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A fondo
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Los deberes del comité de expertos para la reforma fiscal

En algunos casos, como el de la tributación medioambiental o digital, su labor se verá muy limitada por los proyectos de ley que se están tramitando

CINCO DÍAS

No ha habido década desde finales de los años 70 en los que el Ministerio de Hacienda no se haya visto en la necesidad de proceder a la creación de un comité de expertos o a la elaboración de un libro blanco de reforma fiscal que trate de dar respuesta a una siempre adelantada actividad económica que va por delante de la tributación de las operaciones que en la misma subyacen.

Hay que reconocer, en ese sentido, la predisposición de los sucesivos titulares del Ministerio a dejar su impronta en nuestro sistema tributario, sabedores de la necesaria actualización de nuestro régimen fiscal, y también el hecho de que la tozuda realidad ha impedido que los cíclicos libros blancos se transformen en norma en la mayoría de los casos para dar forma a los cambios, muchas veces disruptivos, que se plantean desde el ámbito generalmente doctrinal. Los trasatlánticos, como el que metafóricamente sería el Estado, tienen un rumbo que seguir –también en nuestro ejemplo, los ingresos tributarios– que pueden ser objeto de ajuste, pero no de cambios radicales de destino, pues durante toda la travesía debe mantenerse a flote.

En 2021, el primer año de esta década, el componente 28 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia nos anticipaba la creación de un comité de personas expertas, que desde mediados de abril ya conforman diecisiete académicos de las áreas de derecho financiero y tributario, hacienda pública y economía aplica –y en los que se echa en falta la presencia de inspectores de hacienda o de reputados asesores fiscales–, y que tiene por labor fundamental asesorar al Ministerio de Hacienda en la adopción de las decisiones adecuadas en la reforma del sistema, para, básicamente, obtener unos ingresos públicos suficientes que contribuyan al equilibrio fiscal a medio plazo, hoy muy lejos de los compromisos constitucionales del artículo 135 de la Constitución, y de los que se derivan del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, que seguirá previsiblemente en suspenso también durante el año 2022.

Así las cosas, el objetivo asignado al comité es doble: en primer lugar, obtener un análisis del sistema tributario y de los restantes ingresos públicos, teniendo en cuenta la suficiencia, equidad y eficiencia del sistema y, por supuesto, las tendencias internacionales –que en un Estado complejo como España deben engarzarse con nuestro modelo territorial autonómico y nuestra integración en Europa–. En segundo lugar, realizar un análisis técnico con especial atención, dice el encargo, a la fiscalidad medioambiental, la imposición corporativa y la tributación de la economía digitalizada, la imposición patrimonial y lo que denomina la fiscalidad de las actividades económicas emergentes.

Respecto de estos cinco apartados que requieren la especial atención del Comité, observo importantes limitaciones en el margen de actuación de los expertos, toda vez que, comenzando con la tributación ambiental, sus posibles propuestas se verán constreñidas por el proyecto de ley ya en curso sobre residuos y suelos contaminados que introduce en nuestro sistema el nuevo impuesto especial sobre envases plásticos de un solo uso y el impuesto sobre depósito, incineración o coincineración de residuos, y sobre todo por el paquete Fit for 55 presentado el 14 de julio por la Comisión Europea para alcanzar el objetivo de descarbonización a 2030, y que conlleva la presentación de hasta 13 directivas, entre las que se encuentra la referida a la fiscalidad de la energía, al ajuste fiscal en frontera al carbono, a los derechos de emisión de C02.

Algo similar ocurre con la referencia a la imposición corporativa y digital, donde el compromiso del Reino de España, ya manifestado, es el de sumarse al planteamiento del G7, confirmado por el G20, y que ya está en fase de trabajo en el Inclusive Framework de la OCDE, para asegurar una tributación mínima para las multinacionales del 15%, y la supresión –en compensación a EE UU–, de los impuestos nacionales sobre los servicios digitales, como el español. Más esperanzas podemos tener en los planteamientos técnicos que hagan los miembros del comité, académicos todos, sobre la forma de abordar la imposición patrimonial, pero en los que, desgraciadamente, serán los motivos políticos, más que los relativos a la corresponsabilidad o a la unidad de mercado, los que primen la decisión final.

Y por último, más críptico es el único apartado de las actividades emergentes, que más parece un cajón de sastre para que se propongan nuevas figuras tributarias que graven determinados comportamientos nocivos o determinadas capacidades económicas o manifestaciones de riqueza, respecto de los que ¡ojo! deberían evitarse propuestas que planteen nuevos o experimentales impuestos especiales que puedan incidir negativamente en el desarrollo de determinadas actividades económicas y generar daños reputacionales.

Finalizado el 15 de julio el plazo para la presentación de propuestas por parte de los diferentes agentes económicos en el acertado plazo de información pública abierto a todos por el comité de personas expertas, no será hasta finales de febrero cuando conozcamos las conclusiones alcanzadas, y hasta más tarde cuando verifiquemos si, además de marcar un rumbo doctrinal, el grupo convence a los poderes públicos de las bondades de sus propuestas para mantener el barco a flote.

Alberto García Valero es Socio responsable de Tax Policy de EY Abogados 

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