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En colaboración conLa Ley
Desconexión
Tribuna
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Desconexión digital vs conexión humana

Llamar a los trabajadores durante su baja médica no es una práctica empresarial ilegal

Llamada del jefe
GZORGZ (GETTY IMAGES/ISTOCKPHOTO)

El pasado 11 de abril el Tribunal de Justicia de Galicia se pronunció respecto a la licitud de los protocolos de seguimiento de las situaciones de incapacidad temporal implementados en algunas compañías. Sin duda, el pronunciamiento judicial merece un análisis jurídico, pero no podemos obviar su impacto en las organizaciones y en las personas.

Los hechos analizados por la sentencia son los siguientes. Una empresa elaboró un procedimiento de seguimiento de ausencias en base al cual los responsables de cada departamento debían llamar a los miembros de su equipo para interesarse por ellos cuando faltaban al trabajo durante los primeros cinco días de la baja médica.

En ningún caso se preguntaba por el motivo de la incapacidad temporal, ni se coaccionaba o solicitaba la reincorporación del empleado. Tan solo se debía mostrar interés por su estado de salud. Es más, en el caso de que el trabajador se molestara, el manager debía desearle una pronta recuperación y no volver a llamarlo. Eran llamadas cordiales.

Pues bien, el sindicato CC.OO interpuso demanda por entender que la práctica empresarial era ilegal. En concreto, por considerar que conculcaba, entre otros, el derecho a la intimidad y a la desconexión digital. Sin embargo, los magistrados desestimaron la demanda.

En primer lugar, porque no existe vulneración del derecho a la intimidad si el objeto de las llamadas se centra exclusivamente en interesarse por el estado de salud de los trabajadores. Y, en segundo lugar, porque tampoco existe vulneración del derecho a la desconexión digital por el hecho de recibir una llamada si la misma no implica que el empleado deba estar conectado a un software de la empresa o contestar mensajes de WhatsApp, mails, videollamadas o cualquier otro tipo de comunicación digital.

El tribunal es claro al respecto: el protocolo de actuación empresarial cuestionado “no es vulnerador de derecho alguno de los trabajadores, sino que debe ser interpretado como un protocolo que tiene por intención crear un buen ambiente laboral”.

En un contexto como el actual en el que el índice del absentismo en España alcanza el 7,2% (lo que tiene un impacto en la organización de las compañías y su cuenta de resultados) resulta necesario que las empresas adopten medidas para reducirlo. Sin duda, una de ellas consiste en confeccionar procedimientos que generen un buen clima laboral, como sucede en el caso analizado. Siempre, claro está, sin sobrepasar los límites que el propio tribunal señala, es decir, asegurando que no se conviertan en mecanismos de control de la salud y en herramientas de presión para los empleados en situación de baja médica.

La parte sindical alegaba discriminación. Y desde esta tribuna queremos presentar una doble mirada. Cuando hablamos de discriminación, pensemos, ¿no se siente discriminada la persona enferma en el momento de su retorno al trabajo?, ¿no se puede sentir discriminada la persona enferma por parte de su organización durante ese proceso, totalmente aislada?

No todo el mundo odia su trabajo, para muchos es un lugar donde desarrollan sus capacidades en un entorno amigable y mantener ese contacto les hace bien psicológicamente. Cuando hablamos de discriminación tenemos que tener en cuenta que la enfermedad es la primera discriminada en políticas y protocolos. En diversidad e inclusión, se menciona la discapacidad, pero no de la enfermedad crónica, que puede llevar a una incapacidad sobrevenida y, por tanto, a un grado de discapacidad. Esa es la primera discriminación que existe relacionada con la enfermedad.

Por otro lado, la organización sindical invocaba el derecho a la desconexión digital. Y nosotros nos queremos acercar al concepto de la conexión humana versus la desconexión digital. Si el espíritu de la política de seguimiento de ausencias es el acompañamiento, ya no hablamos de un trabajador, hablamos de Paco, de María, que están pasando por una circunstancia personal, sea en propia persona o como cuidador de una segunda persona en un momento complicado de su vida y de otro ser humano, a la par que jefe o jefa, que también es un Juan o María que tiene emociones, sentimientos y preocupación honesta por su compañero. Eso no es una vulneración de la desconexión digital, eso es conexión humana.

Estamos perdiendo el foco en lo importante, limitando y encasillando tanto los temas tecnológicos como las reglas que, efectivamente, llegamos a perder esa normalidad y naturalidad de preguntar a alguien que lleva un tiempo sin venir a trabajar cómo se encuentra, si como organización podemos echarle una mano o, si no quiere hablar de la enfermedad, es simplemente la relación de un ser humano con otro ser humano preguntándole cómo se encuentra en un momento complicado de su vida.

Señoras y señores, no perdamos los básicos: la humanidad por encima de la desconexión.


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