La Audiencia Nacional confirma la sanción de 23 millones al Barça por el IRPF de los agentes de los jugadores
La Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que el club aparentó que los servicios de los representantes estaban siendo prestados a la entidad deportiva
El FC Barcelona pierde el pulso contra Hacienda. La Audiencia Nacional ha condenado al club catalán a pagar casi 23 millones de euros por el IRPF derivado de las retribuciones abonadas a los agentes deportivos de los jugadores entre los años 2012 a 2015. En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha confirmado la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), de junio de 2020, que ratificó la sanción de la Agencia Tributaria, que consideró que existió una simulación para hacer creer que los servicios de los representantes fueron prestados al equipo, cuando en verdad fueron a favor de los futbolistas.
La sentencia, con fecha del pasado 12 de diciembre, asume el criterio de la Agencia Tributaria, que reclamó el pago de 22,7 millones de euros, al considerar que, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Agente de Jugadores, el abono de sus servicios tienen naturaleza de rendimientos de trabajo y están sujetos a retención en el momento de su ingreso. En este sentido, los magistrados rechazan la tesis del Barça, que alegó que los importes abonados a los agentes contratados por el club corresponden a la retribución acordada por sus servicios prestados a la entidad deportiva.
Para la Sala de lo Contencioso, no hay dudas de que ha existido una simulación. Una conclusión que obtiene de la lectura de la resolución del TEAC, que destaca “que los pagos realizados por el club lo han sido en nombre y por cuenta de los deportistas, que son los efectivos destinatarios de los servicios prestados por los agentes, mientras que se da la apariencia de que los agentes están prestando un servicio encargado por el club o representando al club, lo cual no se acredita en ninguna forma”. “Los agentes representan a los jugadores y actúan en interés de ellos”, añade el fallo administrativo.
La cuantía derivada de la liquidación tributaria total fue de 8.764.118 euros mientras que, en concepto de sanción, se le impuso el abono de 3.031.893 euros (2012), 4.348.402 euros (2013), 5.172.955 euros (2014) y 1.414.158 euros (2015).
Con todo ello, la Audiencia Nacional reprocha al FC Barcelona su actuación porque, según indica, su verdadero objetivo fue obtener un beneficio fiscal. “En la simulación tributaria es necesaria la utilización de artificios encaminados a la elusión impositiva, esto es, a disfrutar de ventajas fiscales que no corresponden a la real operación realizada”, reza la sentencia.
En otras palabras, “se aparenta retribuir por parte del club al agente unos servicios inexistentes, cuando en realidad se está abonando parte de la retribución al jugador de esta forma, por los servicios que presta al club, con la correspondiente incidencia tributaria, que afecta al Impuesto de Sociedades, IVA e IRPF, distorsionando la base imponible de tales conceptos tributarios”.
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