El juez confirma la adjudicación de Abengoa a Cox Energy
El Juzgado de lo Mercantil de Sevilla desestima el recurso de Urbas contra la transmisión de los activos del grupo andaluz a la firma de Enrique Riquelme
La adjudicación de los activos de Abengoa a Cox Energy es firme. El juez de Sevilla que ha afrontado todo el concurso de acreedores del grupo de ingeniería andaluz ha desestimado los recursos que Urbas y un grupo de acreedores presentaron contra la adjudicación a la firma liderada por Enrique Riquelme, que planteó una oferta que valoró la entidad en más de 500 millones de euros.
Cox Energy se impuso a otros cuatro inversores que pujaron por la compañía andaluza. Entró en la batalla por Abengoa en el último momento, poniendo encima de la mesa un adelanto 2,5 millones de euros como financiación interina, para pagar los retrasos acumulados en la nóminas de empleados, de los 15 millones de dinero nuevo que se comprometió a inyectar en Abengoa. Posteriormente depositó otros 5,5 millones. De este modo, en el momento de la decisión judicial ya había aportado una liquidez de 8 millones, lo cual fue muy tenido en cuenta por el juez de la Sección Tercera del Tribunal de Instancia de lo Mercantil de Sevilla a la hora de decantarse por una propuesta, el pasado mes de abril
Al otro lado estaba Urbas, que llegó a posicionarse como la favorita del consejo de Abengoa. Así, tras conocer la adjudicación a Cox presentó un recurso de reposición, que fue apoyado por un grupo de fondos liderado por Signature y Blue Mountain, y asesorado por HSBC y Cuatrecasas, para tratar de dar la vuelta a la decisión tomada por el juez Jesús Gabaldón. En este sentido, alegó que su oferta era “la mejor” y que Cox Energy planteó la propuesta fuera de plazo y, por tanto, es “nula de pleno derecho”.
En un auto, con fecha del pasado 29 de mayo, al que ha tenido acceso CincoDías, el juez Gabaldón ratifica su decisión y rechaza los argumentos de Urbas, que también se quejó de que la oferta del grupo de Riquelme contiene una distribución del precio irregular.
Al respecto, el magistrado explica que “no corresponde al oferente hacer distribución del precio ofrecido por la unidad productiva por la que se oferta”. Ello se debe, según aclara, a que “la norma no impone una distribución del precio”, sino que establece la forma de proceder en caso de enajenación de la unidad productiva incluya bienes o derechos gravados en garantía de créditos.
Compromisos de Cox
Por otro lado, el juez de Sevilla también descarta que se haya infringido la prohibición legal de asistencia financiera. Urbas denunció esta supuesta vulneración porque Cox se comprometió a asumir los litigios pendientes de Abengoa con la promesa de destinar parte de lo que perciba con estos asuntos a reparar deuda. En concreto, se prevé el abono del 30% a los acreedores privilegiados y el 20% para el concurso. Según el magistrado, con esta oferta “no se otorga financiación sino que se asume la postura en procedimientos de reclamación de alguna de las concursadas”.
En cuanto a las alegaciones acerca de que la oferta finalmente aprobada no asume la continuidad de la actividad de las divisiones de Agua, Energía, Latam y T&I por un mínimo de tres años, el juez corrige esta percepción y apunta que el planteamiento de Cox sí que acoge de manera “expresa” dicho compromiso. De hecho, en el auto de adjudicación se recalcó que el nuevo dueño de Abengoa prometía mantener más de 9.000 puestos de trabajo.
Por último, el juez de lo Mercantil de Sevilla tampoco acepta los recursos presentados por unos cuantos acreedores privilegiados, como el banco HSBC, que tienen “derecho a veto”. La transmisión de los activos tiene que ser avalado por estos inversores, si bien las alegaciones expuestas para impugnar la adjudicación no han convencido al magistrado.
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