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Campaña de la renta 2005

Cada territorio tiene sus propias reglas

Junto a las normas forales, cada comunidad autónoma ofrece deducciones en la cuota del impuesto sólo para sus residentes

Con la apertura, este viernes 5, de la campaña de la renta en la Comunidad Autónoma de Navarra, toda España está ya haciendo cuentas para ponerse a bien con Hacienda. Uno de los primeros pasos que hay que dar, incluso antes de averiguar si se está o no obligado a declarar, es saber dónde se tiene la residencia fiscal. De ello dependerá que se apliquen unas u otras reglas. El actual mapa fiscal del IRPF se resume en un impuesto común en todo el territorio español salvo en el País Vasco y en Navarra, donde cada uno de los territorios forales (Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra) tiene su IRPF. Ahora bien, el impuesto que rige en el resto de España también es cada vez más variopinto porque cada comunidad autónoma establece, dentro de un margen, deducciones propias.

Junto a las desgravaciones, la cara más amable del IRPF la componen un heterogéneo grupo de ingresos que por ley se decide que no tributan, inversiones bonificadas (en planes de pensiones y vivienda, por ejemplo) y el mínimo personal y familiar, que no existe en las tres haciendas forales vascas.

Novedades 2005. Cantabria, la única comunidad que no había hecho uso de su capacidad para introducir deducciones, se estrena en esta campaña. En el resto de territorios, se actualizan algunos deducibles. Por lo demás, el impuesto que ahora se declara es casi un calco del que se declaró en 2004.

La aportación transfronteriza a planes de pensiones de la UE se puede deducir este año por vez primera

Como novedad, en la parte común del IRPF las ayudas públicas que se han recibido por haber sido víctima de alguno de los principales incendios acaecidos en 2004 y el de Guadalajara de 2005 no tributan. En las rentas del trabajo, el importe exento de las dietas de viaje se eleva unos céntimos y se admite como deducible la aportación transfronteriza a planes de pensiones de la UE .

Lugar de residencia. Para saber qué reglas aplicar hay que saber dónde se está más tiempo al año porque ahí es donde estará la residencia fiscal. Si no es posible tener este dato (por ejemplo porque se viaja constantemente), se fija la residencia donde se tiene el principal centro de intereses (por ejemplo donde se tiene el centro de trabajo). Si trabajando en una comunidad autónoma, se adquiere en otra comunidad una vivienda que se declara como habitual (para así deducir los gastos de su compra) podrían saltar las alarmas de Hacienda. Además, conviene recordar que si no se comunica el cambio de domicilio fiscal, Hacienda puede poner una sanción de 100 euros.

Salario sin impuesto. Pese a las peculiaridades de cada territorio, dentro de cada categoría de renta (salario, inversiones, actividad empresarial y profesional y ganancias de patrimonio) hay infinidad de casos que no tributan o lo hacen con descuento y que son comunes en toda España (salvo País Vasco y Navarra).

Así, dentro del salario, la indemnización por despido que coincida con el importe que marque el Estatuto de los Trabajadores está exenta (por ejemplo, la clásica indemnización de 45 días por año). El resto de indemnización sí tributa, pero con una bonificación del 40% (sólo se grava el 60%). Asimismo, la prestación por desempleo hasta 12.020,24 euros no tributa si se cobra en forma de pago único y se destina a montar un negocio.

Tampoco hay que pagar por los trabajos realizados en el extranjero hasta 60.101,21 euros y entre el sueldo en especie que no se grava está el ofrecer a los empleados guardería, estudios vinculados al trabajo, la entrega de acciones por un valor de hasta 12.000 euros, los vales de comida hasta 7,81 euros al día y las primas por seguro de enfermedad que va hasta 500 euros al año. En general, todas las rentas generadas en más de dos años y que sean irregulares se reducen un 40% (50% en el País Vasco). Esta ventaja afecta a los bonus y a opciones sobre acciones.

Nada que declarar. Las indemnizaciones por daños personales y las de seguro de accidentes están exentas bajo ciertos límites. Así como las pensiones por gran invalidez e inutilidad.

Las anualidades por alimentos que reciben los hijos de sus padres, las ayudas económicas a deportistas de alto nivel tampoco tributan. Todos los premios del Estado y de las comunidades autónomas, de Cruz Roja y de la ONCE están exentos y otros que por su relevancia determine el Ministerio de Economía.

Invertir con rebajas. De los ingresos obtenidos por alquilar viviendas sólo se paga el IRPF por la mitad y, en general, todos los rendimientos generados en más de dos años (por ejemplo, los depósitos a más de dos años o la deuda a este plazo) llevan un descuento del 40% que hace que sólo el 60% de lo ganado tribute.

Cuando la inversión genera una ganancia porque se vende (transmisión de acciones, de participaciones en fondos de inversión o vivienda) la rebaja más grande está en el tipo fijo de gravamen del 15%. Pero para ello hay que dejar que pase más de un año desde la compra hasta la venta.

Los contribuyentes con más de 65 años tienen la ventaja de no pagar nada a Hacienda por la plusvalía que obtengan con la venta de su vivienda habitual. Una ventaja que sólo tienen los contribuyentes más jóvenes si reinvierten el importe de la venta en otra vivienda habitual.

Derecho a deducir. Al margen de que cada tipo de renta tiene sus propios gastos deducibles (ver cuadro), existen desgravaciones por todo el IRPF y cada una con un importe máximo deducible.

En uno casos son cantidades fijas (800 euros por ser mayor de 65 años) pero otros dependen de un desembolso realizado (planes de pensiones o compra de vivienda). Si ahora no se llega al máximo deducible, no se puede hacer nada, pero servirá de guía para, si se puede, aumentar el gasto en 2006 y aprovechar una mayor desgravación en 2007.

Especialidades de los territorios forales

Un matrimonio con dos hijos (de dos y seis años), un sueldo bruto de 56.000 euros (14.000 euros de retenciones) y que paga 9.000 euros por un préstamo hipotecario (8.000 de principal y 1.000 de intereses) obtendría un IRPF a devolver en Madrid de 5.522,72 euros, en Navarra de 5.457,60 euros y en las tres haciendas vascas de algo más de 5.000 euros.Más allá de este dato, que es puntual y sólo a modo de ejemplo, para comparar los diferentes regímenes conviene atender a otros datos.Por ejemplo, la obligación general de presentar la declaración en las tres provincias vascas es a partir de los 18.800 euros de rentas del trabajo, en el territorio común es a partir de los 22.000 euros y en Navarra de 8.500 euros. La escala general de gravamen en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya va del 15% al 48% y consta de seis tramos. En Navarra, la escala general va del 14% al 44% y tiene siete tramos. Las plusvalías a más de un año se gravan en toda España al 15%, pero con matices.A grandes rasgos, los diversos IRPF que conviven en España son parecidos: se suman los ingresos, se aplica la escala de gravamen y se restan algunos gastos y las retenciones. Ahora bien, mientras en el País Vasco se opta por las deducciones en la cuota (tras la escala de gravamen), en Navarra y en el resto del territorio se ha optado por la figura del mínimo personal y familiar que se deduce de la base del impuesto (antes de la escala de gravamen) y se deja la cuota para la deducción por compra de vivienda (y las autonómicas en el caso del IRPF común).En Navarra, la cuenta ahorro vivienda puede estar abierta hasta 8 años (en la pasada declaración era de 7 años) y en el País Vasco hasta 6 años, en el territorio común el plazo es de 4 años. En cuanto a la deducción por compra de vivienda, en el País Vasco hay un crédito de 30.000 euros, es decir, la suma de las deducciones anuales durante el tiempo en que se pague la compra de vivienda no será mayor de esta cifra. Al año, la deducción máxima es del 15% del principal del préstamo y del 20% de los intereses con un tope igual al 60% de la base del impuesto. En Navarra, se deduce el 15% sobre una base máxima de 9.015 euros.Otra peculiaridad del País Vasco está en la posibilidad de deducir el 10% del dinero destinado a comprar acciones de la empresa en la que se trabaja hasta un tope de 1.800 euros. Y en todo el territorio, foral y no foral, las aportaciones a planes de pensiones o los llamados en el País Vasco Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) son deducibles de la base del IRPF.

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