Francisco González juega su última carta para librarse del caso Villarejo
El expresidente del BBVA recurre su procesamiento e insiste en que no consta en la causa ni una sola prueba que acredite que dio la orden de contratar al expolicía
El expresidente de BBVA Francisco González ha puesto en marcha el último recurso legal para librarse del juicio por el caso Villarejo. El que fuera máximo dirigente del banco durante casi 20 años (entre 1996 y 1999 presidió Argentaria y, tras la fusión con BBV, lideró la entidad hasta 2018) ha recurrido la decisión del juez instructor de dejarle a un paso del banquillo de los acusados por la contratación del comisario jubilado José Manuel Villarejo. El recurso, al que ha tenido acceso CincoDías, se ha presentado directamente ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, a la que pide que corrija al instructor y anule su procesamiento. A lo largo de 140 páginas, González insiste en que no hay ni una sola prueba en todo el sumario de la causa que acredite que ordenó contratar los servicios del expolicía o que demuestre que tuviera conocimiento de su persona.
Además, el expresidente del segundo banco español también alega indefensión por dos motivos: porque el juez ha concluido la instrucción de la causa sin resolver su última petición de archivo, planteada el pasado mes de junio; y porque el auto por el que se le propone ir a juicio “reproduce literalmente, palabra por palabra” el documento de la Fiscalía Anticorrupción fechado el pasado 17 de mayo por el que pidió juzgar a la entidad y a una decena de exdirectivos, entre ellos González. La entidad transmitió esta misma queja a la Sala de lo Penal en su recurso y el exbanquero no solo comparte la protesta, sino que añade que el relato del ministerio público parece un escrito de acusación que “contiene afirmaciones fácticas apodícticas” sin concretar los hechos indiciarios.
Así las cosas, niega la afirmación que Anticorrupción ha sostenido durante toda la investigación (que se inició a finales de 2018, aunque el expresidente no fue imputado hasta el 14 de noviembre de 2019) sobre que en 2004, cuando se hizo el primer encargo a Cenyt para frenar la opa de Sacyr Vallehermoso, González sabía que esta empresa estaba vinculada a un funcionario de policía en activo. Dicha sociedad era la que Villarejo utilizaba para facturar los servicios privados de investigación. “Podemos afirmar rotundamente que esa afirmación no solo es falsa, sino que no hay un solo indicio en autos, ni uno solo, que apoye tal tesis. Se trata de una especulación sin ninguna base indiciaria en autos”, asegura el recurso.
Añade que tampoco hay material, ni referencia alguna en las grabaciones que Villarejo realizó de sus conversaciones con clientes y otros policías —que constan en el sumario de la causa como principal prueba—, que acredite que él hubiera dado alguna indicación para desarrollar servicios “contrarios a la legalidad”, que tuviera conocimiento de que Cenyt habría utilizado “medios ilícitos”, o que hubiera cometido “alguna irregularidad o vulneración de derechos de terceros en el alguno de los trabajos para los que había sido contratados”. A González se le atribuyen los delitos de cohecho y de descubrimiento y revelación de secretos en relación a la contratación del comisario jubilado para que espiara a empresarios, políticos y periodistas.
En este sentido, mantiene lo que ya ha expuesto en varias ocasiones, incluso en sus declaraciones ante el juez, acerca de que supo de la existencia de que Villarejo había trabajado para BBVA en 2018 cuando aparecieron informaciones en prensa sobre ello y que en ningún momento participó en la selección del proveedor, ni conoció los pormenores de los encargos.
“El presidente no puede controlar quién es el proveedor”
“Es obvio que el presidente de un banco como BBVA no podía ocuparse de controlar a qué proveedor se contrataba para un servicio concreto (fuera o no un servicio más o menos relevante), si se había seguido para la contratación del proveedor el procedimiento interno establecido por la entidad o cómo prestaba ese proveedor los servicios contratados. Para tales funciones, existía en BBVA una organización y departamentos especializados. (...) No resulta verosímil pensar que el presidente de un banco como BBVA desarrolle funciones de entrar a conocer la identidad y antecedentes profesionales de los miles de proveedores existentes en el banco o de examinar si en cada una de las miles de compras y contrataciones de servicios que hacía la compañía cada año (por importe de 13.000 millones de euros anuales) se había actuado de forma correcta. No existía (ni existe) norma alguna en BBVA que determinase tales funciones para el presidente de la entidad”, reza el recurso firmado por el abogado Jesús Santos.
Así, si BBVA se comparó en su recurso con Repsol y CaixaBank, que fueron exonerados de responsabilidad como persona jurídica por contratar al comisario jubilado al comprobar que en el momento de los hechos tenían implantados sistemas de compliance (cumplimiento normativo) eficaces, Francisco González compara su situación a la del presidente de la petrolera, Antonio Brufau, y al expresidente del banco, Isidro Fainé, para quienes también se archivó el caso Villarejo. En este caso, el juez justificó los sobreseimientos de los directivos en que el solo hecho de conocer que se ha contratado a un determinado proveedor, pero sin conocer los pormenores de la contratación, ni quién es ni qué medios utiliza, no es suficiente para incluirles en el listado de investigados que deben ir a juicio.
Según González, este criterio es aplicable a su caso. Y añade que toda su carrera profesional en BBVA se ha desarrollado “bajo férreos principios éticos”. “Todos los empleados del banco (antiguos y vigentes) que han comparecido en sede judicial han corroborado la existencia en el banco de la denominada doctrina FG, que implicaba que todo acto de todo empleado debía siempre cumplir con los parámetros de ético, legal y publicable”, señala. Sin embargo, Anticorrupción afeó, y el juez compartió en su auto, que los altos directivos y empleados se saltaron el código de conducta del banco con las contrataciones de Villarejo.
Por último, Francisco González pide la nulidad del auto de procesamiento porque, indica, los delitos imputados están prescritos. Según explica, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya indicó en el marco de la macrocausa sobre los trabajos de Villarejo que el delito de cohecho y descubrimientos y revelación de secretos prescriben a los 10 años. Por tanto, si se tiene en cuenta la fecha de “consumación de los pretendidos delitos imputados”, que se sitúa en julio de 2005, a raíz del primer contrato de Villarejo y la fecha de imputación, en noviembre de 2019, “han transcurrido 14 años y cuatro meses”, concluye. En esta línea, también rechaza la tesis de las acusaciones sobre la existencia de una continuidad delictiva, que permite posponer la prescripción hasta la comisión del último hecho ilícito, lo que en este caso se trasladaría a 2017, cuando BBVA dejó de trabajar con el expolicía tras su detención.
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