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Columna
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Por decreto, más despidos

Antonio Gutiérrez Vegara

La respuesta del Gobierno a la convocatoria de huelga general fue aprobar al día siguiente, en Consejo de Ministros, el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes para la Reforma del Sistema de Protección por Desempleo y Mejora de la Ocupabilidad. La precipitación revelaba por sí sola que el Gobierno reaccionó dejándose llevar por un arrebato autoritario, sin apenas reflexionar con el sosiego exigible a quienes ostentan las más altas responsabilidades políticas del país.

Sin reparar en otras consecuencias, se limitaron a pensar que ante un hecho consumado, con la reforma aprobada y puesta en vigor al día siguiente mediante el decreto, podrían abundar en la inutilidad de la huelga convocada e ir desmotivando a muchos de los posibles huelguistas hasta el 20 de junio.

Pero cuando se entra en la espiral de los pulsos de fuerza sólo se consigue acrecentar las tensiones entre los contendientes en lo inmediato, enconar los conflictos y sembrar desconfianzas que minan para mucho tiempo el campo de las relaciones entre quienes ineludiblemente tendrán que sentarse a dialogar sobre nuevos retos, cada vez más complejos y frecuentes en los tiempos que corren.

Con el decreto no se ha enfriado sino que se ha caldeado más el ambiente prehuelga, tampoco ha debilitado las razones de los convocantes, las ha reforzado poniendo en evidencia la escasa voluntad de negociación del Gobierno y su poca fiabilidad, porque incluso la única de sus posiciones iniciales que podía dejar algún margen para retomar las negociaciones, como era la fecha prevista para la aplicación de la reforma, a partir del 1 de enero del próximo año, ha quedado como una simple añagaza. Y también ha enojado a alguno de sus socios parlamentarios, como Convergència i Unió.

Ante semejante cosecha, el Gobierno se ha apresurado a comprometer la tramitación parlamentaria de la reforma como ley -aunque con urgencia para aprobarla antes del 20-J-, a buscar antecedentes en los que ampararse y a justificar el decreto en hipotéticas decisiones empresariales sobre contratación que están a la espera del nuevo marco normativo.

Sin embargo, nada va a impedir que en vez de diálogo haya bronca en el Parlamento, los antecedentes o son negativos ejemplos a no repetir o desautorizan la manera de proceder del Gobierno en este caso si son positivos, y la reforma no contiene nada que tenga que ver con nuevos impulsos a la contratación laboral sino con lo contrario, con acelerar despidos que ahora serán más baratos.

Los decretazos precedentes son el de marzo de 1992 sobre recortes en las prestaciones por desempleo y la simultánea remisión a las Cortes de un restrictivo proyecto de Ley de Huelga, que motivaron la huelga general realizada el 28 de mayo de aquel año, y el de diciembre de 1993, que adelantaba la reforma laboral de 1994 conteniendo entre otras medidas la legalización de las empresas de trabajo temporal y el contrato de aprendizaje sin ningún derecho social, lo que terminó provocando la huelga general del 27 de enero de 1994, la contaminación de toda la negociación colectiva posterior y la quiebra del diálogo con el Gobierno socialista el resto de la que fue su última legislatura en el poder.

De significación positiva está el decreto por el que se avaló jurídicamente el Acuerdo Inrterconfederal para la Estabilidad en el Empleo, suscrito en abril de 1997 entre CEOE-Cepyme, Comisiones Obreras y UGT (éste sí que era determinante para la evolución de la contratación y del empleo de calidad), previo acuerdo entre los firmantes, el Gobierno y los principales partidos de la oposición para publicar el decreto y para su posterior convalidación parlamentaria. Un procedimiento consensuado previamente, que fue aceptado de buen grado para aprovechar cuanto antes los efectos beneficiosos para el empleo de un buen acuerdo. Nada que ver por tanto, con el caso que ahora nos ocupa.

Precisamente uno de los primeros perjuicios que va a ocasionar el reciente decreto del Gobierno será la destrucción de muchos empleos estables contratados al calor del acuerdo de 1997.

Porque la eliminación de los salarios de tramitación abarata en mayor proporción el despido de los empleados con contratos de menor antigüedad, entre los que obviamente se encuentran los de fomento del empleo realizados a partir de aquella reforma laboral pactada.

Con el plumazo del viernes pasado se perjudicará el empleo y serán más los perjudicados a causa de la reforma. Es en este serio perjuicio para los intereses de España en el que se debía haber reparado antes de lanzarse a doblar pulsos sindicales.

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