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Supervision

La Audiencia confirma la multa a OHLA por omitir datos del cese de Tomás García Madrid

La empresa no informó de varias cláusulas sobre la indemnización de su antiguo CEO

Tomás García, ex consejero delegado de OHL.
Tomás García, ex consejero delegado de OHL. Manuel Casamayón

La CNMV impuso a OHLA –antigua OHL– una multa, conocida en octubre del año pasado, por cometer una infracción grave relacionada con la omisión de datos en el cese como consejero delegado de la compañía en octubre de 2017 de Tomás García Madrid. La empresa recurrió, pero la Audiencia Nacional respalda al supervisor en una reciente sentencia. Desde la compañía estudian un recurso ante el Tribunal Supremo y destacan que la multa, de 100.000 euros, está pagada y que no tiene impacto de ningún tipo en sus cuentas.

El supervisor acusó a la compañía de ocultar datos en el informe anual sobre remuneraciones de los consejeros correspondiente al ejercicio 2016. En concreto, faltaba información sobre las cláusulas de indemnización por cese de actividad y de compensación por no competencia contenidas en el contrato de alta dirección que vinculaba a la empresa con Tomás García Madrid por su condición de consejero delegado. Este dimitió de ese puesto en octubre de 2017 y percibió en dicho año una retribución en efectivo de 9,7 millones de euros, frente a los 1,3 millones en 2016, derivada de su salida.

Compensación

OHL decidió exigirle que durante los dos años siguientes a su salida que no efectuara actividades iguales o similares a las que realizaba en la compañía que controla ahora la familia Amodio. La compensación se abonó el 2 de abril de 2018 y fue equivalente a dos anualidades de retribución total anual. Es decir, 6,02 millones de euros, más los intereses (118.057euros) desde la fecha de extinción (25 de octubre de 2017) hasta la fecha efectiva de pago (2 de abril de 2018). La CNMV también multó al propio Tomás García Madrid con 10.000 euros, al actual vicepresidente, Juan Villar-Mir, y a los exconsejeros Juan José Nieto y Mónica de Oriol. Los castigos fueron en estos tres últimos casos de 5.000 euros para cada uno.

El fallo de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso CincoDías, rechaza los argumentos de OHL y del resto de los multados. Estos aducen, entre los motivos de la impugnación de la decisión de la CNMV, las vulneraciones del principio de culpabilidad y del de proporcionalidad en la imposición de sanciones, así como la falta de motivación de la resolución. La compañía señala que estudia la sentencia y abre la puerta a presentar un recurso ante el Supremo.

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