Flexibilidad y calidad del empleo
El España, la excesiva temporalidad en la contratación ha llevado a poderes públicos y agentes sociales a poner el acento en la seguridad en detrimento de la flexibilidad. No obstante, según el autor, la recuperación de un empleo de mayor calidad sólo será posible en un marco de mayor flexibilidad
A las puertas de una nueva revisión de la ordenación de nuestro mercado de trabajo, y en el contexto de las iniciativas europeas dirigidas a aumentar el empleo y la productividad, el debate acerca de los niveles de flexibilidad requeridos para la consecución de ambos objetivos sigue abierto. Y, en particular, sigue pendiente de clarificación la relación que haya de existir entre flexibilidad y seguridad, y por tanto calidad, en el empleo.
En Europa, como indica el Informe Kok, presentado en noviembre de 2003, las políticas de crecimiento económico deben ir acompañadas de reformas estructurales tendentes a hacer los mercados de trabajo más flexibles y el trabajo más atrayente, prolongando la vida activa y desarrollando el potencial humano inutilizado. Pero la flexibilidad de los mercados de trabajo, se insiste, no debe ser incompatible con el disfrute, por parte de los trabajadores, de niveles de seguridad adecuados. Y todo ello conduce a que se propongan recetas de mayor flexibilidad acompañada de la necesaria calidad del empleo.
A pesar de que el discurso políticamente correcto insiste, en la línea indicada, en la fórmula de la flexiseguridad, en realidad Europa tiene un problema acuciante de flexibilidad mientras que los niveles de calidad del empleo no son, hoy por hoy, preocupantes. Hace falta una mayor adaptabilidad de las empresas, que deben operar en un contexto en el que quede asegurada una gran capacidad de reacción frente a los cambios económicos. Y eso exige un alto grado de flexibilidad del mercado de trabajo. Condiciones contractuales excesivamente protectoras en la regulación de los contratos por tiempo indefinido, se dice en el Informe Kok, pueden disuadir a los empresarios de contratar trabajadores en las fases de crecimiento económico o impulsarles a recurrir a otras formas de contratos, lo que influye negativamente en las oportunidades de acceder al empleo de los trabajadores menos favorecidos, en particular los jóvenes, las mujeres y los desempleados de larga duración.
La contratación temporal ha sido, desde mediados de los ochenta, nuestra particular vía a la flexibilidad
Lo que sucede es que, en la búsqueda de esa mayor flexibilidad, hay que cuidar del mantenimiento de unos niveles de seguridad adecuados. Pero la seguridad, la calidad del empleo, no puede identificarse con la conservación del mismo durante toda la vida laboral. Hoy ha de ponerse el acento en una perspectiva más dinámica, que ponga el acento en el mantenimiento de la capacidad de los trabajadores para permanecer y progresar en el mercado de trabajo, lo que se concreta en una remuneración decente, en el acceso a la formación a lo largo de toda la vida, en buenas condiciones de trabajo, en la protección frente a discriminaciones o despidos abusivos, en la protección social en caso de pérdida de empleo y en el derecho a transferir los derechos sociales adquiridos en caso de cambio de empleo.
En España, sin embargo, corremos el riesgo de alterar los términos de estos planteamientos. La excesiva temporalidad ha llevado, tanto a los poderes públicos como a los agentes sociales, a poner en primera línea de atención el tema de la calidad del empleo. En el seno del diálogo social se insiste en la necesidad de reducir la 'precariedad' y conseguir un empleo de mayor calidad. Nada que objetar a este planteamiento: la contratación temporal ha sido, desde mediados de los ochenta, nuestra particular vía a la flexibilidad, y la corrección de rumbo intentada con posterioridad a partir de la reforma de 1994 ha resultado insuficiente.
La mayor flexibilidad de las relaciones de trabajo en materia de despidos económicos, de tiempo de trabajo, de modificación de condiciones de trabajo, de movilidad, etc., no ha conseguido reducir sustancialmente la utilización de la contratación temporal como vía para obtener unas relaciones laborales más flexibles. Y ello porque el mensaje no ha resultado creíble o/y ha sido insuficiente, y porque, con excepciones, la negociación colectiva tampoco ha colaborado demasiado.
Ahora bien, la recuperación de un empleo de mayor calidad sólo será posible en un marco de mayor flexibilidad. Pensar, como piensan algunos, que en España no tenemos un problema de flexibilidad sino exclusivamente de seguridad o calidad, y que por tanto basta, primero, con introducir en la reforma laboral previsiones legislativas para dificultar o impedir la contratación temporal, 'imponiendo' la contratación por tiempo indefinido, y, luego, con potenciar los mecanismos de inspección y sanción para garantizar el cumplimiento de la normativa, es la vía más directa al fracaso y nos puede hacer retroceder años en materia de empleo.
Tenemos que buscar una mayor calidad en el marco de una mayor flexibilidad. La garantía eficaz de los derechos de los trabajadores hoy sólo es posible con una regulación lo suficientemente flexible de las relaciones de trabajo. Pretender más seguridad sin más flexibilidad, permitirá asegurar un empleo de mayor calidad, pero eso sí, a cada vez menos personas.