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Profesión
Tribuna
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Por la dignidad laboral de la abogacía joven

La mitad de los letrados, en sus inicios, tienen una relación “aparentemente mercantil” que supera las 60 horas semanales

Getty

La denominada uberización de la economía provocada por las nuevas plataformas digitales ha tenido una indudable incidencia en un mercado de trabajo que reclama, desde hace tiempo, reformas que garanticen el equilibrio que debe presidir en todo momento la relación laboral para evitar su precarización.

En este escenario, la problemática en torno a los falsos autónomos no solo tiene lugar con los riders, a quienes el Tribunal Supremo recientemente ha reconocido como asalariados, sino que está presente en numerosos sectores como el de la abogacía y otras profesiones liberales. Así, la abogacía joven se enfrenta hoy a los difíciles inicios de abrirse hueco en un mercado altamente competitivo y a adquirir la experiencia que, de maestros a discípulos, debe transmitirse para el desarrollo de la importante misión que el ordenamiento jurídico nos encomienda. Sin embargo, y aun a pesar de que la defensa de los derechos de la ciudadanía constituye la esencia de la profesión, a la que nos dedicamos con verdadera vocación, no hemos sido capaces de impedir que el nuestro se haya convertido en uno de los ámbitos donde mayores abusos se producen a nivel laboral.

De acuerdo con una encuesta de la Confederación Española de la Abogacía Joven (CEAJ), la mitad de los abogados con menos de cinco años de ejercicio señalan haber tenido una relación "aparentemente mercantil" por la que llevaban a cabo una jornada que excedía las 60 horas semanales y percibían una retribución que rondaba los 500 euros mensuales. Contrariamente a tales circunstancias, muchos optan por no reclamar la laboralidad de una relación que suele contar con todos los requisitos para ser calificada como tal (voluntariedad, retribución, ajenidad y dependencia), pues al tratarse de una práctica generalizada temen no encontrar algo mejor.

La existencia de unas normas colegiales y deontológicas, y la presencia de una relación triangular entre cliente, despacho y abogado, aconsejaban modular la regulación contenida en el Estatuto de los Trabajadores respecto a la autonomía y la flexibilidad organizativa del trabajo. Pero, en todo caso, el tan esperado Real Decreto 1331/2006, por el que se dispuso el carácter especial de la relación laboral entre abogados y bufetes, no ha tenido el impacto deseado.

Así, la jornada laboral (uno de los elementos primigenios del Derecho del Trabajo asociado con la seguridad y la protección del empleado) sigue siendo una materia indisponible para las partes; y, por ese motivo, el Real Decreto-Ley 8/2019 introdujo la obligatoriedad del registro horario, cuya aplicabilidad, sorprendentemente, no ha sido pacífica en el sector.

Los excesos irregulares de la jornada dificultan la conciliación y empujan los salarios a la baja, lo que perjudica de manera patente a la profesión, especialmente a las abogadas y a los jóvenes, a quienes los Colegios de la Abogacía debemos proteger para garantizar que su práctica tenga lugar con plena libertad e independencia. Asimismo, la tecnología ha permitido crear entornos laborales más dinámicos y flexibles que debemos aprovechar en pro de la igualdad y las oportunidades laborales anheladas por los jóvenes; sin descuidar el derecho a la desconexión digital al que se hace referencia en el reciente real decreto ley de trabajo a distancia.

En este contexto, debemos reivindicar un cambio de mentalidad respecto al ejercicio de nuestra profesión para evitar que la competitividad y la masificación del sector dificulten a los jóvenes acceder dignamente al mismo; motivo por el cual, desde la abogacía institucional seguiremos impulsando las bolsas de trabajo y la visibilización de la labor que desde las asociaciones de abogados y abogadas jóvenes se ejerce en interés de un colectivo que representa a más de 50.000 personas en España.

Maria Eugènia Gay es decana del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB).

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