Requisitos para que autónomos soliciten una hipoteca
El profesional tendrá que acreditar su solvencia y la capacidad de pago de la hipoteca
Conseguir una hipoteca puede ser un proceso complicado, sobre todo cuando quien la solicita es un trabajador autónomo. Existen unos requisitos que debe reunir el trabajador autónomo cuando quiere pedir una hipoteca y busca conseguir que se la concedan. En Rastreator detallan que uno de los indispensables es acreditar la solvencia económica del profesional.
Para poder acreditar la solvencia económica, el autónomo deberá aportar la vida laboral actualizada. Éste es uno de los documentos que acreditarán que tiene una trayectoria profesional y que se trata de un profesional solvente.
Capacidad de solvencia
De igual forma y, según los expertos de Rastreator, el profesional tendrá que presentar un resumen ejecutivo que indique la capacidad de solvencia y de pago del profesional.
En caso de tener una empresa, el autónomo también deberá aportar al banco la información acerca de la misma. Esto podrá hacerlo con un dossier informativo. No obstante, dicho dossier tendrá que incluir información sobre el desarrollo de la empresa, así como las previsiones futuras. Además, se tendrá que adjuntar la información fiscal y contable de la compañía.
Deudas pendientes
Si el profesional tiene deudas y préstamos pendientes de pago, la información sobre esta situación cobrará importancia a la hora de solicitar la hipoteca. En ese sentido, tendrá que presentar los últimos recibos y los créditos que continúen activos, al igual que los extractos bancarios, ya que estos acreditan la capacidad de ahorro del profesional.
Por último, el autónomo tiene que cumplir con todos los requisitos que ponga la entidad bancaria para poder solicitar la hipoteca. Los requisitos suelen variar en función del banco y del producto que se contrate. Aparte, conviene tener un ahorro del 30% de la hipoteca que se gastos.
Dichos gastos tienen que ver principalmente con la operación de compraventa del inmueble, cuantificada en un 10%, y el valor del coste de la vivienda, en un 20%, que no cubre el préstamo.