Alargar la vida laboral, ¿derecho u obligación?
Recientemente participé en unas jornadas organizadas en Zaragoza por la Asociación de la Prensa de Aragón. Una de sus mesas redondas llevaba el sugerente título que da origen a este artículo: La prolongación de la vida laboral: ¿derecho u obligación? El temario abarcaba aspectos demográficos, de envejecimiento de la población, de vida laboral y del futuro de las pensiones. Pretendo resumir algunos de los aspectos que más me llamaron la atención.
La primera reflexión, realizada por Julio Pérez, investigador del Centro de Estudios Demográficos de Cataluña, se resume en la pregunta: ¿es el envejecimiento un problema? En principio, con todas las matizaciones que se quieran poner, encierra muchos elementos positivos. Está claro que la principal causa de envejecimiento de la población es el fortísimo -y afortunado- incremento de esperanza de vida, que ya alcanza alrededor de los 82 años para las mujeres, y 77 para el hombre. Es una tendencia positiva, que probablemente se incrementará.
Por otra parte, se destacó un dato de interés. A principio del siglo pasado, sólo la mitad de los nacidos lograban superar los 10 años de edad; por el contrario, la mitad de los nacidos desde la década de los sesenta superará los 90 años. Con menos nacimientos se mantiene mayor población. Se calcula que, a afectos de cómputo de población total, un nacimiento de los de ahora equivale a tres de los de principios del siglo XX. Interesante argumento que no se suele tener en cuenta.
El incremento de la esperanza de vida hará que tengamos que seguir modificando nuestro concepto de vejez, y sobre todo los años que abarca. En épocas antiguas, como demuestran los restos arqueológicos, una persona de 40 años era anciana. A principios del XX, un europeo de 50 años se consideraba un viejo. Hoy, por el contrario, superamos los 70 en envidiable estado de salud medio.
El sociólogo Amando de Miguel, que también participaba en la mesa redonda, considera que muchas personas alcanzan su plenitud intelectual por encima de los 65, y que por tanto no debían tener la consideración de viejos, ni mucho menos ser arrinconados del mercado laboral, en lo que coincidimos plenamente. Sin duda, la edad considerada en el pasado como umbral de la vejez se está elevando. Los viejos de ayer son todavía jóvenes hoy. Lo que hoy entendemos por viejos, serán todavía jóvenes en el futuro.
De cara a su impacto en el mercado de trabajo, hay que tener en cuenta que, como fruto de la caída de la natalidad a partir de mediados de los setenta, cada año se incorporarán menos jóvenes.
De ser en estas últimas décadas un recurso muy abundante -y por tanto barato-, los jóvenes se convertirán en recurso progresivamente escaso, que mejorará, en consecuencia, sus condiciones laborales. La inmigración será el otro factor humano que incidirá determinantemente la configuración del futuro mercado laboral y que nos ocupará en numerosos debates.
Las pensiones públicas, en principio, no corren ningún riesgo a corto ni medio plazo, y para el largo tenemos mucho tiempo para prepararnos. Con todos estos precedentes: ¿qué debemos hacer con la edad de jubilación? ¿Subirla, bajarla, o dejarla como está?
Como en la mayoría de los países occidentales, el derecho legal a la jubilación en España nace a los 65 años. A partir de esta edad el trabajador tiene derecho a jubilarse y acceder a la pensión de jubilación.
Sin embargo, en nuestro país, la edad media de jubilación ronda los 63 años de edad, merced a una política de prejubilaciones que, con diversos procedimientos, razones y justicia, llevamos décadas practicando. Tenemos claro que no existe ningún interés público ni colectivo en adelantar la jubilación de las personas, dado que con ellas se derrocha un valioso capital humano y productivo, que tendrá difícil reemplazo además, debido a las cohortes decrecientes de los jóvenes que se incorporan al mercado de trabajo. Las prejubilaciones no deben tener, salvo en casos de empresas o sectores en grave crisis, ningún tipo de financiación pública.
No soy partidario de elevar ahora la edad legal de jubilación, que debe seguir en los 65. Cualquier trabajador que desee jubilarse a partir de esa edad debe seguir teniendo derecho a hacerlo. Sí soy partidario, sin embargo, de animar, estimular o incentivar a las personas que se consideren capacitadas para que de forma voluntaria puedan seguir trabajando más allá de los 65 años.
Esta prolongación voluntaria de la vida laboral, amén de los beneficios personales para el trabajador, encierra un doble interés público: mejora de las cuentas de la seguridad social, por una parte, y mantenimiento en actividad de una parte muy importante de nuestro capital humano, por otra.
Parte de los recursos que hasta ahora hemos destinado a las prejubilaciones deberíamos invertirlos en fórmulas para incentivar la prolongación de la vida laboral, mediante trabajo a tiempo parcial compatible con parte de la pensión, o mediante adecuadas bonificaciones a las cotizaciones sociales.