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El Supremo anula la venta de 3.000 viviendas públicas de Madrid a Goldman Sachs

El Alto Tribunal rechaza el recurso de la Comunidad de Madrid y de Azora

Viviendas del Ivima.
Viviendas del Ivima.
Alfonso Simón Ruiz

El Tribunal Supremo avala la decisión de anular la venta de 32 promociones de vivienda pública de la Comunidad de Madrid en 2013. En un auto fechado este miércoles, el Alto Tribunal da la razón a la sentencia de septiembre de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la que anulaba la transacción a Goldman Sachs y Azora. En concreto, la justicia ahora rechaza los recursos de casación del Gobierno regional y de Azora debido a que no se justificó la necesidad de esa transacción.

En 2013, la Comunidad de Madrid, entonces presidida por Ignacio González (PP), vendió 2.935 casas de protección pública en alquiler, correspondientes al Plan Joven del Ivima (Instituto de la Vivienda de Madrid), por 201 millones de euros. El comprador fue un fondo de la entidad estadounidense Goldman Sachs en colaboración con el fondo español Azora.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ahora entiende “que la Administración no ha motivado adecuadamente (ni suficientemente)”, se señala en el auto al que ha tenido acceso Cinco Días, que ese patrimonio público no era necesario “para el cumplimiento de los objetivos del IVIMA”.

Apoya así la sentencia del tribunal madrileño que dio la razón a un arrendatario que interpuso un primer recurso por la venta de las 32 promociones. El Supremo asegura que los responsables regionales no realizaron un análisis “de por qué no se conservarían dentro del patrimonio del Ivima esas concretas viviendas”.

Actualmente esas viviendas están englobabas en la cartera de la empresa inmobiliaria Encasa Cibeles, que Goldman Sachs controla con casi un 98% del capital. La restante participación pertenece a Azora, que además ejerce de gestor de ese portfolio residencial. Ahora queda pendiente si se realiza la reversión de la transacción y cómo se hace.

Avala que el TSJM considerara que la decisión de enajenar ese patrimonio corresponde a la Administración “y constituye una decisión política”, “pero además debe justificarse por qué las viviendas enajenadas no son necesarias”, apunta el auto, que tiene como ponente al magistrado Fernando Román.

El TSJM ya había considerado que el traspaso de una vivienda pública de protección oficial al ámbito privado “no puede considerarse indiferente para el arrendatario”. Una cuestión que ahora el Supremo avala.

La empresa analizará el fallo

Encasa Cibeles, propietaria de las viviendas, no quiso valorar la repercusión que tendrá el auto del Supremo, sobre posibles indemnizaciones y la reversión de la transacción. “Estamos analizando el fallo”, explicó un portavoz oficial de la compañía. “Encasa Cibeles siempre ha cumplido todos los contratos de inquilinos firmados con el Ivima, también en lo que respecta a las bonificaciones de renta que algunos de ellos tenían concedidas”.

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Sobre la firma

Alfonso Simón Ruiz
Graduado en Economía y máster de Periodismo UAM / EL País. En Cinco Días desde 2007. Redactor especializado en información empresarial, especialmente sobre el mercado inmobiliario, operaciones urbanísticas y, también, sobre la industria farmacéutica y compañías sanitarias.

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