría si las cantidades que deben pagar los fabricantes, distribuidores y usuarios se destinasen a desarrollar medidas de protección y sistemas de gestión digital de las obras? No es absurdo proponer inversión en desarrollo tecnológico para devolver al autor y titulares de derechos de propiedad intelectual el pleno monopolio sobre su obra o prestación protegida.
Actualmente, el monopolio del derecho de autor lo ostentan los gestores de derechos, de ahí, el profundo desacuerdo entre los agentes implicados: industria, usuarios y representantes, que no autores, de los titulares de derechos de propiedad intelectual.
Contemplado desde la perspectiva de la gestión de derechos, el canon por copia privada no es más que el monopolio de la gestión del derecho de autor con carga a la industria y a los usuarios. ¿Merecen los usuarios este trato? ¿No son ellos los destinatarios de las obras?
Si los usuarios prefieren las descargas a la compra de soportes materiales, la prioridad debería ser el desarrollo de sistemas que permitan a autores y titulares de derechos, la gestión de sus obras y prestaciones protegidas en este nuevo entorno. La clave está en devolver al autor o titular de derechos el control sobre la gestión de su obra o prestación protegida.
El largo y polémico proceso para la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual nos demuestra que no son las leyes las que solucionarán los problemas, sino las aplicaciones tecnológicas, la evolución de la industria y el desarrollo de nuevos modelos de gestión. La carrera ya ha empezado y la meta consiste en encontrar el modelo que permita una explotación adecuada de las obras, respetando el equilibrio justo entre los intereses de autores, industria y usuarios.