El capital social de una pyme y cómo se aumenta o reduce
Existen diferentes tipos de aportaciones que se pueden realizar a una Sociedad, no sólo dinero. Las aportaciones, o reducciones, pueden realizarse además de diferentes formas.
El capital social de una pyme es el valor de los bienes aportados por los socios a la hora de constituir una empresa. Este valor puede ser dinerario o no dinerario. Por ejemplo, para crear una Sociedad Limitada, que es la forma más común de crear una pyme, es necesario por Ley aportar un mínimo de 3.006 euros.
Pero, como decíamos, la aportación no necesariamente tiene que ser dineraria. También puede componerse de bienes y de derechos. ¿Y si quiero aportar trabajo en lugar de dinero? En ese caso sentimos decirte que el trabajo no está considerado como una aportación de capital social no dineraria, a menos que vayáis a constituir una sociedad laboral, tal y como aclaran desde finutive.com, quienes han analizado la cuestión. Otra opción para esta circunstancia, es constituir una sociedad cooperativa de trabajo, ya que en muchas comunidades autónomas no existe un mínimo de capital social dinerario a desembolsar.
Entre las aportaciones no dinerarias, las más comunes son los bienes inmuebles y los bienes muebles, pero también se aceptan otras como valores, derechos de crédito, propiedad industrial, establecimientos u otros tipos de derechos reales. En función de lo que aporte, ese determinado socio recibirá un porcentaje de acciones o participaciones en la sociedad.
¿Y cómo se puede aumentar o reducir el capital social?
Una vez la sociedad se encuentre constituida, es posible que durante su andadura los socios se planteen aumentar el capital social, o bien reducirlo. Para realizar una ampliación de capital es necesario saber que su principal función es incrementar la capacidad de negocio de una empresa. Desde Martínez Sanz Abogados apuntan dos formas de hacerlo: incrementando el valor nominal de las participaciones existentes (con el consentimiento de todos los socios) o a través de la emisión de nuevas participaciones.
Por el contrario, si lo que queremos es reducir el capital social de nuestra sociedad para equilibrar el capital y el patrimonio neto de la misma, la mejor opción es reducir el valor nominal de las participaciones o bien realizando una amortización o agrupación. La reducción puede justificarse como una reducción por pérdidas de capital, como una reducción para dotar la reserva legal o como una reducción para la devolución del valor de las participaciones.