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Una sentencia restringe la fusión de SEB y Moulinex

El Tribunal de Luxemburgo anuló ayer parcialmente el dictamen de la Comisión Europea por la que se aprobó la fusión de los fabricantes franceses de electrodomésticos SEB y Moulinex. Aunque la sentencia confirma la mayor parte del dictamen del Ejecutivo de Bruselas, anula la autorización de concentración en España, Italia, Finlandia, Reino Unido e Irlanda.

A fin de disipar las dudas sobre la fusión, la Comisión Europea condicionó el año pasado su aprobación a que SEB entregara una licencia exclusiva sobre la marca Moulinex por espacio de cinco años en nueve Estados miembros (Portugal, Grecia, Bélgica, Holanda, Alemania, Austria, Dinamarca, Suecia y Noruega). Además, SEB no podría utilizar la marca Moulinex otros tres años después de que expiraran estas licencias.

Sin embargo, para España y los otros cuatro Estados miembros a los que se refiere la sentencia, la Comisión no impuso restricciones. El Ejecutivo remitió después su informe a las autoridades francesas, a las que dio libertad para imponer sus propias condiciones a la fusión.

La francesa BaByliss, que pretendía comprar una parte de las actividades de Moulinex, interpuso un recurso ante el Tribunal de Luxemburgo en contra de la decisión de la Comisión. Por otra parte, la holandesa Philips también presentó una queja ante el Tribunal de primera instancia de la Unión. La sentencia considera que la Comisión no ha tenido en cuenta el volumen conjunto de los mercados que domina SEB-Moulinex. SEB posee marcas de dimensión mundial, entre ellas Tefal y Rowenta. Moulinex también comercializa Krups.

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