La japonesa Itochu gana un arbitraje de 6 millones a España por el recorte de las renovables
España acumula 27 condenas por este asunto cuyo reconocimiento y ejecución están pendientes


El grupo japonés Itochu ha ganado un arbitraje a España por el recorte de las renovables. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) ha dictado un nuevo laudo por el que estima reclamación que la firma nipona planteó contra España en 2018 por el recorte de las primas de las renovables. El organismo de arbitraje dependiente del Banco Mundial reconoce el derecho de la firma inversora a una compensación de 6,16 millones de euros, más intereses de demora y costas legales.
La empresa reclamó inicialmente 93 millones de euros, que se incrementaron a 180 millones a lo largo del procedimiento, si bien la corte arbitral con sede en Washington otorgó en un laudo emitido el pasado 16 de diciembre una indemnización muy inferior que supone el 3,4% de la cuantía demandada, de acuerdo a la información facilitada en una respuesta parlamentaria del Ejecutivo a preguntas del diputado popular Juan Diego Requena, en la que además se informa de que España va a solicitar al Ciadi la anulación del fallo “por error en la aplicación del Derecho de la Unión Europea a la controversia”.
La condena en relación al caso Itochu se convierte en la número 27 por este asunto de las renovables que lleva persiguiendo al Estado español durante más de 10 años, desde que el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó esta medida en el marco de la reforma eléctrica acometida en 2013 para subsanar el déficit tarifario. España ha afrontado 51 demandas de arbitrajes planteados por inversores y fondos oportunistas que han comprado los derechos en estos pleitos, alegando que se ha vulnerado el Tratado de la Carta de la Energía, del que la Unión Europea anunció su retirada en abril de 2024.
Este lunes se conoció otro fallo arbitral en contra de España en relación a la reclamación que hizo el también gigante japonés Mitsui. Esta compañía solicitó una indemnización de 199 millones de euros por las pérdidas sufridas por los cambios legislativos, si bien, de acuerdo a otra respuesta parlamentaria del Gobierno, la compañía será indemnizada con 31,5 millones más intereses y costas.
De las 51 demandas presentadas para reclamar en total unos 10.000 millones de euros —cantidad estimada, ya que aún faltan por conocer las peticiones indemnizatorias de algunas de ellas—, 43 ya han sido resueltas: España ha ganado 10 de estos casos, a los que se deben sumar tres asuntos anulados y otros tres desistidos por los demandantes al acogerse a la medida aprobada en 2019 de otorgar a las plantas afectadas una rentabilidad garantizada del 7,39% hasta 2031, a cambio de no seguir pleiteando.
Los 27 restantes se han saldado a favor de los inversores o fondos, que suman un total de 1.516 millones de euros en compensaciones (más 375 millones por las condenas en costas, honorarios de abogados y consultores, intereses de demora, etc). No obstante, fuentes gubernamentales calculan que de dicha factura se pueden ahorrar más de 1.300 millones, ya que esa cantidad (que puede variar en función de próximos fallos) corresponde a arbitrajes iniciados por sociedades afincadas en la Unión Europea.
Apoyo de Bruselas
El hecho de que los inversores sean comunitarios es un punto clave. Por el momento, España no ha abonado ni un solo euro de estas condenas porque ha recurrido los laudos en distintos tribunales jurisdiccionales y están pendiente de resolución. En sus recursos, la Abogacía del Estado, y despachos de abogados contratados para reforzar la labor de los servicios jurídicos del Estado, plantean dos argumentos: que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) limitó los arbitrajes entre intra-UE, es decir entre inversores comunitarios y Estados miembros, y que la Comisión Europea tiene que autorizar el abono de dichas compensaciones.
Este último punto lleva años siendo objeto de debate, pero el reciente pronunciamiento de Bruselas en relación al denominado caso Antin —uno de los arbitrajes más representativos por el recorte de las primas de las renovables—lo ha agitado. La Comisión respaldó el pasado 24 de marzo a España al calificar la indemnización reconocida por el Ciadi en este caso como “ayuda estatal ilegal”.
Así, ha dado una nueva arma legal a la Abogacía del Estado para tratar de anular la mayoría de estos laudos, aunque está siendo objeto de discusión en tribunales de fuera de la Unión (EE UU, Reino Unido y Australia), que analizan si deben dar validez o no a la decisión de la institución europea. Mientras se llega a una conclusión, los demandantes, sobre todo los fondos oportunistas, han provocado el embargo preventivo de activos españoles en el extranjero.
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