Hacienda pone el foco en obras y reformas para garantizar la validez de la ficha catastral
Fijará la lupa en aquellas obras que afecten a cambios inmobiliarios relevantes que modifiquen la información de la que dispone el Catastro, lo que afectará a la gestión de varios impuestos
Tapiar una terraza para ganarle metros a la casa, ampliar un porche de obra para unirlo al salón de la vivienda, habilitar una bajo cubierta como buhardilla o construir una casa de campo en terreno rústico, y no declararlo, son algunos claros ejemplos de irregularidades urbanísticas que tiene sus efectos en la ficha catastral que debe responder fielmente a la descripción del activo.
Detrás de esta actuación casi siempre está la picaresca para evitar el encarecimiento del recibo del Impuesto de Bienes Inmueble (IBI). En otros casos, se trata de un mero desconocimiento de la norma, ya que el titular debe proceder a presentar una declaración de alteración de inmueble.
La consecuencia de todo ello es que una vez que se regularice esa obra y se actualice la ficha catastral, el recibo del IBI puede acarrear una importante subida respecto a lo pagado en ejercicios anteriores para consolidarse.
Es por ello, por lo que de cara a 2023, tal y como se recoge en los Presupuestos generales del Estado, en el Programa 932M del Ministerio de Hacienda, de gestión del catastro inmobiliario, se va a “intensificar la lucha contra el fraude, para adecuar la descripción catastral de los inmuebles a la realidad”. Se trata de descubrir aquellos casos en que no se hayan presentado las oportunas declaraciones de actualización de los inmuebles por los titulares.
Esta obligación, que en su mayoría pasa por declarar la ampliación de la vivienda con la realización de obras que pueden calificarse de menores, es básica a la hora de gestionar un buen número de tributos de base inmobiliaria.
El principal es el IBI, pero hay otros como el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, (IIVTNU), comúnmente conocido como de plusvalías y también resulta básico para el cálculo de la renta imputada en el IRPF.
Proceso continuo
El proceso de actualización catastral “continua y permanente” consiste además, tanto en actualizar los valores de referencia de los inmuebles que se han convertido en base imponible de tributos cedidos a las comunidades autónomas, al tiempo que también se actualizan los padrones catastrales y lógicamente sirven para gestionar los impuestos a los que sirven los valores catastrales.
Dentro de este proceso de búsqueda de la realidad inmobiliaria “en su origen”, los ayuntamientos también han elevado su grado de colaboración mediante comunicaciones que incorporan nuevas construcciones y alteraciones, así como la documentación acreditativa, que sirve de referencia a la hora de conocer todo el parque inmobiliario.
Muchos municipios cuentan con personal de inspección que recaban información de obras no declaradas y que se transmiten al Catastro y es empleada por el ayuntamiento para gestionar sus tasas e impuestos.
En otras ocasiones, son las propias declaraciones realizadas por los titulares. También se produce una importante colaboración entre Notarios y Registradores de la Propiedad, Ayuntamientos, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y otras administraciones en supuestos de concentración parcelaria, de deslinde administrativo, de expropiación forzosa y de actos de gestión urbanística.
La descripción catastral es importante que sea lo más fidedigna posible, ya que en el caso de compra o venta de un inmueble, será la que aparezca detallada en las escrituras que se firmen ante notario, al tiempo que también puede resultar una garantía de que efectivamente se está comprando lo que se quiere comprar y que su precio se adapta a lo comprometido y a las circunstancias del mercado.
Esta capacidad descriptiva, además, facilita una referencia estadística de los precios de compraventa de inmuebles declarados en escritura pública y que resulta de utilidad tanto para ciudadanos como para administraciones públicas, lo que facilita la gestión de demandas de información tributarias, o incluso de orden social y económico, como es el caso de las subvenciones.
Diversos usos de la información catastral
Uso tributario. Pese a que los datos del Catastro son primordiales a la hora de gestionar las dos figuras tributarias que proporcionan más financiación a los ayuntamientos, el IBI y el impuesto de plusvalías, su información es vital también en el IRPF. La imputación de renta por tener bienes inmuebles urbanos o rústicos, una vez excluida la vivienda habitual, oscila entre el 2% del valor catastral del inmueble o el 1,1% cuando el valor catastral ha sido revisado. Si carece de esta valoración catastral el porcentaje también es del 1,1%, pero se aplicará sobre el 50% de la mayor cifra del valor de adquisición o el de la Administración a efectos de otros tributos. El impuesto sobre el patrimonio y sucesiones y donaciones, son otras figuras que pueden emplear el valor catastral.
Uso jurídico. Los datos catastrales también son empleados para determinar la capacidad económica en aquellos procesos de concesión de diversas ayudas públicas. Es el caso del acceso a vivienda protegida, becas, ayudas a comedores sociales, acceso a residencias o ayudas a enfermos de larga duración. Para poder acceder al ámbito de la justicia gratuita, hay que comprobar que se carece de propiedades, siendo la información catastral un buen referente.