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¿Quién puede acogerse a la retención reducida en autónomos? ¿Realmente interesa?

Ventajas e inconvenientes de aplicar esta retención en tus facturas como autónomo.

Cuando te das de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tienes la posibilidad de aplicarte una retención reducida en concepto de IRPF durante los tres primeros años de actividad. Es decir, podrás indicar en tus facturas que la retención sea de un 7% en lugar de un 15%.

No obstante, y como ocurre casi siempre en materia de fiscalidad, esto tiene sus ventajas y también sus inconvenientes. En primer lugar, cabe recordar que as retenciones a cuenta del IRPF no son más que anticipos a la Agencia Tributaria. Es decir, un dinero que se le adelanta a Hacienda a cuenta del resultado esperado en la declaración de la renta, y que se ajustará en ese momento.

En términos generales Hacienda marca que los trabajadores autónomos que desempeñan una actividad económica deben emitir sus facturas con su retención correspondiente, que por defecto es del 15% y siempre que el destinatario de estas facturas sean otros empresarios.

Retención reducida

Pero, ¿qué es la retención reducida? ¿Qué ventaja ofrece y quién puede acogerse? Según la información publicada por la asesoría JRAEconomistas, existen unos condicionantes para poder acogerse.

El primero de ellos, como hemos señalado, solo se podrá aplicar durante los tres primeros años de actividad. En segundo lugar, tampoco podrá aplicarse si has ejercido alguna actividad profesional en los doce meses anteriores a tu fecha de alta.

Y por último , debes informar a Hacienda y a tus clientes de la aplicación excepcional de este tipo de retención.

¿Entonces cuando interesa aplicar la retención reducida?

La principal ventaja de poder aplicar la retención reducida es que ganarás liquidez, algo que en los primeros años de actividad es un bien muy preciado.

Por el contrario, si tienes la fortuna de que tu negocio arranca con fuerza y obtienes beneficios desde muy pronto, esta ventaja podría tornarse en desventaja, ya que al realizar tu declaración de la renta tendrás que pagar más (al haber adelantado un 8% menos de dinero a Hacienda en cada factura).

La conclusión, por lo tanto, es que si tienes previsto beneficios desde la fase inicial de tu actividad puede que no te compense aplicar la retención reducida, ya que tendrás que desprenderte de mucho más dinero de golpe a la hora de hacer la declaración de la Renta.

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