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Regulación

Los bancos afrontarán nuevas exigencias por la ley para proteger a los clientes vulnerables

La norma enumera criterios sociales además de económicos, y el sector financiero ve problemas a la hora de ofrecer productos

El ministro de Consumo, Alberto Garzón.
El ministro de Consumo, Alberto Garzón. Pablo Monge

La última regulación en materia financiera no proviene del Ministerio de Economía, sino del de Consumo. La cartera de Alberto Garzón ha aprobado una ley para proteger a los clientes vulnerables, de varios sectores, incluido el bancario, debido al Covid-19. Fuentes del sector consideran que abrirá una nueva grieta en torno a la directiva Mifid 2 para dar cabida a criterios sociales y no solo económicos: sexo, edad, origen, si pertenece a una minoría étnica o si se es una persona migrante, entre otros factores. La banca afrontará nuevas exigencias.

El escudo social antiCovid se pergeñó desde un principio con las moratorias en préstamos e hipotecas –que se han ampliado hasta marzo– así como con la prohibición de desahucios en alquiler hasta el final del estado de alarma el 9 de mayo. Pero el Ministerio de Consumo va un paso más allá.

En su defensa del real decreto ley ante el Congreso, Garzón señaló que la nueva norma “protege a las personas consumidoras que viven en el ámbito rural sin acceso a las entidades financieras”. El decreto se convalidó el pasado 4 de febrero en el Parlamento, aunque también se tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

Esta norma será la clave de bóveda para elaborar una regulación más profusa que permita desarrollar la “normativa de protección” al interponer reclamaciones o la información que debe facilitarse de determinados productos frente al Covid-19, entre otras cuestiones.

La norma es el primer paso de desarrollos futuros en el área financiera

La regulación apunta con el dedo hacia la Comisión Europea y su agenda del consumidor del 13 de noviembre del año pasado. El texto señala que entre los impactos de la epidemia del coronavirus sobre los consumidores, “la explotación de las vulnerabilidades financieras que existían desde antes de la pandemia se han vuelto más acuciantes”.

Y aquí se define como consumidores “vulnerables a las personas físicas que, de forma individual o colectiva, por sus características, necesidades o circunstancias personales, económicas, educativas o sociales, se encuentran (...) en una especial situación de subordinación, indefensión o desprotección.

“Se amplía, pues, el concepto de situación de vulnerabilidad al aludir ahora el carácter social”, señalan en finReg 360. Desde la boutique de asesoramiento regulatorio añaden en una nota que “llama la atención que el legislador entienda que el sexo [mencionado explícitamente] siga siendo en España una causa de vulnerabilidad y, de ser cierto, sería una triste noticia”.

Más fragmentación

En la práctica se crea un nuevo tipo de cliente minorista para el sector financiero

Fuentes financieras señalan que esta nueva regulación supondrá un nuevo hilo en la telaraña regulatoria que ha supuesto Mifid 2. La clasificación de clientes, hasta ahora segmentados en tres tipos –minoristas, profesionales y contrapartes elegibles–, se volverá a fragmentar, con el nuevo grupo de minoristas vulnerables.

La normativa aplaza futuros desarrollos. “Esto va en la línea con la consideración de los servicios esenciales, como hemos visto desde los primeros marcos de regulación de la pandemia. Tendremos que estar atentos a estos posibles desarrollos”, aseguran en finReg 360.

La regulación de las cuentas básicas en España data de finales de 2017. Esa norma, que supone la trasposición de una directiva de 2014, tiene como misión no dejar a nadie fuera de un servicio que en la práctica se necesita para vivir. La normativa de Consumo elevará el listón, según las fuentes consultadas, al poder influir en los productos financieros que puede ofrecer el banco en función de los test de conveniencia, o idoneidad en caso de asesoramiento.

Las entidades deberán tener en cuenta las deudas

 

Retoque a Mifid 2. El Parlamento Europeo no solo aprobó el miércoles el nuevo folleto de recuperación de la UE para ampliar capital por la vía exprés a través de un documento de solo 30 páginas con el fin de aminorar la carga burocrática de las empresas que quieran reforzarse por la pandemia. Esta fórmula estará disponible hasta finales del próximo año, como publicó ayer CincoDías. Además, se modificó la directiva Mifid 2 con el fin de contribuir a la recuperación de la pandemia y a proteger a los inversores.

 Uno de los grandes cambios está en el test de idoneidad, aquel que, de entrada, cualquier entidad requiere a sus clientes para ofrecerles productos que considere adecuados. Los bancos deberán evaluar el nivel de endeudamiento de los inversores minoristas, en particular debido al Covid-19. Ya existe una regulación española centrada en las tarjetas revolving, que obliga a las entidades a informar al Banco de España de los clientes con créditos por 1.000 euros, cuando antes el umbral era de 9.000 euros.

 

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