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España pierde un nuevo arbitraje de 31,5 millones de euros por el recorte de las renovables

Se trata de la demanda planteada por la empresa japonesa Mitsui, que reclamó 199 millones de euros

Un hombre pasa al lado del logo de la compañía japonesa Mitsui, en una foto de archivo.
Nuria Morcillo

Nuevo golpe judicial a España por el recorte de las renovables. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), el organismo de arbitraje dependiente del Banco Mundial, ha obligado al Estado español a indemnizar a la empresa japonesa Mitsui con 31,5 millones de euros en concepto de daños por el recorte a las primas de las renovables. A esta cantidad, se deberá sumar también 5,5 millones en intereses de demora, además de 215.000 euros por los costes del pleito y otros 2,2 millones de costas legales incurridas por la firma demandante.

Este laudo, emitido el pasado 6 de marzo y confirmado recientemente, supone la condena número 26 por este asunto que lleva persiguiendo a España durante más de 10 años, cuando el Gobierno de Mariano Rajoy aprobó esta medida en el marco de la reforma eléctrica acometida en 2013 para subsanar el déficit tarifario. Desde entonces, España ha afrontado 51 demandas de arbitrajes planteados por inversores y fondos oportunistas que han comprado los derechos en estos pleitos, alegando que se ha vulnerado el Tratado de la Carta de la Energía, del que la Unión Europea anunció su retirada en abril de 2024.

Mitsui, había reclamado inicialmente 199 millones de euros por las pérdidas sufridas por los cambios legislativos, si bien, de acuerdo a la información facilitada en una respuesta parlamentaria del Ejecutivo a preguntas del diputado popular Juan Diego Requena, la compañía será indemnizada con 31,5 millones más intereses y costas.

De las 51 demandas presentadas, 42 ya han sido resueltos: España ha salido victorioso en 10 de estos casos, a los que se deben sumar otros tres asuntos anulados y otros tres desistidos por los demandantes. Los 26 restantes se han saldado a favor de los inversores o fondos, que suman un total de 1.510 millones de euros (más 375 millones por las condenas en costas, honorarios de abogados y consultores, intereses de demora, etc). No obstante, fuentes gubernamentales calculan que de dicha factura se pueden ahorrar más de 1.300 millones, ya que esa cantidad es la que corresponde a arbitrajes iniciados por sociedades afincadas en la Unión Europea.

El hecho de que los inversores sean comunitarios es un punto clave. Por el momento, España no ha abonado ni un solo euro de estas condenas porque ha recurrido los laudos en distintos tribunales jurisdiccionales y están pendiente de resolución. En sus recursos, la Abogacía del Estado, y despachos de abogados contratados para reforzar la labor de los servicios jurídicos del Estado, plantean dos argumentos: que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) limitó los arbitrajes entre intra-UE, es decir entre inversores comunitarios y Estados miembros, y que la Comisión Europea tiene que autorizar el abono de dichas compensaciones.

Este último punto lleva años siendo objeto de debate, pero el reciente pronunciamiento de Bruselas en relación al denominado caso Antin —uno de los arbitrajes más representativos por el recorte de las primas de las renovables—lo ha agitado. La Comisión respaldó el pasado 24 de marzo la postura española al calificar la indemnización reconocida por el Ciadi en este caso como “ayuda estatal ilegal” y ha dado una nueva arma legal a la Abogacía del Estado para tratar de anular la mayoría de los litigios, que ha provocado el embargo preventivo de activos españoles en el extranjero, mientras los tribunales analizan si ordenan o rechazan la ejecución de los laudos dictados hasta el momento.

En este contexto, fuentes gubernamentales estiman ahorrarse unos 1.347 millones de euros relativos a las demandas planteadas por inversores europeos, cantidad que puede variar en función de los asuntos pendientes de resolver. Los 163 millones restantes hasta llegar a la cuantía total de indemnizaciones reconocidas hasta la fecha, correspondería a los litigios interpuestos por demandantes extracomunitarios, cuyas cantidades sí podrían ser abonadas (a la espera de que su reconocimiento y ejecución finalicen) ya que los pronunciamientos de la justicia europea y de Bruselas acerca de la validez de los laudos no protegen a España en estos casos, como es el de la empresa japonesa Mitsui.

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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