Pasos para el autónomo que quiera acceder a las ayudas por catástrofes
Plazos y documentación necesaria para pasar a la fase de revisión de solicitudes de ayudas, para negocios y actividaes afectadas por la reciente gota fría.
![GRAFCVA7869. SANTA POLA (ALICANTE), 20/09/2019.- Vista general de las salinas Bras del Port de Santa Pola (Alicante), la mayor productora de sal marina de España, que se ha visto perjudicada por la gota fría, igual que le ocurrió hace exactamente un siglo como lo refleja un documento de 1919 al que ha tenido acceso EFE en el que piden ayuda por las inundaciones al gobernador civil. EFE/MORELL](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/S36FEB7CQFJJFEQSYX6LR5GJSE.jpg?auth=26834d0e437cfcd2cd25174354944c299e41b5a3ae14aad8edf8f809d5455b1c&width=414)
Las pasadas inundaciones causadas por la gota fría supusieron importantes pérdidas para decenas de trabajadores autónomos. Consciente de la situación, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha publicado a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) los pasos que deben seguir los autónomos afectados por una catástrofe para poder acceder a las ayudas.
Las solicitudes para poder acogerse a dicho plan tendrán que presentarse hasta el 30 de octubre y deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa de los daños sufridos o de documentos que atestigüen que debido a la catástrofe se ha perdido la realización de la actividad. La información tendrá que remitirse o a la delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma en la que se acrediten los daños o a los ayuntamientos de los municipios afectados.
A partir de aquí, serán las Direcciones provinciales de la Seguridad Social las que resuelvan las solicitudes de ayudas recibidas. ¿Qué documentación valdrá para obtener una valoración positiva?
Según se informa en la resolución del Ministerio de Empleo, Migraciones y Seguridad Social publicado en el BOE, será necesario presentar documentación que acredite los daños. Ésta deberá ser expedida por una autoridad laboral, por el ayuntamiento , por el un órgano insultar o autonómico o bien por la Delegación del Gobierno.
¿Y en qué consisten las ayudas?
Una de las principales medidas que se contempla es que los autónomos puedan ingresar sus cuotas sociales fuera de plazo a la Seguridad Social. En ese sentido, se les da de plazo desde octubre de 2020 hasta marzo de 2021 para hacer los ingresos oportunos sin tener que pagar recargo por ello. También se contempla como extraordinaria que se pida una moratoria en el pago de las cuotas. De ser así, la medida tendría un carácter complementario a la medida anterior y las mensualidades serán diferentes unas de otras.