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Iberdrola pierde una demanda contra ACS por derecho al honor y reputacional

La batalla judicial se había iniciado tras un comunicado emitido en 2021 en el que la constructora tilda de “repugnante” el comportamiento de la energética

El presidente de ACS, Florentino Pérez.
El presidente de ACS, Florentino Pérez. Pablo Monge Fernandez
Nuria Morcillo

Iberdrola ha perdido una de sus batallas judiciales contra ACS. Un juzgado de Bilbao ha desestimado la demanda por derecho al honor y reputacional que la compañía que preside Ignacio Sánchez Galán presentó contra la constructora por criticar la actuación de la eléctrica con respecto a uno de sus exdirectivos salpicados por el caso Villarejo.

En concreto, la compañía que dirige Florentino Pérez difundió en marzo de 2021 un comunicado en el que tildó de “repugnante” el comportamiento de Iberdrola, en relación con unos audios en los que el exjefe de Seguridad de la eléctrica Antonio Asenjo comentaba con el comisario jubilado José Manuel Villarejo la “presunta intención de causarle el mayor daño reputacional” a Pérez. Así, hablaron de la posibilidad de organizarle un montaje con “un niño al lado”, al tiempo que el exdirectivo de Iberdrola ironizó que le salía “más barato matarle” y así se quitaba de “problemas”, en referencia a las pretensiones económicas del expolicía.

Asenjo es uno de los principales imputados en la macrocausa centrada en los negocios privados del comisario jubilado José Manuel Villarejo, que investiga la Audiencia Nacional, por contratar al agente encubierto una serie de trabajos de espionaje. El presidente de ACS se encuentra personado en esta causa como víctima de dichos encargos.

El comunicado de ACS fue difundido en respuesta a una noticia en la que se informaba de que Iberdrola estaba preparando una demanda por competencia desleal contra ACS por “menoscabar su crédito en el mercado”. Según Iberdrola, la firma de Florentino Pérez habría filtrado previamente a otro medio que estaba estudiando medidas legales contra la eléctrica, por el valor de 2.600 millones de euros, la contratación de “servicios ilegales del comisario José Manuel Villarejo”. Finalmente, el Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid dio la razón, en abril de 2022, a la empresa de Sánchez Galán y sentenció que la constructora llevó a cabo un acto de “denigración”.

Injurias y difamación

Tras el comunicado de la constructora, y su posterior presentación ante el juez de la Audiencia Nacional, Iberdrola interpuso otra demanda -la ahora resuelta- por entender que lo expresado en la nota de prensa era “manifiestamente injurioso y difamatorio”. De acuerdo a la demanda, ACS atribuyó al grupo eléctrico responsabilidades penales en el marco del referido caso Villarejo, cuando nunca ha tenido la condición de investigada en la macrocausa, y le acusó de amparar la actuación de un extrabajador al pagarle una cuantiosa indemnización por despido.

En una sentencia con fecha del pasado 29 de marzo, a la que ha tenido acceso CincoDías, el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Bilbao ha desestimado las pretensiones de Iberdrola, al considerar que el comunicado de ACS no vulneró ningún derecho al honor ni dañó la reputación de la eléctrica, al estar amparado por el derecho fundamental a la libertad de expresión.

El juez acepta el criterio de ACS, defendido por el despacho DIKEI Abogados, que defendió que el comunicado “no transmitía informaciones, sino valoraciones sobre hechos indiscutidos” que afectaban a Iberdrola, “de incuestionable proyección pública”.

“Un juicio de valor”

En este sentido, la resolución indica que una imputación de responsabilidades penales sí que supondría una intromisión ilegítima en el derecho al honor, si bien el juez hace hincapié en que en el comunicado no se menciona una posible imputación de la compañía eléctrica.

“La única alusión a las responsabilidades de Iberdrola se contiene en el tercer apartado del comunicado, en el que los demandados están expresando, básicamente, un juicio de valor sobre un hecho”, en el momento que señala que los hechos que se acababan de revelar eran “repugnantes”. Según argumentó ACS, con este adjetivo no se hacía alusión a Iberdrola ni a Asenjo, sino “al contenido de los audios”.

El magistrado de Bilbao añade que “lo mismo ha de predicarse” con respecto a las afirmaciones vertidas sobre el abono a Asenjo de una compensación por despido, que, según subraya la sentencia, era la que “legal y contractualmente le correspondía”.

Con todo ello, la sentencia concluye que la palabra “repugnante” carece de la entidad lesiva necesaria para ser considerada como ofensiva y que la crítica realizada por ACS sobre la indemnización abonada al ex responsable de Seguridad de Iberdrola “también resulta lícita y guarda relación con la idea transmitida”.

Esta no es la única demanda que Iberdrola ha presentado contra ACS por los supuestos daños derivados del caso Villarejo. El pasado febrero, la compañía de Sánchez Galán demandó a Florentino Pérez por el daño moral y reputacional sufrido con su acusación en el ‘caso Villarejo’ y le reclamó 73 millones de euros.

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Sobre la firma

Nuria Morcillo
Periodista de Tribunales con más de 10 años de experiencia. Tras dar los primeros pasos en El Mundo y ABC, llegó a la agencia de noticias Europa Press, donde comenzó a profundizar en el mundo jurídico. Después pasó por La Información, donde siguió especializándose en ese área. En CincoDías desde diciembre de 2022.

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