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Competencia

Endesa, Iberdrola y Fenosa, multadas con 901.000 euros cada una por pactar precios

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha sancionado a Endesa, Iberdrola y Unión Fenosa, las tres grandes eléctricas españolas, con una multa de 901.518,16 euros cada una, el máximo previsto, por abuso de posición dominante y aplicación de precios injustificadamente altos en noviembre de 2001, según se desprende de la resolución del Tribunal hecha pública hoy.

Iberdrola y Fenosa recurrirán la multa, por la vía contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional, una vez agotada la vía administrativa, mientras los servicios jurídicos de Endesa se encuentran reunidos estudiando el caso. La primera compañía citada considera que el Tribunal ha ignorado las alegaciones presentadas por las empresas y el propio resultado de la fase probatoria y de la vista oral celebrada, lo que la coloca en "situación de indefensión". El eje argumental de las tres ante Defensa de la Competencia eran fue que un fallo en la previsión de la demanda energética y a la existencia de un problema regulatorio, admitido por la propia Comisión Nacional de la Energía (CNE).

Además de la multa, el TDC "intima" a las tres eléctricas para que se abstengan de realizar en el futuro estas prácticas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia. La adopción de las dos medidas, multa e intimación, se debe a la "actitud deliberada que ha guiado el comportamiento ilícito de las empresas imputadas, que no ofrece ninguna duda".

Dos meses para informar

Las compañías tienen un plazo de dos meses para publicar esta resolución condenatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en un diario de tirada nacional. Por cada día de retraso en la publicación deberán pagar una multa coercitiva de 600 euros. El Tribunal considera probado que los días 19, 20 y 21 de noviembre de 2001 las tres eléctricas hicieron uso de su dominio monopolístico en determinadas zonas geográficas de suministro para obtener unos beneficios extraordinarios "ilegítimos".

Así, Endesa hizo vale su posición dominante en Andalucía y Cataluña; Iberdrola, en Levante, y Unión Fenosa, en la zona Centro de la Península. Las compañías aprovecharon su "posición de privilegio" en estas áreas ofreciendo sus producciones de electricidad al mercado diario de generación (pool) a unos precios "excesivos" comparados con los ofertados con anterioridad en situaciones similares.

Al ser tan elevados, estos precios fueron rechazados para ser casados en el pool y quedaron descartados del mercado diario. Sin embargo, al existir restricciones técnicas en el sistema eléctrico de las zonas mencionadas, esta producción de electricidad tuvo que ser comprada a precios tan caros para atender el suministro en las cuatro áreas geográficas. A juicio del Tribunal, esto las colocó "automáticamente en condiciones de obtener unos beneficios extraordinarios ilegítimos". Este comportamiento ha de calificarse como un abuso de posición dominante, que han cometido todas y cada una de las empresas imputadas", concluye la resolución.

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