Ferrovial, Holanda y el problema de la competencia fiscal en la UE
La construcción europea ha priorizado las libertades del mercado único sin prever una mínima convergencia tributaria
La reciente decisión de Ferrovial de trasladar su sede central a los Países Bajos ha vuelto a alimentar la vieja polémica sobre la competencia fiscal entre países europeos. Seguramente sean varias las razones detrás de dicha decisión, pero la clave es saber qué peso ha tenido en todo ello la obtención de ventajas fiscales por parte de esta empresa.
Actualmente existe una fuerte tendencia global hacia la coordinación internacional en materia fiscal, que se ha plasmado en la firma de un importante acuerdo fiscal internacional, liderado por la OCDE, en octubre de 2021. El segundo de los dos pilares de dicho acuerdo establece una tributación mínima global del 15% para las grandes empresas. Con ello se fija un suelo a la competencia fiscal y se pretende cambiar una dinámica de más de 30 años de carrera a la baja en los tipos del Impuesto sobre Sociedades.
Las palabras de Janet Yellen a propósito de la firma de dicho acuerdo internacional son muy elocuentes: “al haber elegido competir en impuestos, hemos descuidado competir en función de las habilidades de los trabajadores y de la excelencia de nuestras infraestructuras. Es esta una competición perdedora, y ni el presidente Biden ni yo estamos interesados en participar más en ella”.
Por otro lado, uno de los rasgos que se tienen en cuenta a la hora de identificar prácticas corporativas de planificación fiscal agresiva es la ubicación estratégica de la sede central o subsede (holding) del grupo multinacional en un territorio ventajoso fiscalmente. Esto, combinado con la realización de determinadas operaciones intragrupo, permite a ciertas corporaciones asignar una parte importante de los ingresos que obtienen al lugar que les ofrece mayores ventajas fiscales. Lugar que no siempre es el mismo a aquel en donde la empresa lleva a cabo el grueso de sus operaciones.
Los Países Bajos han ofrecido tradicionalmente un régimen muy favorable para los holdings internacionales, desde los que se dirigen y cuelgan las filiales que operan en los mercados europeos más importantes. Esta es una de las razones que han convertido a este país en una pieza clave en el diseño de numerosas estructuras empresariales.
Otras dos razones que explican este lugar de privilegio son la pertenencia de los Países Bajos a la Unión Europea y la vasta red de tratados fiscales con la que cuenta esta jurisdicción. El primer punto les hace beneficiarios de ventajas del mercado único como la libre circulación de capitales o la libertad de establecimiento. El segundo aspecto propicia el uso de esta jurisdicción por parte de algunas empresas para esquivar el pago de las retenciones previstas para cierto tipo de rentas (por ejemplo, de los dividendos de fuente extranjera). La combinación de ambos aspectos ha hecho de los Países Bajos una pieza esencial en los entramados societarios de no pocas grandes empresas.
Así, una de las consecuencias de que el holding de Ferrovial vaya a estar ubicado en Holanda es que la tributación por los dividendos y las plusvalías provenientes de sus filiales en el extranjero ya no tenga que pasar por España. Esta tributación se va a producir directamente en Holanda, en donde dichas rentas están bonificadas al 100%, mientras que en España únicamente lo están al 95%.
Los Países Bajos se han convertido desde hace tiempo en una jurisdicción puente, a través de la que transitan grandes flujos de dinero con destino, en su mayor parte, a paraísos fiscales de corte clásico (de tipo cero o cercano al cero).
Es verdad que recientes reformas legislativas aprobadas en Holanda han suprimido algunos de los sustanciosos beneficios fiscales ofrecidos por este país durante largo tiempo. Pero la realidad es que aún persisten importantes resquicios legales que son explotados por algunas grandes empresas para reducir drásticamente su factura fiscal.
A la espera de que las iniciativas internacionales antes mencionadas sean efectivamente aplicadas, la competencia fiscal sigue siendo un problema global aún no resuelto. Su intensidad se ve incluso acrecentada en el seno de Europa por la persistencia de determinados desequilibrios. En efecto, la construcción europea ha priorizado hasta ahora el establecimiento de las cuatro libertades que constituyen el mercado único sin poner como contrapeso una mínima convergencia fiscal a nivel comunitario.
De ahí la importancia de volver a retomar la vieja propuesta de armonización del Impuesto sobre Sociedades de la Comisión Europea, bloqueada desde hace tiempo por falta de consenso en el Consejo. Esta iniciativa, ahora rebautizada como propuesta Befit, implicaría que la base imponible sobre la que se va a aplicar el nuevo tipo mínimo global del 15% sea calculada conforme a un conjunto de normas definidas a nivel europeo. También que dicha base sea el resultado de una compensación entre todos los beneficios y pérdidas que la multinacional obtenga en el territorio comunitario.
Con ello se lograrían desincentivar gran parte de las operaciones de deslocalización empresarial por razones fiscales en Europa, a la vez que se produciría un considerable aumento en la recaudación por el impuesto de sociedades. Aumento que podría dedicarse, entre otras cosas, a la devolución de la deuda contraída con motivo del Next Generation EU, del que tanto han resultado beneficiadas las grandes empresas de nuestro país.
José Luis Escario es experto en fiscalidad internacional, analista de la de la Fundación Alternativas y colaborador de Agenda Pública
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