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Todo lo que un autónomo tiene que saber si quiere contratar un becario

El autónomo puede contratar a un recién titulado o hacer un convenio con la universidad.

Contrato en prácticas o contrato para el aprendizaje. Éstas son las opciones que tiene un autónomo cuando quiere contratar a un becario. Desde el programa de facturación online Billing, han analizado este tipo de empleados, así como los requisitos que deben darse para que el profesional por cuenta propia pueda acceder a ayudas y bonificaciones.

Desde el portal recuerdan que, para los contratos para el aprendizaje (o formación), debe escogerse a un desempleado mayor de 16 y menor de 25 años y el contrato debe realizarse con una duración mínima de un año y prorrogable hasta los tres años.

El objetivo de este tipo de contratos, explican, es formar profesionalmente a los empleados. Supone un régimen alternativo con la actividad laboral remunerada de una organización, con una actividad de formación recibida dentro de un sistema formativo profesional.

Por otro lado, existe la opción de hacer un contrato en prácticas. En ese caso, el contratado debe adquirir experiencia profesional dentro de los 5 años siguientes a la adquisición del título de los estudios que haya cursado.

Estudiantes en la Universidad o ya profesionales

Es importante a la hora de contratar a un becario el saber diferenciar entre aquellos estudiantes que aún tienen un vínculo con la universidad y los que ya han finalizado sus estudios universitarios. En el caso de los últimos, sí que se les podría hacer un contrato en prácticas.

Si la persona que se quiere contratar aún tiene vínculo con la universidad, el contrato que se le haga debe estar regulado por el convenio entre la empresa y la institución a la que pertenezca el alumno. Una de las ventajas de esto es que a la empresa no le supondría ningún gasto contratar al becario.

No obstante, dichas prácticas tienen una duración limitada, que suele rondar los 3 meses, con una jornada laboral de 4 o 5 horas y no existe la obligación de remunerar al becario.

Pero si se tratara de un recién titulado, la empresa sí debe hacer un contrato laboral. En este caso, el trabajador sí percibiría una remuneración que estará establecida en el convenio. Dicha cuantía será del 60%, como mínimo durante el primer año, y del 75% durante el segundo. La duración de este tipo de contrato no puede estar por debajo de los 6 meses ni superar los 2 años..

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