El gobierno de las sociedades cotizadas
Jordi de Juan i Casadevall asegura que casos como los de Enron y del BBVA colocan sobre la mesa el debate sobre la transparencia en la gestión empresarial, la lealtad de los administradores y el respeto a la ley
Si el estallido del caso Enron puso de moda el buen gobierno de las sociedades cotizadas, el escándalo de las cuentas secretas del BBVA lo ha convertido en un tema de rabiosa actualidad. La ineficacia del consejo de administración en la supervisión del comportamiento de la dirección ejecutiva de la compañía, el enriquecimiento de sus directivos con operaciones y transacciones con la entidad, la contabilidad engañosa o el mal funcionamiento de la auditoría son contribuciones de Enron al debate para mejorar la administración de las sociedades cotizadas.
El escándalo de las cuentas secretas del BBVA tampoco se ha quedado atrás. Que algunos administradores de la segunda entidad financiera del país pudieran tener cuentas secretas en un paraíso fiscal pone sobre la mesa el debate de la transparencia en la gestión y de la lealtad de los administradores al interés social. Y, obviamente, pone también sobre la mesa el debate del respeto a la ley, garantía de la tutela del interés del accionista y de los operadores del mercado.
En este aspecto, el sistema ha funcionado bien. Inmediatamente se han activado todas las alarmas del sistema: Banco de España, CNMV, Agencia tributaria y órganos jurisdiccionales. Un marco jurídico moderno es siempre una garantía para el funcionamiento del sistema económico y financiero que en nuestro país, en términos generales, opera satisfactoriamente y con grandes dosis de profesionalidad.
Naturalmente siempre hay alguien dispuesto a culpabilizar al Gobierno de todo lo que pasa, también de lo que pasa en una entidad privada. O incluso del mal tiempo, como aquel desaforado republicano francés que gritaba aquello de 'il pleut, mor le roi'. æpermil;ste es el caso del Partido Socialista y de su petición de creación de comisiones de investigación como si las comisiones parlamentarias debieran investigar actuaciones irregulares de los administradores de una empresa privada o la actuación de gobiernos anteriores en relación a esas entidades.
A nadie se le escapa que estamos ante una huida hacia delante del principal partido de la oposición que se explica por sus graves problemas internos, su dificultad para construir un discurso mínimamente coherente y su manifiesta incapacidad para formular un proyecto político alternativo atractivo para la sociedad española.
æpermil;se no es el debate, el debate es cómo mejorar el gobierno corporativo de las entidades que apelan al mercado de capitales. Ciertamente, no es un debate novedoso. En la pasada legislatura se constituyó una comisión especial para el estudio de un código ético de los consejos de administración de las sociedades. La comisión evacuó su informe, conocido como Código Olivencia, con 23 recomendaciones para la mejora del gobierno corporativo.
No se trata de propuestas de reforma legislativa sino de recomendaciones que se sitúan en el plano de los llamados códigos de buenas prácticas y emplazan a las sociedades cotizadas a adaptar su práctica societaria a los estándares de buena gestión. Es un estudio profundo que aborda aspectos tan candentes como la función de supervisión de los consejos de administración, la estructura, composición y funcionamiento del consejo, la figura del consejero independiente, el régimen retributivo de los consejeros, los deberes de lealtad versus la sociedad, la información y transparencia de la gestión, la publicidad del sistema de gobierno interno...
Cuatro años más tarde, y al calor de los recientes escándalos que apuntan directamente al sistema de gobierno de las sociedades cotizadas, quizás haya llegado el momento de abrir una reflexión pública sobre la necesidad de mejorar el régimen de autogobierno societario. Y esta reflexión es especialmente importante cuando hablamos de sociedades cuyos valores son admitidos a negociación en un mercado de capitales. Es decir, me refiero a las grandes sociedades mercantiles con un importante segmento de capital flotante que o no está implicado en la gestión social o se siente absolutamente postergado de éste, pero que está muy expuesto a los riesgos de una mala gestión o de una gestión torticera cuando ésta se desvía del que debiera ser su objetivo esencial que es, y en eso coincido con el Código Olivencia, la creación de valor para el accionista. De ahí la importancia de medidas como el consejero independiente que, sin estar vinculado al accionista mayoritario, represente el interés social y, en definitiva, a los pequeños inversores.
El problema que se plantea de inmediato es el de determinar si es necesario promulgar disposiciones legislativas o si basta con un código de conducta, es decir, con las llamadas normas blandas (soft law). Por ello, la mejora del gobierno corporativo debe abordarse, a mi juicio, desde una doble perspectiva.
En primer lugar, desde el plano del buen gobierno de las sociedades cotizadas. Hablar de buen gobierno es hablar de un estándar de comportamiento insusceptible de imponerse por ley. No es que se trate de un supuesto de impotencia normativa frente a la práctica societaria, sino de que su efectividad se consigue con la actualización y modernización del Código Olivencia. En segundo lugar, parece necesario abordar algún tipo de reforma legislativa en el seno del futuro código de las sociedades mercantiles o con una ley especial que, como el modelo alemán, contemple algunas especialidades de las sociedades cotizadas.
Parece que se impone una revisión del concepto legal de accionista minoritario, o una nueva regulación de la autocartera o, en fin, del sistema de elección de los consejeros y, singularmente, del consejero independiente. Es decir, la dinámica social de una sociedad cotizada no puede ser la misma que la de la sociedad mercantil como la contempla nuestra Ley de Anónimas.