Propuestas para la contratación pública
En el año 2002 la compra de bienes de capital y consumo por las Administraciones públicas españolas ascendió a 71.300 millones de euros, equivalentes al 10,2% del PIB, de los que unos 22.500 millones correspondían a pagos por realización de obras. La cifra tiene importancia sobrada para justificar el esfuerzo en mejorar la adecuación y eficiencia de todos los aspectos del proceso de licitación, que por exigencias de su supeditación a principios de publicidad, concurrencia, transparencia, igualdad de trato y otros, es necesariamente, complejo.
El propósito expuesto presidió los trabajos de la Comisión de Expertos para el Estudio y Diagnóstico de la Situación de la Contratación Pública, creada por resolución conjunta de la Secretaría de Estado de Hacienda y la Subsecretaría del Departamento del 10 de junio de 2003. El informe sintético de los trabajos de los grupos, junto con las 35 conclusiones y recomendaciones de la Comisión, presidida por el entonces subsecretario de Hacienda Francisco Uría Fernández, se presentaron el pasado marzo.
Entre otros aspectos, el informe resalta las implicaciones de las nuevas directivas comunitarias que deben plasmarse en la normativa española, y que aportan novedades en procedimientos, como el recurso al diálogo competitivo, el uso de medios electrónicos, el modo de formular las especificaciones técnicas y las exigencias informativas de los poderes adjudicadores, pero atiende también a cada paso del proceso de licitación y adjudicación para potenciar su adecuación a los objetivos que persigue. En su conjunto es una base sólida para fundamentar la actualización de la normativa, especialmente en lo que concierne a facilidad de acceso al mercado de las Administraciones para las pymes, el mejor uso de los recursos públicos, el aumento de la competencia y la consideración de las dificultades de las Administraciones con menos medios, como los ayuntamientos pequeños.
Las compras y obras que financian las Administraciones aportan servicios a los ciudadanos, contribuyen al crecimiento, responden a objetivos de solidaridad y, en ocasiones, se usan como factor que mantiene la demanda en momentos de debilidad de la demanda agregada. En todas las dimensiones del recurso a obras y suministros externos, la eficiencia se requiere para la buena gestión de los fondos públicos y para su mayor rendimiento. Este objetivo se potencia si, a la vez, se reducen los costes en que deben incurrir los suministradores de bienes y servicios, que incluyen procedimientos complicados de calificación, presentación de ofertas, obtención y presentación de garantías de licitación y cumplimiento y otros.
Esos costes, a veces, incluyen pagos como el anuncio de la obra o la compra, que puede ser simple propaganda del organismo que la oferta, que debe saber que el coste de esa publicidad irá incluido en el coste de la oferta. En muchos casos, tras la adjudicación, se tarda en devolver la garantía a quienes han hecho ofertas postergadas, de modo que deberán seguir pagando y tener cubierto parte del límite de crédito que le han concedido las entidades financieras con las que trabaja. La simplificación de requisitos, con la posibilidad que dan los medios electrónicos para mantener un registro único de licitadores actualizado, que centralice las ofertas con posibilidad de acceder a través de la red es una posibilidad real que libera recursos humanos cualificados para poder asignarlos a tareas que generen más valor.
La compra de bienes y servicios por las Administraciones tiene un volumen que la hace tentadora para conseguir simultáneamente otros objetivos, como favorecer la producción local, la contratación de algunos grupos de personas con características comunes o favorecer cualquier otra causa. El premio Nobel de Economía en 1969 J. Tinbergen expuso con precisión que en política económica cada objetivo requiere una medida. Si se priorizan características ajenas al precio, requisitos técnicos u otros, se deteriora la lealtad competitiva, baja la eficiencia en el uso de los recursos públicos y la calidad de las prestaciones.
La petición de inclusión de criterios adicionales se realiza por quienes esperan beneficiarse de un trato más favorable y los políticos que los añaden esperan ganar votos de grupos de interés, pero eso perjudica el interés común e incumple la normativa europea que exige competencia y persigue introducir criterios que supongan discriminación en uno u otro sentido, por más que la introducción de criterios irrelevantes para el objeto de un contrato parezca favorecer buenas causas. A éstas se las sirve mejor de forma directa.