_
_
_
_
_

Avalancha de demandas colectivas en los juzgados españoles por el cártel de coches

El Tribunal Supremo avaló las sanciones de 171 millones de euros que impuso la CNMC a una veintena de marcas y abre la puerta a reclamar indemnizaciones que rondan el 10% del precio pagado

Imagen de numerosos coches en la autopista A-1.
Imagen de numerosos coches en la autopista A-1.Eduardo Parra (Europa Press)
Nuria Morcillo

Los juzgados españoles están recibiendo un aluvión de demandas colectivas de consumidores que exigen una indemnización por el cártel de coches. Los pronunciamientos del Tribunal Supremo, que avalan las multas de un total de 171 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a 21 fabricantes de automóviles, cuatro distribuidoras de marcas y a dos consultoras, y las primeras sentencias de juzgados de lo mercantil a favor de los clientes, han animado a varios grupos de perjudicados a plantear nuevas reclamaciones, que están siendo aceptadas por los órganos judiciales para investigar los hechos y cuantificar los daños. Las últimas en ser admitidas a trámite han sido las presentadas por un grupo de 13.000 personas en Valladolid y una de las tres planteadas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en Barcelona.

El denominado cártel de coches o de concesionarios se destapó hace casi nueve años cuando la CNMC inició una inspección contra el “club de marcas”, que funcionó entre febrero de 2006 hasta agosto de 2013, gracias a la información suministrada por algunas las empresas del grupo Volkswagen. Dos años después, el órgano supervisor sancionó a marcas como Citroën, BMW, Seat, Porsche, Volkswagen, Audi, Skoda, Hyundai, Chevrolet, Chrysler, Nissan, Fiat, Mercedes, Toyota, Lexus, Honda, Ford, Kia, Volvo, Mazda, Peugeot, Renault. No obstante, en el caso del grupo que aportó pruebas sobre el cártel, Competencia le eximió de abonar su multa (de 39,44 millones de euros), tras acogerse al programa de clemencia, pero ello no le ha librado de afrontar las demandas de los consumidores afectados.

A lo largo de 2021, el Tribunal Supremo desestimó los recursos de las compañías y confirmó las sentencias de la Audiencia Nacional, que dio el visto bueno a las conclusiones de la CNMC, que dio por acreditado que, en diferentes periodos pero dentro de los años señalados, las marcas intercambiaron información “comercialmente sensible y estratégica” para inflar los precios de los vehículos. El órgano que preside Cani Fernández destacó que “la cuota de mercado conjunta de las marcas participantes en las conductas analizadas (...) alcanza en torno al 91% de la distribución de automóviles en España”.

De acuerdo a cartel.es, una plataforma online impulsada para asesorar a los usuarios perjudicados por estos hechos, estiman que “unos nueve millones de consumidores pudieron verse afectados y pagaron entre un 10% y un 15% más por sus vehículos”. Fuentes jurídicas conocedoras de estos procesos judiciales apuntan que las indemnizaciones solicitadas rondan el 10% del sobrecoste pagado por la adquisición de los vehículos, si bien las compensaciones reconocidas por los juzgados dependen de cada caso concreto. En este sentido, advierten de que la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre el cártel de camiones, que fijó la devolución del 5% más intereses, “no es aplicable a esta situación”, aunque tengan semejanzas y pese a que “algunos jueces lo estén cogiendo de referencia”.

A raíz de estos fallos, en 2022 los juzgados de lo mercantil de varias provincias comenzaron a pronunciarse y los resultados positivos en gran parte de los casos es lo que ha empujado a varios despachos de abogados a preparar demandas colectivas en distintas zonas de España. Así, Cartel Damage Claims (CDC), representado por Redi Abogados, ha ejercido acciones legales en nombre de 13.000 personas –el mayor grupo que ha demandado de forma conjunta– ante el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valladolid, que recientemente ha admitido a trámite la demanda. Según han indicado fuentes del despacho dicha provincia ha sido elegida como “foro judicial” porque es donde se encuentra la sede social de Renault España, “que es una de las empresas que más coches tiene afectados pro el cártel” y porque sus juzgados “han demostrado ser uno de los más eficientes de España, tanto a nivel de rapidez como de calidad técnica de sus sentencias”.

Colapso de juzgados

Otros despachos como BGI Law han elegido Vigo para presentar su demanda, ya que es donde se asienta la filial española de Stellantis, dueña de firmas como Peugeot, Citroën, Fiat o Chrysler. La previsión de la avalancha de pleitos ha llevado al Tribunal Superior de Justicia de Galicia a solicitar, el pasado 27 de noviembre, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a reforzar el juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra para evitar su colapso, ya que es el único de esta jurisdicción con sede en Vigo. Según indicó el tribunal en un comunicado, se estima que en 2024 ingresen más de 20.000 asuntos relacionados con estas reclamaciones, no obstante, fuentes del mismo órgano superior han señalado a este diario que la medida aún no se ha puesto en marcha, dado a que el elevado número de litigios aún no se ha alcanzado. Por su parte, el grupo automovilístico ha provisionado ya más de tres millones de euros para hacer frente a sus reclamaciones.

Por otro lado, la OCU, asesorada por el despacho Ius+Aequitas Trial Lawyers, ha preparado una intensa batería de demandas colectivas, agrupadas por marcas. El pasado mes de octubre presentaron tres demandas ante los juzgados de Barcelona, de las cuales dos de ellas han sido ya admitidas a trámite por los juzgados de lo mercantil números 7 y 12. A estas se sumarán otras cuatro que se interpondrán en los próximos meses, según anunció la asociación.

Asimismo, los abogados de Cremades & Calvo Sotelo se introdujeron en este asunto de la mano de la Agrupación Afectados por el Cártel de Coches (AACC), si bien una serie de discrepancias con la sociedad que gestiona el portal ha hecho que el bufete se desligue y asuma de forma particular los intereses de los afectados que así lo deseen, según indicaron desde el propio despacho.

El plazo límite para reclamar es el año 2026. Aunque en un principio, el Tribunal Supremo fijó mediados de 2022 la fecha tope para exigir la devolución del sobreprecio abonado, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictada en junio de 2022, dio un vuelco a este criterio y amplió el plazo de la prescripción a cinco años. Fuentes jurídicas cercanas a estos procedimientos han subrayado que esta prórroga para reclamar no solo ha dado pie a que un mayor número de víctimas acudan a los tribunales, sino también la posibilidad de ir contra un mayor número de empresas, cuyas sedes se encuentran fuera de España. En estos casos, las normas europeas obligan que las acciones judiciales se notifiquen en los domicilios sociales de las matrices, lo que implica que los abogados traduzcan las demandas, y toda la documentación anexa, al idioma oficial del país donde se encuentren, lo que puede dilatar los procesos.

Sigue toda la información de Cinco Días en Facebook, X y Linkedin, o en nuestra newsletter Agenda de Cinco Días

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Para seguir leyendo este artículo de Cinco Días necesitas una suscripción Premium de EL PAÍS

_

Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.
Tu comentario se publicará con nombre y apellido
Normas
Rellena tu nombre y apellido para comentarcompletar datos

Más información

Archivado En

_
_