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Claves para la declaración de la renta 2024: todo lo que debe saber el contribuyente

La campaña arranca el 2 de abril y los ciudadanos obligados a presentarla tendrán hasta el 30 de junio para hacerlo

declaracion renta 2024
CINCO DÍAS

Ha llegado el momento del año en el que los contribuyentes deben rendir las cuentas con Hacienda. La campaña de la declaración de la renta 2024-2025 está a la vuelta de la esquina y la Agencia Tributaria ya ha dado acceso a los ciudadanos a sus datos fiscales para poder, no solo revisar su información tributaria, sino también modificarla. El próximo 2 de abril arranca el plazo para presentarla, periodo que se extenderá hasta el 30 de junio.

A partir de ese día el contribuyente podrá presentar la declaración de la renta de manera electrónica. Si se prefiere solicitar ayuda de la Agencia Tributaria, que puede dar asistencia telefónica o presencial, habrá que esperar al 29 de abril para poder solicitar cita previa.

Fechas clave para presentar la renta

Más información sobre el calendario de la declaración de la renta.

¿Qué novedades trae la renta 2024? Del pago por Bizum al alivio de las rentas más bajas

La campaña de la renta viene con novedades tanto en la operativa como en aspectos técnicos. Una de ellas es la posibilidad de pagar por Bizum y tarjeta bancaria a aquellos contribuyentes a los que les corresponda ingresar a Hacienda. Estas vías se suman a los métodos tradicionales de pago como la domiciliación bancaria, el cargo en cuenta, el Número de Referencia Completo (NRC) y el pago en oficinas bancarias.

También se han actualizado los umbrales de ingresos que determinan la obligación de declarar. Para quienes hayan tenido más de un pagador, el límite sube de 15.000 euros a 15.876 euros, en línea con el incremento del salario mínimo interprofesional aprobado en el ejercicio anterior.

Además, quienes tengan ingresos generados por su empleo inferiores a los 19.747 euros recibirán cierto alivio. La reducción por rendimientos del trabajo, un beneficio fiscal para las rentas más bajas, aumenta de 6.498 euros a 7.302 euros anuales, por lo que se reducirá la base imponible de esos sueldos.

Para los trabajadores que cotizaban en las antiguas mutualidades, Hacienda deba devolver las cantidades que pagaron en exceso a la Administración. Pero el esquema de devoluciones ha cambiado y perjudica al contribuyente, ya que ahora se distribuirán en cuatro años, en función de la antigüedad del periodo impositivo.

Respecto a los perjudicados por la dana que recibieron ayudas, se han aprobado exenciones para evitar la tributación. Los autónomos que tributan en módulos con actividades en zonas afectadas por la catástrofe, podrán beneficiarse de una reducción del 25% en el rendimiento neto de módulos del IRPF

Más información sobre novedades de la campaña de la renta.

¿Qué son los datos fiscales y dónde se consultan?

Los datos fiscales son una especie de borrador de la declaración del IRPF que genera la Agencia Tributaria a través de la información fiscal que tiene del contribuyente. Incluyen los datos identificativos y del domicilio, el importe del salario, de las retenciones aplicadas, eventuales ganancias patrimoniales... Sin embargo, no siempre son correctos, pues solo tienen carácter informativo. Por eso, es recomendable revisarlos con lupa antes de confirmar el resultado que propone el organismo.

El borrador se puede consultar en internet en la página web de la Agencia Tributaria o a través de la aplicación del organismo descargable en el móvil. Cuando el usuario accede por primera vez, se le pedirá en primer lugar que confirme los datos de su domicilio fiscal o, en su caso, los modifique. Después aparecerá el borrador que ha elaborado la Agencia Tributaria.

Más información sobre cómo acceder a los datos fiscales.

¿Cómo declaro la vivienda? Alquiler, compra o propiedad de una casa

Uno de los apartados de la renta que afecta casi a la totalidad de los contribuyentes es el de la vivienda. La vivienda habitual, por ejemplo, debe declararse a modo informativo, el alquiler tributa en la base general como rendimiento del capital inmobiliario y la venta lo hace en la base del ahorro como ganancia o pérdida patrimonial.

Los propietarios de la vivienda en la que se reside habitualmente están de enhorabuena: no genera ninguna carga fiscal adicional. Eso sí, deben incluirla en la declaración a modo meramente informativo. En términos fiscales, esto significa que no tributan por ella ni imputan renta alguna. Si se posee una segunda residencia, ya sea un apartamento en la playa o una casa en el campo o en el pueblo, Hacienda considera que esta genera lo que se conoce como una “renta imputada”. En otras palabras, aunque no se alquile, la Agencia Tributaria asume que ese inmueble proporciona un beneficio económico y, por lo tanto, debe tributar.

En el caso de los propietarios que alquilan su inmueble, los ingresos obtenidos deben incluirse en la declaración como rendimientos del capital inmobiliario. No obstante, también pueden deducirse ciertos gastos asociados, como el IBI, los gastos de la comunidad de vecinos, los seguros, las tasas de basuras, los intereses de la hipoteca o incluso las reparaciones necesarias para el mantenimiento del inmueble.

Más información sobre cómo declarar la vivienda o la venta de una casa.

Si estamos casados, ¿hacemos la declaración conjunta o invdividual?

Antes de plantearse la posibilidad de hacer la declaración de la renta conjunta o individual hay que tener en cuenta que solo es posible si se está casado -no es viable para parejas de hecho-. La declaración conjunta lleva aparejado un beneficio fiscal que no se reconoce en la tributación individual, pero sale a cuenta solo cuando uno de los dos no trabaja o tiene ingresos muy bajos. En concreto, inferiores a los 3.400 euros al año.

La razón está en los importes de los beneficios fiscales previstos para cada caso. La tributación conjunta disfruta de una reducción de 3.400 euros en la base imponible para las parejas que estén casadas, a la que se deben sumar los 5.500 euros del mínimo personal que se aplica a todos los contribuyentes. Es así que el cónyuge que presenta la declaración conjunta tendrá un total de 8.900 euros que reducen la base sobre la cual debe tributar. Se pueden incluir también a los hijos menores o incapacitados judicialmente

Más información sobre la posibilidad de hacer la declaración conjunta.

¿Cómo declaro las ayudas al coche eléctrico?

Quienes recibieron las ayudas al Plan Moves III para la compra de coches eléctricos e instalación de puntos de recarga, deberán incluirla en la renta como una ganancia patrimonial siempre y cuando el contribuyente haya recibido la subvención el año pasado. Es decir, si solo la ha pedido no tiene por qué declararla hasta que no le ingresen los fondos de la ayuda. Esto es relevante, ya que estas ayudas suelen tardar en llegar al consumidor una media de entre uno y dos años, dependiendo de la comunidad autónoma, por el atasco burocrático. Una vez incluido como ganancia patrimonial, el gravamen final que abonará el contribuyente que haya recibido las ayudas del Moves III dependerá del tramo de renta en el que se encuentre.

Al Moves III hay que sumar la ayuda extra que supone la deducción del 15% en el IRPF sobre una base máxima de 20.000 euros (es decir, el incentivo puede alcanzar los 3.000 euros), que aprobó el Ejecutivo en junio de 2023.

Más información sobre cómo deducir las ayudas al coche eléctrico.

¿Cómo se declaran las criptomonedas?

Las criptomonedas tributan como las acciones, no tienen ningún tratamiento especial, es decir, se declaran como ganancias o pérdidas patrimoniales. La única particularidad es que Hacienda pide que el inversor detalle si ha vendido los tokens por dinero fiat, si los ha permutado o si los ha intercambiado por un bien.

Hay que calcular las ganancias o pérdidas de las operaciones. José Antonio Bravo, responsable de fiscalidad de criptoactivos de Fiscal Crypto by Àgora, explica que se calculan por diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. El valor de transmisión sería el precio que al que se venden las criptomonedas y que nunca puede ser inferior al precio del mercado. Si se vende por dinero, el valor de transmisión será la cantidad que el contribuyente ha recibido por los activos vendidos; si se cambian por otra criptomoneda, se calcula como el mayor valor entre el de mercado de las criptomonedas entregadas y el de las recibidas. El de adquisición, en cambio, es el valor por el que se adquirieron los activos.

Más información sobre cómo declarar las criptomonedas en la renta.


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