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Legislación

Las cooperativas europeas podrán operar sin filiales en varios Estados

Una única estructura, un solo registro y un capital mínimo de 30.000 euros. æpermil;stas son las características de las cooperativas que podrán acogerse al nuevo estatuto europeo que aprobó ayer el Consejo de la UE. El texto, que lleva gestándose 11 años, pretende impulsar la creación de estas entidades y permitirlas actuar en más de un país europeo sin necesidad de contar con una red de filiales. La norma deberá ser adoptada por los Estados miembros antes de 2006.

La sencillez del régimen jurídico que aprobó ayer la UE se refleja, por ejemplo, en el hecho de que permitirá que cinco ciudadanos europeos, provenientes de diferentes Estados miembros, puedan crear una cooperativa europea.

Así, el Consejo de la Unión Europea aprobó ayer un estatuto común para estas entidades, gracias al cual las organizaciones empresariales de este tipo que operen sobre el territorio de varios Estados miembros podrán obtener una personalidad jurídica, una reglamentación y una estructura únicas y simplificadas.

Entre las ventajas que ofrece la nueva reglamentación, que lleva más de 11 años discutiéndose en los foros europeos, destaca la posibilidad de que estas entidades puedan ampliar y reestructurar sus operaciones transfronterizas sin tener que crear una red de filiales. Según explicaban ayer fuentes de la UE, esta nueva forma jurídica alentará la creación de este tipo de empresas para explotar las oportunidades transfronterizas en la UE y reforzará la competitividad en Europa.

300.000 entidades

Actualmente, la Unión Europea cuenta con 300.000 cooperativas, que emplean a 2,3 millones de personas y ofrecen servicios a 83,5 millones de ciudadanos.

Bruselas prevé que este instrumento jurídico sirva también a las empresas de toda naturaleza que deseen reagruparse para sacar beneficios comunes, por ejemplo, acceder a mercados, realizar economías de escala o emprender actividades de investigación o desarrollo.

Según señalaron ayer fuentes del gabinete del comisario europeo Erkii Liikanen, el estatuto representa la primera y única forma social europea que puede ser establecida partiendo de cero y con una responsabilidad limitada. Aunque también puede surgir por la fusión o conversión de una sociedad existente, ya sea por personas físicas o personas jurídicas. El capital mínimo será de 30.000 euros, es decir, un cuarto del valor exigido para montar una sociedad anónima europea, algo con lo que se pretende alentar el uso de esta nueva forma jurídica. Como en el caso de la sociedad europea, los derechos adquiridos de los trabajadores a la información, la consulta y la participación serán preservados por las disposiciones de una directiva pendiente todavía de aprobación.

El nuevo estatuto viene a completar el de la sociedad europea adoptado en 2001, pero tiene en cuenta las características específicas de las cooperativas. Se trata de un instrumento optativo que no sustituirá las reglamentaciones nacionales o regionales existentes en materia de cooperativas.

Los Estados miembros tendrán tres años para transponer las disposiciones de la directiva al derecho nacional, de modo que el estatuto estará operativo a partir de 2006. Bruselas prepara otras propuestas similares para la creación de una asociación europea y de una mutua europea.

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