La juez archiva el caso del rescate a Plus Ultra
La magistrada destaca que la SEPI no tuvo capacidad de decisión en la subvención de 53 millones de euros.
Fin del 'caso Plus Ultra'. La juez de Madrid encargada de investigar el rescate de 53 millones de euros a la aerolínea ha acordado archivar el procedimiento, que se inició en abril de 2021, y en el que no se ha llamado a declarar a los responsables de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) contra los que se dirigió las querellas de PP, Vox y Manos Limpias, ni tampoco el representante de la compañía, también imputada. El 'carpetazo' a la investigación tiene lugar después de que la Audiencia Provincial de Madrid revocara la imputación de la compañía aérea, al entender que se hizo fuera del plazo procesal, una vez que la instrucción había caducado.
En un auto con fecha del pasado 5 de enero, al que ha tenido acceso Cinco Días, la titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid, Esperanza Collazos, afirma que de todo lo actuado durante las investigación "no aparece debidamente justificada la perpetración" de los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, delito contra la Hacienda Pública, cohecho y tráfico de influencias, por lo que procede acordar el sobreseimiento de las actuaciones.
De hecho, sobre el delito de malversación, la magistrada apunta que se trata de un ilícito relacionado con el ejercicio de los funcionarios públicos y por tanto no se puede atribuir al Consejo Gestor de la SEPI, dado que "no tiene capacidad decisoria sobre el tema de la subvención acordada", sino que tan solo se limita a elevar el asunto al Consejo de Ministros para que apruebe las operaciones acordadas. En el caso de Plus Ultra tuvo lugar el 9 de marzo de 2021. En esta línea, argumenta que el delito de prevaricación y cohecho tampoco son aplicables en este caso, ya que no existió decisión "arbitraria" si la SEPI "no tenía competencia para ello".
Dudas sobre la "ocultación" de requisitos
En cuanto al delito de tráfico de influencias, la juez Collazos indica que no hay indicios que acrediten que los miembros de la sociedad estatal se situase en una "situación de prevalecimiento para obtener un enrequecimiento injusto" con el rescate de 53 millones de euros; al igual que no ve ninguna práctica irregular relacionada con el delito de obtención de subvenciones o ayudas de las Adminsitraciones Públicas falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiese impedido. De este modo, rechaza una de los principales argumentos que incluyeron PP, Vox y Manos Limpias en sus querellas y que justificaron la apertura de la investigación.
Sobre este último, la resolución detalla que "a la vista de las periciales practicadas", entre ellas el careo que se produjo (por partida doble, debido a un fallo técnico) entre los peritos judiciales y los de la SEPI, no se puede afirmar que Plus Ultra ocultara datos, "con el ánimo de defraudar", aunque la interpretación de las cuentas de la compañía susciten "dudas".
Así, con todas las pruebas practicadas, la magistrada concluye que "se ha sembrado una duda razonable sobre la comisión de algún tipo penal, en cuanto a las personas físicas y jurídicas frente a las que se ejercitó la acción penal, en el bien entendido que ellas carecían de capacidad de decisión, que se encontraba situada en el Consejo de Ministros que fue el órgano que acordó y aprobó la subvención a la mercantil Plus Ultra".
Se paralizó el rescate
Desde su inicio, el 'caso Plus Ultra' ha tenido idas y venidas. La apertura del procedimiento provocó, en julio de 2021, la paralización de parte del polémico rescate que estaba pendiente de transferirse (34 millones de euros) hasta que la justicia comprobara que la compañía aérea realmente necesitaba dicho dinero para el pago de acreedores. Finalmente, se dio luz verde al abono del segundo tramo del préstamo del Gobierno en agosto de 2021.
Además, la investigación nunca ha contado con el apoyo de la Fiscalía, que se ha sumado a las reiteradas peticiones de la Abogacía del Estado -que ha defendido a la SEPI- de que se archivara la causa. Finalmente, aunque la juez ha argumentado que no ve indicios suficientes de delito para continuar con ella, el sobreseimiento se esperaba, al menos con respecto a Plus Ultra, desde finales de noviembre, cuando la Audiencia Provincial de Madrid dio la razón a la aerolínea acerca de que su imputación se hizo una vez "agotado el plazo de 12 meses previsto" para el desarrollo de la investigación, y sin haber acordado la prórroga de la misma.