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Guía para la gestión empresarial de la crisis (5): tiempo de confinamiento, tiempo de abogados

La ley no siempre da respuesta a los problemas que se están suscitando, lo que exige adaptarse a los hechos y a la realidad

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La pandemia del coronavirus es una situación única en nuestra historia reciente, y como tal su impacto en las relaciones jurídicas es enorme. Prueba de ello es el ingente volumen normativo publicado en los diarios oficiales, caracterizado por su excepcionalidad y motivado por una situación que el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, califica de extrema gravedad.

 De todas las consecuencias jurídicas de dichas normas me detengo, por su relevancia, en las limitaciones e incluso la imposibilidad del desarrollo normal de la actividad económica de las empresas, con todo lo que ello supone para nuestra economía y nuestra sociedad. La conclusión es que el necesario confinamiento personal se ha convertido en un indeseado confinamiento empresarial.

En esta coyuntura, las asesorías jurídicas de las empresas cobran un protagonismo especial. Es tiempo de reinterpretar la realidad a la luz de las nuevas circunstancias. Es tiempo de abogados. ¿Cómo afrontar la situación? Damos a continuación una serie de claves o pasos a seguir.

1. Identificar y conocer en profundidad las normas que afectan de modo general o singular a la actividad de sus empresas. Cada sector económico se está viendo afectado de forma distinta. El ocio, el turismo, el comercio minorista, entre otros, figuran entre los sectores más afectados. Pero no son los únicos. En realidad, es difícil señalar un sector que no esté afectado. Las restricciones en la actividad de las empresas proceden no solo de normas estatales, también se han aprobado disposiciones autonómicas y locales que con distinta intensidad obligan a condicionar o modificar la actividad económica.

En ocasiones, incluso, se establecen acuerdos o resoluciones de autoridades administrativas. Esta complejidad obliga no solo a identificar la normativa, sino también a registrarla, a fin de motivar muchas de las decisiones que se están tomando y evitar que la improvisación de hoy lastre mañana la vuelta a la normalidad. Las guías o radares normativos son más importantes que nunca, pues nos encontramos con un derecho transitorio, llamado a desaparecer. Recopilar todas las evidencias de las distintas disposiciones adoptadas es una iniciativa indispensable para los abogados.

2. Ponerse a disposición del área financiera. Como consecuencia del parón económico, el cumplimiento puntual de las obligaciones de pago con trabajadores, clientes, proveedores y Administraciones se hace difícil y en ocasiones imposible. Si bien cumplir con las obligaciones formales es el presupuesto de nuestro derecho y de la confianza empresarial, en estos momentos puede llegar a ser, en algunos casos, perjudicial.

Gran parte de las normas que se están publicando tratan de dar soluciones a esta imposibilidad o dificultad de cumplimiento, al ser consciente el legislador de que el confinamiento empresarial afecta a la capacidad de pago. Surgen así los aplazamientos tributarios y la suspensión de contratos públicos, entre otras figuras. El conocimiento profundo de las alternativas existentes para aplazar o priorizar pagos acogiéndose a los distintos mecanismos es un factor relevante para evitar posteriores perjuicios. Por otra parte, es necesario conocer las distintas ayudas financieras a disposición de las empresas, desde las líneas de financiación del ICO, u otras instituciones financieras autonómicas o europeas, hasta la opción de la financiación con aval del Estado prevista en el Real Decreto Ley 8/2020.

3. Ponerse a disposición del negocio, tanto en las relaciones con los clientes como con los proveedores. En este ámbito, la ley no siempre da respuesta a los problemas que se están suscitando, lo que exige adaptarse a los hechos y a la realidad, buscando en el consenso y en los principios generales del derecho las soluciones que nos demandan nuestros clientes y proveedores. La buena fe, el equilibrio de las prestaciones, la interpretación conforme al contexto, exigen que los abogados nos salgamos de nuestros moldes, innovemos y seamos creativos. Bien acudiendo a figuras tradicionales, como la fuerza mayor o el principio de rebus sic stantibus (estando así las cosas), bien acudiendo a las prácticas de otras jurisdicciones.

Al igual que la pandemia es un problema global, el confinamiento empresarial y las consecuencias jurídicas lo son igualmente, por lo que los argumentos empleados en distintas jurisdicciones no debieran diferir en esencia. Como consecuencia de ello, no solo hay que mirar a nuestro derecho; debemos ver el contexto de otros países para seguir las mejores prácticas.

4. Garantizar la proximidad a través de la tecnología. El empeño de estos años en la transformación digital de los abogados nos permite, ahora, estar cerca del cliente y dar respuesta inmediata a sus necesidades. A diferencia de otros sectores en los que el teletrabajo no es posible o bien es una práctica incipiente, el sector legal está preparado para el desafío. En las actuales circunstancias, aquellas asesorías jurídicas que apostaron por la transformación de su función legal están más capacitadas para atender una situación que exige no solo trabajar a distancia, sino hacerlo en un entorno colaborativo que evite el colapso de las organizaciones.

David Mellado, Socio de PwC Tax & Legal Services

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