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Batalla por el convenio de Inditex, Mango y H&M en la Audiencia: UGT pierde su primer asalto contra Fetico

El tribunal desestima la demanda que el sindicato planteó para expulsar a la federación de la mesa de diálogo del pacto que se aplicará a las grandes cadenas del textil

Una tienda de ZARA en el centro de Sevilla.
Una tienda de ZARA en el centro de Sevilla.PACO PUENTES
Nuria Morcillo

UGT ha perdido el primer asalto judicial por el convenio textil, que lleva un año en negociación. La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda que el sindicato planteó contra la Federación de Trabajadores Independientes de Comercio (Fetico) a cuenta de su representatividad para negociar el gran pacto para el comercio textil, según una sentencia del pasado 12 de julio, a la que ha tenido acceso CincoDías. Los magistrados entienden que Fetico tiene legitimación para tener un representante en la mesa de negociación del convenio que busca homogeneizar las condiciones laborales de los cerca de 160.000 de trabajadores de grandes cadenas del sector, como Inditex, Mango, H&M, Primark, Cortefiel, Kiabi, Sprinter, Hugo Boss, entre otros.

El sector textil estaba pendiente del desenlace de esta guerra sindical, intensificada por la demanda que UGT presentó contra Fetico, ya que el ritmo de las negociaciones depende de ello. Desde el sindicato se apuntó que si se obtenía una resolución judicial favorable, se valoraría impugnar cualquier acuerdo que se haya alcanzado en la mesa negociadora mientras no estaba presente. Por el momento, la Audiencia Nacional ha fallado en contra de sus pretensiones, si bien la sentencia aún no es firme, pues que cabe interponer recurso ante el Tribunal Supremo, que será el que tenga la última palabra en caso de que el asunto, finalmente, llegue hasta dicha instancia.

UGT decidió levantarse de la mesa de negociación el pasado mes de enero en forma de protesta por la presencia de Fetico, al entender que esta última no tiene el 10% mínimo de representatividad para continuar en las conversaciones, y en abril decidió llevar el asunto a los tribunales. Todo ello se debe a que las organizaciones sindicales que participan en la negociación y la Asociación Retail Textil España (ARTE) —la patronal del sector— habrían acordado modificar el ámbito de aplicación del futuro convenio, que implicaría que sus representados quedaran fuera del mismo.

El primer convenio nacional fue propuesto por ARTE, que engloba diversas empresas del comercio textil y calzado, en junio de 2023. Justo un mes después se constituyó la comisión negociadora, de la que fue excluida Fetico. Fue entonces cuando tuvo lugar el primer cisma, ya que la federación interpuso una demanda de conflicto colectivo. Este pleito quedó desactivado, después de que Arte, CCOO y UGT alcanzaran un acuerdo en octubre de dicho año para permitir la presencia de la demandante en la mesa de negociación.

Las negociaciones, que se vieron alteradas por este conflicto, siguieron su curso hasta que en diciembre de 2023, durante la cuarta reunión, UGT manifestó su oposición a que Fetico continuara en las conversaciones debido a que el “ámbito funcional” del acuerdo se había modificado y se había dejado fuera del mismo a las empresas que se acogen al convenio colectivo de grandes almacenes. En su opinión, Fetico carecería de representatividad suficiente para seguir participando en la comisión negociadora, porque C&A, una de las cadenas que forma parte de la patronal y en la que tiene gran peso la federación, está cubierta por el pacto de grandes almacenes.

La Sala de lo Penal celebró una vista el pasado 2 de julio donde conoció de primera mano los argumentos de ambas partes. Así, UGT insistió en que Fetico no puede seguir negociando los detalles del convenio dirigido a grandes empresas textiles porque, a su juicio, no se va a aplicar a sus representados. Por su parte, la agrupación demandada argumentó que este debate es “cosa juzgada”, ya que todos los sindicatos alcanzaron ya un acuerdo para aceptar su presencia en las negociaciones, y que lo que se pretende es cambiar lo concertado entonces.

Negociadores legitimados desde el principio

El tribunal no cree que la cuestión ya esté resuelta. Según señala en la sentencia, la denuncia de UGT se basa en unos hechos posteriores al litigio sobre la presencia de Fetico en la mesa. “No se pretende únicamente (...) la sustitución del acuerdo alcanzado por otro distinto, sino verificar si actos posteriores acontecidos como la alteración del ámbito funcional del convenio, tienen la suficiente entidad como para impactar en lo acordado y alterar la legitimación negocial que se fijó inicialmente, existiendo un conflicto real y actual que despliega sus efectos en una negociación ya iniciada y presente, que se concretará en un texto convencional aplicable a los trabajadores incluidos en su ámbito funcional”, explica la Sala de lo Social, que asimismo rechaza la petición de Fetico de imponer una multa por temeridad a UGT.

Sin embargo, los magistrados tampoco ven motivo para aceptar las pretensiones de UGT, ya que entienden que el momento para determinar la legitimación negocial es la constitución de la mesa negociadora, tal y como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Asimismo, señalan que no es cierta la manifestación que hizo UGT, en la cuarta reunión de las negociones, sobre que “existe una mayoría para modificar el ámbito funcional y como la asociación empresarial lo acepta, la consecuencia de la nueva redacción del ámbito funcional es que Fetico carece de legitimación para negociar el convenio colectivo”.

La sentencia indica que de las actas de las reuniones se desprende que el cambio del ámbito funcional para excluir a las empresas acogidas al convenio de grandes almacenes “se planteó como una posibilidad”, pero “no se concluyó de forma efectiva”. Es más, considera que el asunto es una “discrepancia” en el seno del “inicio de una negociación compleja” en la que no se adoptado ninguna decisión sobre la legitimación de ninguna de las partes. “Nada se decidió en forma, ni se sometió a votación, ni se pactó acerca de la exclusión definitiva de las empresas sujetas al convenio colectivo sectorial de grandes almacenes. Y si ello es así, no puede pretender UGT modificar un acuerdo, consensuado con todas las partes, por el que se reconocía expresamente a Fetico un representante para formar parte en la comisión negociadora del convenio”, zanja la resolución.

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Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
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