Impuestos irreflexivos
Ante la propuesta de incrementar el impuesto de bienes inmuebles en viviendas desocupadas para frenar la especulación, el autor argumenta la complejidad e ineficacia de la medida y expone siete pecados capitales en que ésta podría incurrir
Se propone ayer lo anunció el alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón incrementar el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) a las viviendas desocupadas para frenar la especulación. La propuesta añade destinar la recaudación obtenida a financiar la construcción de vivienda social. El aumento del precio de la vivienda supera ampliamente el del IPC, incluso prescindiendo de la mejora de la calidad impuesta por una normativa más rigurosa y las exigencias técnicas del seguro decenal. Esto hace subir la parte de ingresos que una familia media destina a pagar su hipoteca (aún por debajo de lo que suponía en 1993), por lo que la idea de un recargo en el IBI permite mostrar que se hace algo contra la especulación a la que se culpa del problema. Sin embargo, su aplicación es complicada e ineficaz, vulnera el principio de unidad de caja (no hay impuestos finalistas) y acumula siete pecados que son capitales en cualquier impuesto:
l El especulador escapa al pago del impuesto. Si especula a corto plazo, compra al inicio de la construcción y vende meses después, con lo que no hay lugar a que pague. Si especula a largo, es normal que se beneficie del alquiler y las plusvalías sin que, estando la vivienda ocupada, se le aplique el recargo. El resto es un grupo menor y su ganancia (de haberla) tributa por transmisiones patrimoniales y plusvalías.
Gran parte de las viviendas desocupadas que hay en España responden a motivaciones ajenas a la especulación
l La recaudación del recargo es costosa porque solamente se aplica con certeza. Probar la desocupación exige una investigación que, sin mediar denuncia, es complicada, pues puede darse impresión de actividad sin residencia real. La denuncia crea un malestar que es fuente de problemas futuros.
l Gran parte de las viviendas desocupadas responden a motivaciones ajenas a la especulación: esperar la boda de un hijo, indecisión sobre el destino de la vivienda de padres fallecidos, traslado temporal de residencia por razones de trabajo, mantenerla en la localidad de origen para usarla tras la jubilación o, simplemente, esperar un inquilino apropiado para alquilársela. La vivienda urbana en una capital puede ser segunda residencia de personas de la provincia que la usan en visitas ocasionales o de alojamiento de hijos cuando se desplacen por estudios.
l El impuesto no tiene el mismo sentido en áreas con presión demográfica o en otras en declive. Es difícil decidir en qué barrios se aplicará y en cuáles no. Si se aplica en todos, no responde a la finalidad perseguida. Con discriminación, los ciudadanos no son iguales ante el impuesto, se pierde equidad y es inconstitucional.
l La propiedad tiene muchos usos legítimos. Conservar el patrimonio es uno. La obligación de usarlo o venderlo restringe una libertad básica. Atribuir -a priori- propósitos especulativos es temeridad o error. Lo primero, porque se desconocen los motivos de las personas para hacer o no hacer algo. Lo segundo, porque el miedo a las complicaciones legales de un alquiler puede ser disuasorio sin que la venta sea alternativa única.
l El destino de los ahorros personales (la inmensa mayor parte de las viviendas en España son propiedad familiar) es asunto particular que determina mejor el mercado que la intervención pública.
l La vivienda se encarece por el aumento del empleo estable y la tasa de actividad femenina, descenso en coste del crédito, entrada de inversores extranjeros, etcétera. Estas causas son deseables y la consecuencia debería serlo. La demanda supera a una oferta que en los cinco últimos años (media de 502.000 anuales) casi dobla la media de 1983-1997 (253.000 anuales). Bastarían cuatro años más, al mismo nivel, para absorber la demanda, estabilizar los precios y colmar la escasez existente, siempre que la vivienda que se construya se adecue a la capacidad de pago de la demanda insatisfecha. Aquí, el principal factor en juego es la oferta de suelo edificable en condiciones de edificar vivienda protegida, que representa una proporción muy baja del total. Quien tiene la clave del problema debe afrontarlo sin arremeter contra molinos de viento.