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El Foco
Tribuna
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Las tarifas eléctricas de los vascos son injustas

El reparto de los peajes de acceso por tramos de tensión es discriminatorio

NIKIKO (PIXABAY)

La permanente reivindicación tarifaria de parte del sector industrial vasco de discriminación en cuanto a sus tarifas eléctricas de acceso con respecto a sus homólogos de otros territorios, que tanta polémica está suscitando, por implicar merma de competitividad y daño al tejido industrial, está suscitando una gran polémica política. En esta tribuna se intentará explicar el fundamento de esa reivindicación.

Señalar que el suministro eléctrico a los consumidores se estructura de forma simplificada sobre la base de tres términos: El coste de la producción de electricidad, el coste de los peajes de acceso incluidos los cargos, y los costes derivados del sistema impositivo, como IVA y el Impuesto sobre la Electricidad.

Pues bien, ese coste de los peajes de acceso, que es el término del que se deriva la polémica, no es más que una parte de nuestra factura eléctrica que se destina a pagar los costes de las redes de transporte y distribución eléctrica por el uso que hacemos de las mismas, así como los cargos que cubren los costes de otras actividades no directamente relacionadas con el suministro eléctrico vinculadas con políticas de estado ambientales, económicas, territoriales o sociales, y que el Gobierno utiliza como cajón de sastre en la factura eléctrica.

Ese coste del peaje de acceso se reparte para cada grupo de consumidores en función del nivel de tensión al que se esté conectado (voltaje, en kilovoltios, kV), la potencia contratada (kW) y los periodos de discriminación horaria (h).

Explicado esto, entremos en el fondo del asunto: por qué se puede considerar que los consumidores industriales vascos conectados a la red de 30 kV y adscritos actualmente al peaje de acceso 6.1B y no al Peaje 6.2 están sufriendo un agravio frente a los consumidores homólogos conectados a las redes de 45 kV o 66 kV adscritos al peaje de acceso 6.2.

En primer lugar indicar que la red de 30 kV es equiparable en función y características a las de 45 kV y 66 kV, pues la forma de repartir los costes de los peajes entre los consumidores se realiza en buena medida por el uso de aquellas redes que utilizan para su suministro eléctrico.

¿De qué redes hacen uso los consumidores en cuestión? Pues bien, los consumidores del peaje 6.2 se conectan a la red del nivel de tensión de 45 kV o 66 kV, que a su vez toma la energía del nivel superior, normalmente 132 kV, y la distribuye entre los propios consumidores conectados a ese nivel de tensión y a las redes de tensión inferiores a 30 kV.

En cambio, los consumidores vascos acogidos al actual peaje 6.1B están conectados a la red de 30 kV; contrariamente al criterio general, esta red no toma su energía del nivel inmediatamente superior, el de 45 kV o 66 kV, sino directamente del nivel de tensión de 132 kV como lo hacen los conectados al 45kV y 66 kV, y la distribuye entre los consumidores conectados a 30 kV y las redes de tensión inferior a 30 KV. Esta red de 30 kV solamente existe en el País Vasco y en algunas zonas de las comunidades autónomas limítrofes, donde no existe red de 45 kV o 66 kV.

No ocurre lo mismo con los consumidores conectados a las redes inferiores a 30 kV (peajes 6.1A y 3.1A), que en todo el territorio nacional toman su energía del nivel de tensión inmediatamente superior, es decir, 45 kV o 66 kV, pero en cambio en las mencionadas zonas vascas y limítrofes, toman su energía directamente de la red de 30 kV.

En segundo lugar, la imputación de costes actual es discriminatoria e injusta puesto que como se señalaba, los consumidores conectados a las redes de 30 kV siguen pagando el coste de las redes del nivel de tensión de 45 kV o 66 kV, por el que no pasa la energía eléctrica que consumen al no estar conectadas a ese nivel de tensión, como se indicaba, generándoles un sobrecoste discriminatorio que afecta a sus tarifas eléctricas.

En tercer lugar, la clasificación de los peajes se rige metodológicamente por los criterios técnicos del diseño de red y en el caso que nos ocupa no se respeta ese criterio, puesto que las redes de 30 kV de tensión nominal del País Vasco y de zonas de Comunidades limítrofes se construyeron y autorizaron en los años 1960 y 70, al igual que las de 45kV y 66 kV en el resto de España, siguiendo los preceptos del Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión aprobado por Decreto 3151/1968 que las definía como de “Segunda categoría: las de tensión nominal entre 66 kV-30 kV, ambas inclusive”.

Por ello, desde un punto de vista técnico es pertinente que los peajes asociados a estos niveles de tensión se agrupen en uno solo de acuerdo con el criterio del Reglamento original; la no adopción de la modificación supondría continuar con una situación discriminatoria, injusta e ineficiente para la industria vasca.

Y en cuarto lugar, el cambio no supone una ventaja económica. Cuando se comenzó con la liberalización del sector eléctrico allá por los años 1990, las diferencias entre las tarifas integrales asociadas a los niveles de tensión NT1 y NT2 eran pequeñas (6,8%). En esa liberalización del sector se crearon los peajes de acceso, y las diferencias en el precio medio de los peajes 6.1 y 6.2 se fueron incrementando de forma gradual a lo largo de los años básicamente por culpa de los cargos, llegando a ser el peaje unitario de la tarifa 6.1 un 93% superior a la 6.2 en 2012. En 2015 se creó el peaje 6.1B para corregir en parte esta situación, y aun así, actualmente la diferencia es superior al 40%.

Queda claro, por tanto, que la modificación que se revindica por la industria vasca trata de revertir una histórica discriminación y situarles en igualdad de condiciones con sus homólogos de otros territorios, y su defensa por el PNV y el Gobierno vasco está justificada.

Juan Ignacio Unda es exconsejero de la Comisión Nacional de Energía

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