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Florentino Pérez pide a la Audiencia que no deje fuera del caso Villarejo al exjefe de seguridad de Iberdrola

El exdirectivo de la eléctrica Antonio Asenjo, único antiguo alto mando de la compañía que queda imputado, compara su situación procesal con la del comisario jubilado, absuelto por el delito de cohecho

Florentino Pérez, presidente de ACS.
Florentino Pérez, presidente de ACS.Pablo Monge
Nuria Morcillo

El presidente de ACS, Florentino Pérez, personado en el caso Villarejo como víctima de los espionajes del comisario jubilado José Manuel Villarejo, ha pedido a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que no deje fuera del juicio por los trabajos que el expolicía desarrolló para Iberdrola al exjefe de Seguridad de la compañía eléctrica Antonio Asenjo, imputado por ser uno de los responsables directos de la contratación de Cenyt, la empresa liderada por el agente encubierto.

Asenjo, que reconoció ante el juez que instruye esta causa los encargos a Villarejo y la manipulación de facturas, ha solicitado en varias ocasiones el archivo su presunta responsabilidad penal. La última vez fue tras conocerse la primera sentencia de la macrocausa, dictada por la Audiencia Nacional el pasado 24 de julio, en la que condenó a Villarejo a 19 años de prisión por revelación de secretos y falsedad en documento mercantil, pero le absolvió por cohecho, el principal delito que sustenta la treintena de líneas de investigación que conforman el caso.

En opinión de Asenjo, esta sentencia es aplicable a su caso, ya que el cohecho es uno de los ilícitos por el que está investigado. No obstante, el juez instructor Manuel García Castellón no comparte esta postura y el pasado 21 de septiembre rechazó la petición de archivo, lo que llevó al abogado del exjefe de seguridad de Iberdrola a recurrir dicha decisión ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

En este contexto, Florentino Pérez ha manifestado su oposición al eventual sobreseimiento del único responsable de Iberdrola en la época de los contratos de Villarejo que queda encausado. En esta pieza separada número 17 del denominado caso Tándem, estuvieron investigados el presidente de la compañía, Ignacio Sánchez Galán, y su entonces cúpula directiva, pero finalmente fueron desimputados por prescripción del delito. Lo mismo ocurrió con la filial Iberdrola Renovables, la única empresa del grupo que se vio implicada judicialmente por el pago de los supuestos trabajos que el comisario jubilado realizó para espiar a unos socios con los que la eléctrica emprendió un proyecto en Rumanía.

Así, en un escrito presentado ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, consultado por este diario, la defensa del también presidente del Real Madrid incide en que los argumentos del primer fallo del caso Villarejo no pueden ser atribuidos al exmando de Iberdrola. “La sentencia afirma que el relato de hechos probados no es constitutivo de delito de cohecho. Pero de ahí no se puede colegir que ningún hecho en el que haya intervenido el señor Villarejo pueda ser constitutivo de un delito de cohecho”, indica el letrado.

“Diferencias claras”

Es más, el abogado de Pérez apunta que los hechos que hasta el momento han sido juzgados no tienen ninguna relación con las pesquisas sobre la multinacional eléctrica. “Existen diferencias claras”, afirma la defensa, como el “inicio de las relaciones” entre Asenjo y Villarejo, la “forma de ejecutar los encargos” o el conocimiento que tenía el ex empleado de Iberdrola de cómo Villarejo accedía a la información que después facilitaba a la cotizada.

En este sentido, Pérez recalca que la contratación del agente doble por parte de Iberdrola “fue continuada durante al menos ocho años: de 2004 hasta 2012″ y que Asenjo tuvo el “dominio de 17 facturas por un importe muy superior al millón de euros que abonó el grupo Iberdrola al Grupo Cenyt sin procedimiento escrito previo que avalara esos pagos”.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional explicó en su sentencia que el comisario jubilado y el resto de acusados en el juicio por tres piezas separadas no podían ser condenados por cohecho porque los abonos que se realizaron como prestación a sus trabajos de espionaje se enmarca en la actividad privada del polémico policía y no “en el ejercicio de su cargo” como funcionario público. Sin embargo, Florentino Pérez cree que “no se puede generalizar la conclusión absolutoria y extenderla a otras piezas”, ya que todo depende de la valoración de la prueba que se haga en cada juicio. De hecho, recuerda que esta primera sentencia del caso Villarejo cuenta con el voto particular de uno de los miembros del tribunal, que sí vio acreditado este ilícito.

Dos proyectos de espionaje

Por otro lado, el dirigente de la constructora ACS también rechaza la alegación de Asenjo acerca de que no cabe imputarle un delito de descubrimiento y revelación de secretos por los espionajes que realizó Villarejo, al tiempo que defiende que, en cualquier caso, está prescrito. Para Pérez, el exjefe de seguridad de Iberdrola participó “como inductor o cooperador necesario” en estos hechos por los que se han visto afectados tanto el empresario como su familia.

Según consta en el sumario de la causa, Villarejo recabó información relacionada con Pérez en el marco de dos proyectos bautizados como Posy y Gipsy, desarrollados en 2009. El primero estaba dedicado a investigar a quien fuera director de servicios generales de Iberdrola José María Álvarez Vázquez y al proveedor de la multinacional, Francisco Julián Gutiérrez Santiago, ante la sospecha de posibles pagos de comisiones ilegales. La investigación se extendió a las posibles vinculaciones que el exdirectivo hubiera podido tener con el presidente de ACS. En paralelo, se desarrolló el segundo trabajo de espionaje centrado en Pérez y su familia con el fin de conocer cualquier circunstancia que, llegado el caso, pudiera ser utilizada en un escenario de conflicto con la compañía eléctrica.

Así, sobre la prescripción, la defensa del empresario señala que el plazo para que expire la responsabilidad por el delito de descubrimiento y revelación de secretos es de 15 años, un tiempo que aún no ha transcurrido ya que los hechos tuvieron lugar en 2009. “Incluso a día de hoy se podría dirigir el procedimiento penal contra el señor Asenjo por estos hechos”, zanja.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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