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La justicia de EE UU da luz verde a un inversor para pedir embargos contra España por el recorte de las renovables

Un tribunal federal confirma la validez del laudo que reconoce a la japonesa JGC Corporation a recibir una indemnización de 28 millones de euros

Nuria Morcillo
Teresa Ribera, próxima comisaria de Competencia y vicepresidenta de Transición Limpia del Ejecutivo europeo, en una foto de archivo
Teresa Ribera, próxima comisaria de Competencia y vicepresidenta de Transición Limpia del Ejecutivo europeo, en una foto de archivoJavier Lizón (EFE)

Un tribunal federal de Estados Unidos ha autorizado la ejecución del laudo arbitral que reconoce el derecho de la japonesa JGC Corporation a recibir una indemnización por el recorte de las primas de las renovables que acometió en Gobierno liderado por Mariano Rajoy en 2013, según han informado fuentes cercanas a la compañía. Este fallo abre la puerta a la compañía a pedir el embargo de activos españoles en territorio estadounidense como forma de garantizar la compensación. El bloqueo de bienes en el extranjero es un mecanismo que están utilizando varios inversores de renovables ante la negativa de España a afrontar los 25 laudos que han perdido por este asunto alegando que la Comisión Europea debe autorizar estos pagos y que la justicia europea ha limitado la validez de los arbitrajes entre inversores y Estados europeos.

Fuentes del Ministerio de Transición Ecológica y el Reto Demográfico señalan que aunque el fallo de este tribunal sea vinculante, no implica que tenga capacidad de ejecutarlo y embargar bienes españoles. Para ello, precisan, hace falta que se inicie un nuevo procedimiento en el que el Estado español podrá esgrimir argumentos de oposición.

Después de que el Centro Internacional de Arreglo de Disputas referidas a Inversiones (Ciadi) —órgano dependiente del Banco Mundial— fallara a favor de JGC en noviembre de 2021, la firma japonesa acudió a la justicia estadounidense para solicitar su reconocimiento y abrir el procedimiento para los posibles embargos para afianzar el pago de los 23,5 millones de euros reconocidos por la corte de arbitraje, más 5,3 millones en intereses y las costas del pleito. España solicitó al Tribunal del Distrito de Columbia (competente para resolver controversias del derecho mercantil internacional) que no diera validez al laudo porque, según argumentó, la compensación no está sujeta a la legislación de la Unión Europea. Asimismo, defendió que el foro competente para discutir este asunto debe estar en Europa.

La compañía —que invirtió en dos plantas termosolares ubicadas en Andalucía— impugnó la moción española y señaló que la gran diferencia que existe entre su caso con respecto a muchos laudos de inversores que también han pedido el reconocimiento y ejecución de sus indemnizaciones en otros tribunales extranjeros es que JGC no es un inversor europeo, sino japonés. Así entiende que no le es aplicable la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ni la legislación europea.

Para el juez Rudolph Contreras, el laudo del Ciadi debe ser reconocido y ejecutado, tal y como dicta la doctrina y las leyes estadounidenses, conforme a los compromisos internacionales asumidos por los países firmantes del convenio del organismo del Banco Mundial. Así las cosas, la sentencia se suma al fallo que en agosto dictó el Tribunal de Apelaciones de Washington, que denegó la inmunidad a España y de un plumazo resolvió la validez de otros tres casos por el valor de 358 millones de dólares (unos 324 millones de euros, al cambio), correspondientes a Nextera, 9REN y AES (asumido por el fondo Blasket).

Asimismo, el pasado mes de abril, la Corte Regional de Essen (Alemania) también desestimó la solicitud del Estado español de prohibir a otro inversor, en concreto a RWE (que logró una indemnización de 28 millones de euros), a que iniciara procedimientos judiciales en el extranjero para instar el bloqueo de bienes españoles. De este modo, la puerta se abría también para la compañía acudiera a Estados Unidos, tal y como había planteado previamente.

Hasta el momento, España no ha abonado el pago de ninguno de los laudos que ha perdido en diferentes cortes de arbitraje. Eso ha provocado que distintos inversores hayan pedido el bloqueo de bienes y activos en tribunales extranjeros como en Reino Unido (donde se encuentran embargados las sedes del Instituto Cervantes, del Instituto Español Vicente Cañada Blanch y la agencia para la competitividad de la empresa de la Generalitat de Cataluña) y Bélgica (donde se han bloqueado las tasas aeroportuarias que la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea gestiona para la empresa pública Enaire). Además, la Corte Suprema de Australia también se ha pronunciado a favor de los inversores, pero de momento no se han puesto en marcha procedimientos de incautación, aunque se ha puesto en el foco la actividad de la filial australiana de Navantia.


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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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