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Columna
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Adiós a la estabilidad presupuestaria

El marco europeo de la política fiscal está en el artículo 104 del Texto Consolidado del Tratado de la Unión, que establece la obligación de los Estados miembros de evitar los déficit excesivos, y en el artículo 103, que señala que ni la Comunidad ni los Estados miembros asumirán o responderán de las deudas en que haya incurrido algún Estado miembro. Con lo que se garantiza que si un país decide aplicar una política fiscal no saneada, el incremento de la prima de riesgo resultante recaerá exclusivamente sobre la deuda del citado país, no afectando a la del resto de los países.

El protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, que fue incorporado como Anexo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, constituye la piedra fundamental del marco fiscal de la Unión Monetaria Europea (UME), encomendando a la Comisión Europea la función de supervisar los avances presupuestarios y el stock de deuda del sector público de los Estados miembros. Se considera déficit excesivo cuando supera el 3% del PIB a precios de mercado.

Ante el temor de Alemania de que el procedimiento de déficit excesivo no fuera suficiente para disciplinar de forma eficaz las políticas fiscales dentro de la UME, dicho país propuso un pacto de estabilidad que fue aprobado por el Consejo Europeo como Pacto de Estabilidad y Crecimiento, por el cual los Estados miembros se comprometen a conseguir situaciones presupuestarias próximas al equilibrio o con ligero superávit.

Es un contrasentido decir que el PEC se mejora al incluir la sostenibilidad de los sistemas públicos de pensiones

El Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) suponía una visión a largo plazo de la política presupuestaria. En efecto, junto a la deuda pública explícita de cada Estado miembro, que fue la tomada en cuenta como uno de los indicadores del proceso de convergencia para el ingreso en la tercera fase de la Unión Monetaria, existe una deuda implícita derivada a los sistemas públicos de pensiones gestionados por reparto, correspondientes a los derechos en curso de los actuales trabajadores.

La cuantía de dicha deuda es en cada país de la Unión Monetaria verdaderamente alarmante: en España sobrepasa el monto del Producto Interior Bruto y su importe sigue crecimiento paulatinamente. El envejecimiento que padecen todos los Estados de la Unión Monetaria hará que esta deuda implícita aflore y haga no sostenibles los sistemas públicos de pensiones, como ha puesto de manifiesto un informe reciente de la Comisión Europea

Como dice el profesor J. Shiller, de hecho los déficit presupuestarios actuales reflejan problemas de largo plazo que no son los que contempla la teoría keynesiana, de modo que las discusiones acerca de los déficit se deberían replantear en términos de problemas intergeneracionales.

Como consecuencia de los déficit, la deuda de un país aumenta y traslada la carga financiera a las futuras generaciones, lo que produce un cambio de riqueza de una generación a otra, que los políticos no quieren poner de manifiesto. Prefieren que las generaciones presentes, que son las que les votan, cobren sus pensiones, reciban la sanidad gratuitamente y otros servicios sociales, imponiendo cargas a futuras generaciones a través de los déficit, cuya financiación se efectuará con impuestos que pagarán aquellos.

Para evitar los efectos distorsionadores de un cómputo año a año del déficit/superávit, que obligaría a los países a realizar, en ocasiones, una política presupuestaria procíclica, se ha propuesto que el cálculo del déficit/superávit se efectúe teniendo en cuenta el ámbito temporal del ciclo. Y que el equilibrio de las cuentas se consiguiera en el periodo del ciclo y no año a año, es decir, un déficit cíclicamente ajustado.

El principal inconveniente que tiene esta propuesta es que de antemano no se conoce cuál va a ser la duración temporal del ciclo y, por tanto, a cuánto debe ascender la actuación expansiva de la política presupuestaria, de forma que en la posterior fase alcista del ciclo se produzca una contracción del gasto público que compense los déficit de la fase de declive del ciclo. Por otra parte existe, evidencia empírica de que la política de sostenimiento de la demanda agregada a través de una política fiscal expansiva fracasó a nivel mundial, como lo demuestra la alta tasa de inflación, el desempleo creciente y la caída de la actividad económica durante la década de los setenta.

La reforma del PEC ha sido propuesta al Ecofin por el comisario europeo de Asuntos Exteriores y Monetarios, señor Almunia. Para el comisario no se trata de una verdadera reforma, ya que las limitaciones en cuanto al déficit y la deuda pública establecidas en el 3% y el 60% del Producto Interior Bruto permanecen inalterables. Lo que se pretende es una mayor flexibilidad en la aplicación del pacto, particularizándolo especialmente a la situación cíclica de cada Estado miembro, teniendo en cuenta además la evolución de la deuda como referente para la estabilidad de los mercados financieros y la viabilidad de los sistemas públicos de pensiones.

Opinamos que las modificaciones del PEC se ajustan a las situaciones de la economía de Alemania y Francia, evitando las sanciones que recaerían sobre los dos países de permanecer el pacto sin modificación, y quedando libres de los ajustes a que tendrían que someter sus economías para corregir los déficit excesivos. Parece un contrasentido decir que el pacto se mejora al incluir la sostenibilidad de los sistemas públicos de pensiones, cuando precisamente su viabilidad depende de la estabilidad de las finanzas públicas, como exigía el PEC.

Podemos despedirnos de la estabilidad presupuestaria, con todo lo que esto representa para la credibilidad de la estabilidad presupuestaria, con todo lo que esto representa para la credibilidad del euro: no es de extrañar la fuerte reacción del Bundesbank contra la reforma y la crítica del Banco Central Europeo.

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