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El ‘pinchazo’ del caso Villarejo: la absolución por los trabajos para Repsol marca un precedente para el resto del Ibex 35

La Audiencia Nacional considera que no existe cohecho en los pagos al comisario, lo que permite romper la larga prescripción establecida y eximir a los acusados de otros delitos

Villarejo

La reciente absolución del comisario jubilado José Manuel Villarejo por los trabajos que realizó para Repsol y CaixaBank en 2011 y 2012 puede suponer un importante precedente para el resto de juicios que afectan a otras empresas del Ibex 35 y a sus exdirectivos. La última sentencia de la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha declarado prescrito el delito de descubrimiento y revelación de secreto atribuido a los pinchazos telefónicos que el agente encubierto realizó sobre el expresidente de Sacyr Luis del Rivero; al tiempo que confirmó que los pagos a Cenyt, la empresa del expolicía, no debían considerarse como cohecho, sino como una contraprestación por los servicios contratados. Un criterio que alienta a los directivos de Iberdrola y BBVA acusados por hechos similares a seguir reclamando su exculpación por este mismo razonamiento.

El caso Villarejo estalló en octubre de 2017, pero las miradas no se centraron en el parqué del Palacio de la Bolsa hasta finales de 2018 y 2019, cuando se reveló que algunas empresas habían contratado los servicios de espionaje del comisario ya jubilado. Las imputaciones de Repsol, CaixaBank, BBVA e Iberdrola en la Audiencia Nacional llegaron después, pero años más tarde las acusaciones se han ido desinflando. El tribunal que ha juzgado las primeras líneas de investigación no ve claro que se cometiera el principal delito de la macrocausa: el cohecho.

De momento, de las cotizadas, solo los hechos relativos al encargo conjunto que hicieron Repsol y CaixaBank en 2011 y 2012 han sido juzgados. Ni las empresas ni sus presidentes fueron a juicio. El juez de la Audiencia Nacional que investigó el caso les eximió de cualquier responsabilidad al entender que los programas de compliance (cumplimiento normativo) y de prevención de delitos funcionaron correctamente y que los primeros ejecutivos, pese a que encargaron conseguir información sobre el pacto que Sacyr había cerrado con la petrolera mexicana Pemex para hacerse con el control de la energética española, no tuvieron conocimiento del desarrollo de los trabajos de Villarejo. Solo ostentaban la condición de posibles responsables civiles subsidiarios, pero finalmente se libraron del todo porque se retiraron todas las acusaciones.

Los únicos que se sentaron en el banquillo de los acusados fueron los exdirectores de seguridad corporativa de ambas firmas, junto a Villarejo y su socio en Cenyt, el abogado Rafael Redondo. La sentencia determinó que no había cohecho porque los servicios de Villarejo fueron ajenos a su labor de comisario y los 413.600 euros que se abonaron por ellos no perjudicaron a la Administración Pública. Así, condenó al expolicía a ocho años de cárcel y a su colaborador a seis años de prisión solo por el delito de descubrimiento y revelación de secretos por interceptar las comunicaciones de Luis del Rivero y su entorno más cercano. Además, a estas penas, muy inferiores a las solicitadas por la Fiscalía Anticorrupción de 40 años y medio y 32 años respectivamente, se les aplicó la atenuante de dilaciones indebidas por los más de cinco años que se tardó en ventilar el procedimiento. En cuanto a los exdirectivos de Repsol y CaixaBank, el tribunal les absolvió porque en el juicio no se pudo demostrar que estos tuvieran conocimiento de cómo trabajaba Villarejo.

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional corrigió hace unos días parte de esta sentencia y anuló la condena, al entender que los hechos estaban prescritos. El delito de revelación de secretos se juzgó en conexión con el cohecho, por lo que, según la ley, el plazo máximo para comenzar a investigar los hechos es de 10 años desde que se cometió. Sin embargo, debido a que no hay un castigo penal por el cohecho, los magistrados consideran que la responsabilidad penal del primer ilícito debe valorarse de manera individual y expiró a los cinco años.

De este modo, Villarejo, que por el momento acumula condenas por un total de 16 años de prisión, obtenía una tercera victoria, después de haber sido absuelto en otras dos causas en las que los hechos no estaban prescritos, pero sí cogió peso que todos sus trabajos tenían un fin lucrativo de “carácter privado”.

Iberdrola y BBVA, pendiente de juicio

Los directivos de Iberdrola y BBVA esperan que esta doctrina Repsol y CaixaBank se les aplique. Mucho antes de conocerse el criterio del tribunal de apelación, varios de ellos habían invocado el tema de la prescripción en distintos recursos. Sin embargo, tanto el juez instructor, como la Sala de lo Penal, han rechazado estas peticiones, insistiendo en que ambos delitos están conectados y se han cometido de manera continuada a lo largo de varios años. Ahora, esto puede cambiar si se tiene en cuenta la postura de la instancia superior.

En el caso de Iberdrola, el único cargo directivo que se pondrá delante de un tribunal (aún sin fecha) es el exjefe de seguridad, Antonio Asenjo, por ser quien contrató directamente a Villarejo, y que se enfrenta a 42 años de prisión que solicita la Fiscalía Anticorrupción. Este exdirectivo es uno de los que solicitó, sin éxito, el archivo por prescripción. Según argumentó, los trabajos del comisario jubilado (para quien el ministerio público solicita 59 años de cárcel) tuvieron lugar entre 2004 y 2009 y luego en 2011 en relación a un encargo realizado por la filial de energías renovables. Asimismo, recordó que, teniendo en cuenta el lapso, el presidente de la eléctrica, Ignacio Sánchez Galán, y su entonces cúpula directiva fueron desimputados porque la posibilidad de perseguirles penalmente había expirado en el momento que se les citó como investigados. Fuentes jurídicas señalan que todo dependerá de si el tribunal juzgador insiste en que no existe cohecho, lo que podría romper el largo plazo de prescripción de 10 años. Por su parte, Iberdrola nunca ha sido investigada como persona jurídica y solo mantiene la condición de responsable civil subsidiario.

En cuanto a BBVA, la investigación de esta pieza separada de la macrocausa —que tiene el cariz de una causa en sí misma— ha sido mucho más compleja que el resto. El banco pilotado por Carlos Torres es la única empresa del Ibex 35 que ha sido propuesta para ir a juicio junto a una decena de exdirectivos, además del comisario y su socio por los diversos contratos a Cenyt entre 2004 y 2017 (hasta que Villarejo fue detenido). Sin embargo, el futuro procesal aún no está del todo decidido, pues la Sala de lo Penal tiene pendiente resolver desde hace más de un año los recursos contra la decisión del instructor de dejar a todos ellos al borde del juicio, una resolución que la Fiscalía espera conocer antes de presentar su escrito de acusación.

Entre los altos cargos de BBVA se encuentran el que fuera su presidente casi 20 años, Francisco González, y el exconsejero delegado Ángel Cano, y ambos han presentado recursos contra su imputación y procesamiento alegando, además de la falta de indicios delictivos, la citada prescripción. También lo hizo el propio banco, como persona jurídica, que a lo largo del procedimiento ha mantenido una intensa batalla legal con Anticorrupción, que le reprocha de falsa colaboración con la justicia.

En su último recurso, BBVA se comparó con Iberdrola Renovables, la filial del grupo eléctrico que sí estuvo imputada, e incidió en que la Sala de lo Penal libró a dicha empresa al marcar que los efectos penales del cohecho aplicables a las personas jurídicas expiran a los cinco años. En este sentido, el banco indicó que todas las conductas presuntamente ilícitas atribuidas a ese delito estarían caducadas desde años antes de julio de 2019, cuando el juez les otorgó la condición de investigados.

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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