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Columna
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Frenesí reformador

Antonio Gutiérrez Vegara

Tanto si se constata un fracaso en el modelo de crecimiento como si un nuevo reto se vislumbra en el horizonte, siempre hay quien receta la misma fórmula desde hace veinte años, recurrente y vieja aunque se presente como innovadora: desregular, aún más, el mercado laboral.

Ahora que la creación de empleo retrocede a zancadas y el paro aumenta a gran velocidad, lejos de proponerse de una vez cambiar el esquema competitivo vía precios y salarios por otro que arriesgue en inversiones más intensivas en tecnología, buscando una productividad mayor y más eficiente para producir bienes y servicios de mayor calidad, especializados en los segmentos del mercado con demanda más elástica, que son los más competitivos, se utiliza la coartada de la próxima ampliación de la UE con países de mano de obra más barata para sugerir nuevas reformas laborales en aras de la 'competitividad, la flexibilidad y el empleo'.

Con ese rótulo se ha celebrado un seminario organizado entre un prestigiosos bufete de abogados y asesores tributarios, la Asociación para el Progreso de la Dirección y un fuerte grupo empresarial de trabajo temporal. En este encuentro ya no se ha sugerido una reforma concreta y puntual de nuestro ordenamiento laboral sino la completa sustitución del Estatuto de los Trabajadores por considerarlo 'un enfermo terminal que necesita respiración asistida', ya que en opinión de uno de los ponentes 'hunde sus raíces en el siglo XIX'. Tras diagnosticar tan irreversible enfermedad y recomendar tan drástica cirugía, abogaba por 'un marco legislativo que reduzca el exceso de regulación y que contemple mayor flexibilidad tanto en el uso que se da a la fuerza de trabajo ya contratada como en materia de contratación de nuevos empleados'. Poniéndose la venda antes de recibir la pedrada, solicitaba paciencia a los partidarios de sus tesis y reflexión a sus detractores. Pero sentencias tan rotundamente dictadas suelen ser las que adolecen de escasa reflexión por ir sobradas de impaciencia.

Así por ejemplo se apunta de nuevo a modificar por ley la negociación colectiva para que los 'convenios no sean una rígida normativa impuesta a la empresa desde fuera', cuando la realidad es que más del 50% de la selvática estructura española de contratación colectiva está compuesta por convenios de empresa y su necesaria racionalización para dotarla de una mayor congruencia entre los distintos ámbitos de empresa y de sector es una tarea asumida por los sindicatos y las patronales desde los acuerdos de 1997, ya de por sí suficientemente difícil y compleja como para ser entorpecida por ímpetus leguleyos que son los que más distorsionan la autonomía de los agentes sociales. O se pone como pretexto para tan ambiciosa reforma estatutaria la regulación del teletrabajo porque 'solo están regulados los trabajos fuera del centro de trabajo de las costureras y el del calzado'. Ni el acuerdo sobre el teletrabajo alcanzado en el marco del diálogo social europeo entre la CES y la Unice (confederaciones europeas de sindicatos y patronales respectivamente) presenta mayores problemas de adaptación a la legislación laboral española ni han sido regulados los trabajos a domicilio para la confección y el calzado, ya que mayoritariamente se realizan en la economía sumergida.

Siendo el Estatuto de los Trabajadores la normativa más reciente de los códigos laborales europeos, es la que ya acumula más reformas y todas ellas centradas en los aspectos sugeridos. Flexibilizar la entrada y la salida del mercado de trabajo, abaratar los costes del despido o desregular la jornada laboral. El resumen de los resultados de aplicar el experimento que ahora se propone como novedoso es que España, sin dejar de tener la tasa más alta de paro de la UE, ha pasado a disponer también del índice de temporalidad más elevado, sin que por ello hayamos mejorado la competitividad de nuestra economía.

Enfrente, tenemos los países centrales y nórdicos que siguen siendo los más competitivos, con costes laborales superiores a los nuestros en un 40%, con la mitad de desempleo y la tercera parte de temporalidad, aunque sus legislaciones laborales y sociales sean muy anteriores y más garantistas que la nuestra. Sus esfuerzos innovadores se orientaron primero hacia las inversiones de capital y en tecnología, que indujeron los cambios en el trabajo y las adaptaciones en su organización, cristalizadas más por el desarrollo convencional de unas relaciones laborales democráticas que por reformas legislativas.

Todo proyecto de integración como es el de la UE implica nuevas redistribuciones de los mercados, entre ellos el del trabajo. Obviamente debemos preparar nuestra estructura productiva para los retos que nos depara la ampliación, pero mal favor se hace si cuando los empresarios acaban de editar un informe que pone el acento en la necesidad de superar nuestros diferenciales respecto de Europa en investigación y desarrollo, se desvía la atención hacia el marco legislativo laboral y se vuelve la mirada hacia la competencia en costes laborales con los diez nuevos socios. æpermil;se sí es un camino de retroceso seguro, frenéticamente reformador, pero hacia atrás.

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