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Autónomo con empleado teletrabajando: ¿tiene que pagarle plus por comida?

No se debe abonar si el pago tiene naturaleza extrasalarial

Durante la actividad propia del trabajador autónomo es frecuente que surjan dudas, especialmente, si se tiene trabajadores a su cargo. Una de las más habituales, especialmente a raíz de la pandemia, tiene que ver con si se debe pagar el plus de comida al empleado si este está teletrabajando. Los expertos de Sincrogo indican que no se debe abonar si este pago tiene naturaleza extrasalarial.

La afirmación se basa en una reciente sentencia del TSJ de Madrid que pone de manifiesto que no hay que abonar la ayuda para comer en el teletrabajo siempre y cuando el carácter de este pago sea extrasalarial.

El TSJ de Madrid puntualiza que en el caso de que se reconociera el abono de la comida en la modalidad de trabajo a distancia se “estaría desnaturalizando la misma, pues se convertiría en un concepto salarial, cuando tiene una evidente naturaleza extrasalarial”.

Compensación de los gastos

La sentencia aclara que el plus de comida es una ayuda que se aporta al trabajador para compensar los gastos que le genera el tener que trabajar en jornada partida y no pueda comer en su domicilio. Por lo tanto, el plus de comida solo se debe abonar cuando se entiende que supone una ayuda para los trabajadores que trabajan en jornada partida. De hecho, esto es así cuando la empresa entiende que el trabajador que debe desempeñar una jornada partida come fuera de su domicilio.

En el caso del teletrabajo esta opción no se podría contemplar así. Solo si se reconociera el derecho de abonar este plus cuando el trabajador trabaja desde casa, indica el TSJ, “se estaría desnaturalizando la misma, pues se convertiría en un concepto salarial, cuando tiene una evidente naturaleza extrasalarial”.

Esta circunstancia deriva del hecho de la demanda interpuesta a una empresa tras publicar un aviso el 16 de marzo de 2020, cuando se declaró el Estado de Alarma, indicando que al no trabajar presencialmente en el centro de trabajo no se abonaba la ayuda de comida al no incurrir en el gasto de comer fuera del domicilio. Una vez vuelta a la presencialidad, la empresa decidió cerrar el centro de trabajo a las 15 horas para que sus trabajadores continuaran con la jornada por la tarde desde sus domicilios.

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