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Facua denuncia a las compañías aéreas Wizz Air, Transavia y Eurowings por el cargo ilegal en el equipaje de mano

Tras la demanda presentada por esta organización de consumidores, la Secretaría General de Consumo y Juego multó con más de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea por el mismo motivo

Avión A321 de la aerolínea Wizz Air.
Avión A321 de la aerolínea Wizz Air.
Guillermo Calvo

La organización de consumidores Facua-Consumidores en Acción ha anunciado este martes a las aerolíneas Wizz Air, Transavia y Eurowings ante la Dirección General de Consumo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por forzar a los clientes la selección de tarifas con sobreprecios para poder viajar con equipaje de mano o aplicar cargos extra si el usuario decide no contratar este servicio.

Esta denuncia nace de un análisis a 19 aerolíneas que operan en España. Facua denuncia que siete de estas 19 incumplen con la normativa. Las otras cuatro hasta esas siete son Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea, que fueron multadas con más de 150 millones de euros por parte de la Secretaría General de Consumo del ministerio, fruto de de las denuncias de la plataforma dirigida por Rubén Sánchez.

En la rueda de prensa en la sede de Facua, Sánchez ha recordado que existe una plataforma de afectados para ayudar a los usuarios de las víctimas de estas prácticas a reclamar su dinero.

“A todos los pasajeros que ahora o en el pasado hayan sido víctimas del cargo ilegal por viajar con equipaje de mano por parte de estas siete compañías aéreas les invitamos a batallar por sus derechos y a recuperar ese dinero que hayan tenido que pagar”, ha apuntado Sánchez en la rueda de prensa.

En cuanto a la compañía con sede en Hungría, Wizz Air, Facua ha reclamado que, en su tarifa Basic, únicamente permite el transporte de un bulto pequeño de 40x30x20 centímetros, unas medidas inferiores a las de un equipaje de mano. Al ser una tarifa en el que incluye un equipaje de reducido tamaño, los usuarios se ven obligados a pagar un extra por su equipaje o elegir alguna de las tarifas más caras que sí que permiten un bulto de hasta 10 kilos.

Algo similar ocurre con la compañía fundada en País Bajos, Transavia, que su tarifa más básica no permite al viajero llevar consigo un equipaje de mano, sino un bulto de 40x30x20 centímetros. Por ello, el pasajero se ve obligado a escoger tarifas superiores para poder portar una maleta de 10 kilos, o pagar un extra para cada trayecto.

Respecto a Eurowings, su tarifa Basic solo permite al pasajero llevar consigo un equipaje de mano de pequeñas dimensiones (40x30x25 centímetros). Al ser este tamaño tan reducido, el usuario está obligado a comprar tarifas más caras por llevar un equipaje de mano de hasta 8 kilos de peso.

Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea

Tras las denuncias presentadas por Facua, el Ministerio de Consumo ha resuelto un expediente sancionador por el que multa con más de 150 millones de euros a Ryanair, Vueling, Easyjet y Volotea por el cobro de un cargo extra a los viajeros que llevan equipaje de mano en cabina y otras prácticas que atentan contra los derechos de los consumidores. De esta multa, la mayor parte ha recaído sobre Ryanair, la aerolínea que instauró estas prácticas hace seis años.

“Las multas también incluyen otras tres prácticas ilícitas: el cobro por selección de asiento cuando se viaja con personas dependientes, como discapacitados y niños pequeños, que al igual que el asunto del equipaje de mano ha sido clasificado como infracción muy grave. Y otras dos por infracciones calificadas como graves: prohibir el pago en metálico en la compra de billetes en los aeropuertos y la omisión de información y falta de claridad en los precios publicados, lo que dificulta a los usuarios la posibilidad de comparar las ofertas y distorsiona el posicionamiento de las aerolíneas en las búsquedas por internet”, señala la nota de prensa de Facua.

La Ley de Navegación Aérea señala que “el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo”. Solo contempla como excepciones “razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto en relación con las características de la aeronave”.

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Sobre la firma

Guillermo Calvo
Redactor de la sección de Economía en El PAÍS. Ha trabajado en varios medios locales, en Capital Radio y en Confidencial Digital, donde cubrió información parlamentaria. Estudió Periodismo en la Universidad Complutense de Madrid y es Máster Periodismo UAM-El PAÍS.
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