Claves de una declaración con más impuestos a las rentas más altas
Comienza la declaración de la renta 2021, en que las rentas más elevadas pagan más por sus salarios y plusvalías y cuentan con menos beneficio fiscal en las aportaciones a planes de pensiones. Las criptodivisas tendrán su propia casilla
La suerte está echada en la declaración de la renta del ejercicio 2021. El año fiscal concluyó y ahora se acerca el momento de presentar la declaración, ya sin apenas margen de maniobra para tomar decisiones que ayuden a rebajar la factura con Hacienda. La campaña comienza el 6 de abril, día en que ya se podrán presentar declaraciones por internet; el 5 de mayo estará disponible la modalidad por teléfono y el 1 de junio dará inicio la atención presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
La declaración puede arrojar algunas sorpresas, en especial para las rentas más elevadas del trabajo y del ahorro, que el pasado año vieron endurecida su tributación. Además, el pago del IRPF no se ajusta al alza de la inflación, con lo que el aumento del coste de la vida supondrá también un incremento en el pago de impuestos en la renta de 2021.
La renta de 2021 trae en todo caso algunas alzas directas de impuestos, que contribuyen a elevar la recaudación. Así, el gravamen para las rentas del trabajo que superan los 300.000 euros se elevó en dos puntos, al 47%. Y el tipo impositivo a las plusvalías que exceden de los 200.000 euros se subió al 26%, desde el 23% anterior.
Los planes de pensiones, un vehículo de ahorro a largo plazo que ha disfrutado durante largo tiempo de importantes beneficios fiscales, también vio endurecida en 2021 su tributación. La declaración de los partícipes de este producto bien podrá resentirse de la importante rebaja en el importe deducible en las aportaciones. En 2021 menguó desde los 8.000 euros –que podían rebajarse directamente de la base imponible del contribuyente– a un máximo de 2.000 euros. Y en 2022 esa cuantía se ha vuelto a recortar hasta los 1.500 euros anuales.
En las plusvalías que exceden de 200.000 euros, el gravamen sube al 26%
La declaración de la renta de 2021 trae por tanto más impuestos para las rentas más altas y la pérdida de una importante fuente de deducciones, precisamente empleada de forma mayoritaria también por las rentas más elevadas. El momento de hacer cuentas con Hacienda por el pasado ejercicio sí deja en cualquier caso un resquicio para rebajar la factura fiscal con la compensación de plusvalías con minusvalías. Y conviene confirmar, como cada año, que los datos que maneja la Agencia Tributaria son correctos y están actualizados, y repasar las deducciones y bonificaciones a las que se tiene derecho.
Gravamen del ahorro
La declaración de la renta de 2021 incluye una importante novedad en la tributación del ahorro que afecta a las ganancias patrimoniales y rendimientos del capital de mayor cuantía. Así, los Presupuestos Generales del Estado de ese año introdujeron un nuevo tramo para las plusvalías que superan los 200.000 euros, que se gravan al 26%.
Para el resto de ganancias, se aplica el 19% de gravamen en los primeros 6.000 euros; el 21% a lo que excede de esa cuantía hasta los 50.000 euros y el 23% en las plusvalías que superan los 50.000 euros hasta los 200.000 euros.
Será la primera declaración con un apartado específico para criptoactivos
Son los tipos que se aplican en la base imponible del ahorro, en la que deben incluirse los rendimientos del capital mobiliario (resultantes de la venta de bonos, obligaciones, letras del Tesoro e instrumentos de renta fija, del cobro de dividendos, de pagarés de empresa, del rescate de unit linked o de seguros de vida ahorro e invalidez, intereses de depósitos y cuentas corrientes) y las ganancias patrimoniales (derivadas de la venta de acciones, de fondos de inversión, ETF o sicavs y de inmuebles). No hay que olvidar cuestiones como que los fondos de inversión solo tributan por las plusvalías en el momento del reembolso, no al hacer traspasos de un vehículo a otro.
Plusvalías y minusvalías
La factura fiscal de las ganancias por la inversión y el ahorro puede rebajarse con las pérdidas sufridas en el ejercicio y también con las de ejercicios anteriores que no se hayan empleado en compensar plusvalías. Así, primero se compensan entre sí las ganancias y pérdidas de los rendimientos del capital mobiliario del año fiscal 2021. Es decir, lo ganado por ejemplo con el cobro de dividendos o de intereses de un depósito y lo perdido con un bono. Y si después de ello sigue habiendo un saldo negativo en el capital mobiliario, por unas pérdidas muy abultadas en renta fija, esa pérdida puede servir para rebajar el importe sujeto a impuestos de las ganancias patrimoniales, con un límite del 25%. Es decir, rebajar con esa pérdida lo ganado en Bolsa. Y si aún quedara saldo negativo, puede disponerse de él durante los cuatro ejercicios fiscales siguientes para compensar rendimientos del capital mobiliario primero y ganancias patrimoniales después.
Del mismo modo, las pérdidas de la venta de unas acciones sirven para compensar la ganancia de la venta de una casa y reducir así la factura fiscal. Primero ha de hacerse la compensación de lo ganado y perdido entre lo que tiene la consideración de ganancias y pérdidas patrimoniales, según la naturaleza del activo. Si tras esa compensación resultara aún un saldo negativo, una pérdida patrimonial, podría emplearse entonces para restarla a lo ganado con dividendos o títulos de renta fija (rendimientos del capital), con un máximo del 25%. Para rebajar por tanto los rendimientos del capital mobiliario, aunque no más allá de ese 25%.
Trabajo y ERTE
En las rentas del trabajo también hay un cambio respecto al año anterior. Se eleva del 45% al 47% el tipo marginal máximo para rentas superiores a los 300.000 euros. Además, todas las comunidades autónomas tienen sus respectivas escalas de la base liquidable general, con lo que en las rentas más altas el gravamen puede llegar hasta el 54%.
En materia laboral, 2021 será también un ejercicio en el que los trabajadores que estuvieran acogidos a un ERTE tendrán que tener en cuenta el hecho de haber contado con dos pagadores.
Están obligados a presentar la declaración las personas que ingresen más de 22.000 euros de un solo pagador y de 14.000 en el caso de los contribuyentes que tienen más de dos pagadores y cuando el segundo de ellos le haya abonado más de 1.500 euros. Así, pese a estar en ERTE y a tener por ello menores rentas del trabajo, habrá obligación de declarar si los ingresos superan en el año los 14.000 euros, puesto que se habrá cobrado de dos pagadores, de la empresa y del SEPE. Además, cabe la posibilidad de que la declaración salga a pagar, puesto que los pagos del SEPE no tienen apenas retención.
También están obligados a hacer la declaración de la renta los receptores del ingreso mínimo vital, a pesar de que esta prestación está exenta en un máximo de 11.279,39 euros. Los técnicos de Hacienda critican que este tipo de renta obligue a declarar, “más aún cuando su importe total está exento, y en la mayoría de los casos la declaración no supondrá ingreso ni devolución, ya que no habrá rentas sujetas a retención”.
Plan de pensiones
Los planes de pensiones individuales permiten desde este año una rebaja fiscal máxima de 2.000 euros anuales por las aportaciones, frente a los 8.000 euros de 2020. Y ese tope se rebajará de nuevo, a 1.500 euros al año en 2022, según los Presupuestos. Por ejemplo, según explican en Abante, un partícipe que, teniendo en cuenta la escala estatal, el año pasado aportara 2.000 euros, con un tipo marginal del 19%, recibiría una devolución de Hacienda de 380 euros. Pero si tuviera un tipo del 47%, el máximo, con la misma aportación la devolución sería de 940 euros.
La deducción permite por tanto un ahorro fiscal a los contribuyentes con rentas más altas, sin olvidar que en el momento de la tributación los rendimientos generados se gravan como rentas del trabajo, a un tipo que puede alcanzar por tanto el máximo del 47%.
Criptodivisas
Otra de las novedades de la declaración de la renta de 2021 tiene que ver con las criptodivisas. La ganancia patrimonial por la venta de estos activos ya estaba sujeta a gravamen, pero será la primera vez que el modelo de la declaración incluya un apartado para identificar los saldos de monedas virtuales, que hasta ahora debían incluirse en el apartado genérico de demás bienes y derechos de contenido económico.
Este cambio en el modelo de la declaración es un ejemplo más de los esfuerzos de la Agencia Tributaria por prevenir el fraude con criptomonedas. De hecho, si no se cumple con la obligación de declarar las transacciones con criptodivisas –al margen de si hay ganancias o pérdidas–, la sanción por la deuda tributaria puede alcanzar hasta el 150%, según explican desde la consultora Tax Down.
Deducciones y beneficios fiscales que hay que tener en cuenta
Donativos. En las aportaciones a organizaciones sin ánimo de lucro se aplica una deducción del 80% sobre los primeros 150 euros, considerando el total aportado a una o varias ONG. Lo que exceda de esos 150 euros disfruta de una deducción del 35%, pero si el contribuyente ha realizado una aportación igual o superior a la de los dos años anteriores a una misma ONG, ese porcentaje sube al 40%.
Volcán. Si el contribuyente se ha visto afectado por la erupción volcánica de La Palma y ha cobrado alguna ayuda de una Administración pública, no tendrá que tributar por las destinadas a reparar la destrucción de elementos patrimoniales. Además, están exentas las ayudas personales.
Rehabilitación energética. Con el fin de contribuir a rebajar la factura de la electricidad en los hogares, el Gobierno aprobó, con efectos desde el 6 de octubre de 2021, una serie de deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas habituales o alquiladas. En concreto, una deducción del 20% por obras de mejora hasta 5.000 euros que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración hasta el 31 de diciembre de este año; otra deducción del 40% por obras de mejora hasta 7.500 euros que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable hasta la misma fecha, y una deducción del 60% por obras de rehabilitación energética hasta 5.000 euros (acumulada hasta 15.000 euros) de edificios de uso mayoritariamente residencial hasta el 31 de diciembre de 2023.