Las empresas ahorrarán un tercio del coste en despidos con antigüedad inferior a tres años
Los ocupados verán recortada su indemnización por despido tras desaparecer los salarios de tramitación; los parados con prestación tendrán que aceptar las ofertas de empleo adecuadas que le ofrezca la oficina pública si no quieren perderla; los jornaleros agrarios de todo el país podrán acumular cotización para tener derecho a prestaciones, y los empresarios tienen más estímulos para contratar a mayores de 52 años, mujeres, discapacitados, etcétera.
Hasta el pasado 25 de mayo, los empresarios que despedían a un trabajador con contrato indefinido estaban obligados a pagarle los salarios y las cotizaciones de los meses que transcurrían desde la fecha del despido hasta que un acto de conciliación o una sentencia judicial dictaminaban la improcedencia de ese despido. Son los llamados en la jerga laboral los salarios de tramitación.
A partir del pasado lunes ya no existen esos salarios. El decreto-ley para la reforma del sistema de protección por desempleo aprobado por el Gobierno los elimina. Esta ha sido, sin duda, la medida contestada con más virulencia por los sindicatos y una de las que ha desencadenado la convocatoria de la huelga general.
En la práctica, la eliminación de los salarios de tramitación supone un claro abaratamiento de la indemnización total (indemnización más salarios de tramitación) por despido, ya que los trabajadores despedidos de forma improcedente cobran, dependiendo del tipo de contrato indefinido que tengan, 45 o 33 días por año trabajado más la cuantía de esos salarios que por lo general supone una media de tres meses (el empresario sólo está obligado a pagar el salario de 60 días hábiles y el resto, hasta que salga la sentencia o la conciliación, lo paga el Ministerio de Justicia pero lo adelanta el empresario).
Según esto, en una indemnización por despido de un trabajador con un mes de antigüedad y un contrato fijo ordinario, los salarios de tramitación suponen el 94% de dicha indemnización. Con lo que ahora prácticamente no le pagarían nada. Si el trabajador tiene una antigüedad de seis meses, el empresario pagará a partir de ahora un 72% menos si le despide. En el caso de una antigüedad de tres años, la merma de la indemnización supone un 32%, tomando la media ponderada entre los contratos con 45 y 33 días de indemnización.
El grueso de asalariados fijos en las plantillas españolas tiene una antigüedad de más de tres años (siete millones de españoles, de los cuales 5,3 millones tienen más de seis años, un 63%). Estos verán recortada su indemnización entre un 20% y un 14%, en este último caso, con una antigüedad de ocho años.
Además, hasta ahora el empresario debía abonar también las cotizaciones del trabajador durante los tres meses de media en los que se tarda en dilucidar la improcedencia del despido, algo que tampoco tendrán que hacer más. Estas cotizaciones eran computables para el cobro del desempleo, con lo que aquellos despedidos con menos de un año de antigüedad en la empresa no podrán acceder a la prestación y los que tengan una antigüedad mayor verán recortado en un mes el periodo de cobro de la prestación. A cambio de esta medida, el Gobierno ha introducido el cobro automático de las prestaciones por desempleo desde el día siguiente al que se produce el despido. Ya no hará falta una resolución del empresario admitiendo en un acto de conciliación la improcedencia del despido ni una sentencia judicial que así lo acredite.
Sin embargo, esto que a primera vista es una ventaja para el trabajador (antes tenía que esperar un tiempo, por lo general dos o tres meses hasta que se le reconocía dicha improcedencia para empezar a cobrar) puede ser interpretado como un inconveniente. Ahora, el contador de los meses en que el trabajador tiene derecho a cobrar la prestación empieza a correr desde el día siguiente a ser despedido y antes se activaba tras el cobro de la indemnización y los salarios de esos meses de espera. Esto es un recorte de los meses en que el parado tiene cobertura económica.
Nuevas fórmulas para capitalizar la prestación
Más facilidades para el autoempleo
Desde 1993 una media de 9.500 parados cada año deciden cobrar de una sola vez la cuantía total de las prestaciones por desempleo a las que tienen derecho para crear o formar parte de una cooperativa o una sociedad anónima laboral. El pasado año fueron 11.950 desempleados los que optaron por esta fórmula de autoempleo. El cobro de las prestaciones por esta vía sumó una cantidad total de 126.875 millones de euros.
La reforma del Gobierno seguirá permitiendo este cobro de una sola vez para destinarlo al capital social de una sociedad anónima laboral o una cooperativa. Si una vez constituida, el desempleado todavía cuenta con dinero de la prestación, deberá destinarla al pago de cotizaciones sociales.
La novedad tras el decreto es que los parados que decidan constituirse en autónomos también podrán capitalizar el cobro de toda la prestación por desempleo a la que tengan derecho, pero, en este caso, sólo para destinarla por completo al pago de cotizaciones a la Seguridad Social del trabajador y sus asalariados, en caso de tenerlos.
En 1992 se eliminó la posibilidad de que los parados cobraran el dinero del desempleo de una sola vez por el alto nivel de fraude de esta fórmula. Aquel año 37.337 parados se acogieron a ella y el gasto se elevó a 64.404 millones de euros.
Incentivos a contratos de parados mayores
Colectivos de difícil integración
El pasado año hubo una media de 135.400 beneficiarios del subsidio de desempleo para mayores de 52 años. Los empresarios tendrán en este colectivo una nueva bolsa de trabajadores más baratos. Según la nueva norma, el perceptor que cobre este subsidio y sea contratado para un empleo, ya sea fijo o temporal, seguirá recibiendo el 50% de estas ayudas del Estado y el empresario sólo deberá completar el resto del salario convenido.
Además, los empresarios podrán utilizar esta misma fórmula de compatibilizar la mitad de la prestación con el salario, cuando se contrate a parados para sustituir a empleados de baja por formación en empresas de hasta 100 trabajadores.
En la actualidad, sólo el 22,5% de los parados españoles está dispuesto a aceptar un empleo que suponga cambiar su lugar de residencia. Para incentivar la movilidad, el decreto del Gobierno permite que el parado cobre por adelantado un mes de la prestación o hasta tres meses de la cuantía del subsidio. El Gobierno aprobará también en breve subvenciones públicas para los empresarios que contraten temporalmente a parados que deban cambiar de residencia y ayudas de hasta tres veces el salario mínimo interprofesional para parados que acepten un trabajo fijo con cambio de residencia.
La oficina pública ya persigue la precariedad
El Gobierno también ha introducido en el decreto-ley alguna medida para luchar contra el fraude en la temporalidad, que afectó el pasado año al 42% de las empresas investigadas. Hasta ahora sólo la Inspección de Trabajo podía actuar en estas investigaciones y denunciar los casos de fraude, a partir de ahora las oficinas del Inem podrán también efectuar estas denuncias.
Así, cuando un trabajador temporal acuda reiteradamente a solicitar el cobro del paro por el mismo trabajo en una misma empresa, los funcionarios de las oficinas públicas de empleo podrán actuar de oficio y denunciar esta situación a la autoridad judicial, demandando que se declare esa situación laboral como indefinida y se readmita al trabajador en esa condición.
Lucha contra el fraude
Algo parecido ocurrirá con los trabajadores fijos discontinuos, pero en este caso no para luchar contra el fraude sino para ahorrar costes. Desde ahora el Inem interpretará si un fijo-discontinuo tiene o no derecho a la prestación en los periodos de suspensión de empleo. Si se estima que el trabajador pertenece al colectivo de fijos-discontinuos 'de llamada cierta', esto es, que saben los periodos en los que trabajan al año, éstos no cobrarán la prestación durante los meses que no trabajen y pasan a ser fijos a tiempo parcial.
El Estado ahorrará 228,6 millones de euros
Balance económico de las nuevas medidas
El Ejecutivo elaboró el pasado 1 de abril un documento en el que se hace un balance pormenorizado de lo que se ahorrará con la reforma del desempleo. La cifra final indica que las nuevas medidas supondrá dejar de gastar 965,5 millones de euros y aumentar el gasto en 736,9 millones de euros, lo que da un ahorro final para las arcas públicas de 228,6 millones de euros.
El documento fija los siguientes capítulos de ahorro. La obligación del parado de suscribir un compromiso de actividad, conlleva ahorrar 234,4 millones de euros; suprimir los salarios de tramitación implicará un ahorro para la Administración de Justicia de 193,3 millones; cerrar las puertas a nuevos perceptores del antiguo subsidio agrario en Andalucía y Extremadura hará que no se paguen 133,4 millones; hacer incompatible la indemnización por despido con el acceso al subsidio, ahorrará 122 millones. El resto de medidas supondrán un ahorro conjunto de 258,6 millones.
Por contra, la bonificación para la contratación de mujeres que acaban de ser madres será la medida más costosa para el Estado (la cuantía depende del número de beneficiarias). Ampliar la renta activa de inserción costará 123,4 millones; modernizar las oficinas públicas de empleo, 134 millones e incentivar la movilidad, 30 millones.