Comprobar que los datos cuadran
Luis del Amo enumera los aspectos más conflictivos de la actual campaña de la renta y en los que Hacienda pone la lupa. El objetivo es que los pagos fraccionados y la actual declaración anual coincidan
Una advertencia previa a un análisis más detallado es que este no es el momento de planificar el IRPF para que 'salga mejor'. Ahora ya está todo hecho, y sólo resta poner atención para que no se olvide nada y agudizar el ingenio para aplicar la norma fiscal más beneficiosa.
El empresario o profesional ha de ser consciente de que es un contribuyente de riesgo. Esto significa que la Administración va a mirar su declaración con lupa, lo cual es lógico si consideramos que, en general, la información de que dispone sobre sus ingresos y gastos es sólo parcial. Merece la pena dedicar tiempo a hacer bien la declaración, prestando especial atención, por ejemplo, a dos aspectos. Por un lado, las declaraciones presentadas durante el año por IVA, retenciones, pagos fraccionados o el modelo 347 deben concordar con la declaración del IRPF, por lo que ha de comprobar que cuadran. Por otro, conviene determinar el aumento que ha experimentado su patrimonio en el ejercicio y compararlo con las rentas obtenidas. Si éstas son menores que el patrimonio, analice las causas. Por este motivo podría entrar en el punto de mira de la inspección y le podrían girar una liquidación por ganancias de patrimonio no justificadas.
Como recomendaciones más concretas apuntamos:
Identifique las rentas por las que no tiene que pagar.
No desespere si no halla rentas como las anteriores y fíjese si ha percibido alguna que pueda reducir en un 30% por irregularidad, tales como las subvenciones de capital cobradas de una vez (que no sean para adquirir un bien concreto), las indemnizaciones o ayudas al cese o determinadas rentas forestales.
Si tributa en módulos le recomendamos que consulte las órdenes del Ministerio de Hacienda en las que se reducen los módulos de ciertas actividades, sobre todo agrícolas afectadas por desastres. Si después de los cálculos se da cuenta de que le sale un rendimiento mayor del que realmente ha obtenido, aunque ya no puede hacer nada para 2002 y 2003, debería plantearse la renuncia al régimen de módulos para así determinar el rendimiento en estimación directa en el ejercicio 2004.
Si tributa por estimación directa, le recomendamos no se olvide lo siguiente:
Si ha vendido a plazos (el tiempo desde la entrega al cobro es mayor de un año), la venta se imputa cuando se producen los cobros, con lo cual retrasará el pago de parte del impuesto.
Si está adquiriendo un elemento afecto por medio de un leasing, seguramente podrá deducir el importe total de las cuotas pagadas.
Si un cliente no le paga, podrá restar como gasto el importe adeudado a 31 de diciembre, si han pasado seis meses desde la primera gestión para cobrar.
Si es una empresa de reducida dimensión, no se olvide de que puede amortizar libremente determinados bienes (incluso quitarse como gasto todo su coste el año de la compra). Aumentar el gasto por amortización un 50% sobre las tablas de generales o las del régimen de estimación directa simplificada. Practicarse una deducción del 10% de las inversiones y gastos del periodo relacionadas con la mejora en capacidad de acceso y manejo de nuevas tecnologías.