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CMT

Telefónica y Vodafone, operadores dominantes del mercado de telefonía

El consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) ha decidido declarar a Telefónica operador dominante en los mercados de telefonía fija, móvil, alquiler de circuitos e interconexión, y a Vodafone, en los de móviles e interconexión, dejando a Amena finalmente al margen de esa condición.

De acuerdo con los datos relativos al año 2001, Telefónica de España ha sido declarada operador dominante en los mercados de telefonía fija y alquiler de circuitos, en los que el pasado año concentró cuotas del 87 y del 83 %, respectivamente, en términos de ingresos.

Asimismo, en el mercado de servicios de telefonía móvil, los operadores dominantes son Telefónica Móviles, con un 60% de cuota, y Vodafone, con más de un 25%. Finalmente, en servicios de interconexión, además de Telefónica de España son dominantes Telefónica Móviles, con más del 40% del mercado, y Vodafone, con entre el 15 y el 20%.

La CMT subrayó que ha analizado con detalle los casos de Airtel/Vodafone y Retevisión Móvil/Amena, ya que sus cuotas en el mercado de interconexión no alcanzaban el 25% en 2001, porcentaje que establece la ley para declarar a una compañía operador dominante.

No obstante, el mismo precepto legal atribuye al organismo que preside José María Vázquez Quintana la facultad de declarar operador dominante a una compañía aunque no alcance la cuota del 25%.

Así, la CMT ha diferenciado el caso de Vodafone del de Amena, y la primera ha sido declarada operador dominante, ya que está más próxima a ese límite del 25 % de cuota, pertenece al grupo Vodafone (con mayor facilidad de acceso a recursos financieros y mayor experiencia en el suministro de servicios) y ha obtenido cuatro veces más beneficios operativos que la compañía del grupo Auna, que entró en resultados positivos por primera vez en 2001.

Al ser declarada operador dominante en los mercados de telefonía fija y alquiler de circuitos, Telefónica debe facilitar la interconexión en condiciones no discriminatorias, transparentes y fundadas en criterios objetivos; disponer de una oferta de interconexión de referencia; ofrecer la interconexión en las centrales de conmutación locales y de nivel superior de conmutación y facilitar el acceso al bucle de abonado en las condiciones que se determinen.

Además, no podrá impedir acuerdos sobre servicios no contemplados en la oferta de interconexión de referencia; deberá ofrecer precios de interconexión transparentes y orientados a costes, y aplicará un sistema adecuado de contabilidad de costes y presentación de cuentas separadas de los servicios de interconexión y de los otros servicios prestados.

Telefónica tendrá que presentar anualmente a la CMT cuentas separadas y auditadas sobre las distintas actividades que realice. Asimismo, con el fin de garantizar el servicio universal, puede ser designada para prestar los servicios incluidos en este concepto. Finalmente, deberá cumplir las condiciones recogidas en la Orden de Licencias en relación con la prestación del servicio telefónico fijo disponible al público y del servicio en líneas susceptible de arrendamiento.

En cuanto al mercado de telefonía móvil, Telefónica Móviles y Vodafone están obligados únicamente a facilitar la interconexión a su red de operadores en condiciones no discriminatorias, transparentes y fundadas en criterios objetivos.

No obstante, al haber sido declaradas ambas empresas como operadores dominantes en el mercado nacional de interconexión, tienen también las obligaciones de atenerse a los principios de transparencia y orientación de costes en la fijación de sus precios de interconexión, y de separar en la contabilidad los servicios de interconexión.

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