El alza del salario mínimo apenas afectará al 1% de los trabajadores con convenio
La ley volverá a limitar la subida al cobro del SMI y no a su uso como referencia CEOE insiste en que no habrá ‘efecto arrastre’ en la negociación colectiva
El Ministerio de Empleo calcula que poco más de medio millón de trabajadores se verán afectados por la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). Si bien los empresarios rebajan sustancialmente esa estimación hasta poco más de 136.000 asalariados, que serán según sus cálculos a los que tendrán que subir el salario para cumplir con el alza del 4% acordada para 2018. Esto supone que dicho incremento afectará a alrededor del 1,2% de los cerca de 11 millones de asalariados del régimen general de la Seguridad Social protegidos por convenios colectivos.
La diferencia entre los cálculos empresariales y los de Empleo radica en que desde el Gobierno se incluyen a los trabajadores del régimen del hogar y otros asalariados no protegidos por la negociación colectiva, según distintas fuentes.
Los técnicos de la patronal CEOE han llegado a esta conclusión tras analizar 58 convenios colectivos de todo tipo de ámbito que protegen a cerca cinco millones de trabajadores, casi la mitad de todos los afectados por la negociación colectiva. En este análisis han detectado los convenios que tienen como salario base anual una cantidad equivalente al salario mínimo interprofesional (9.906 euros al año), que el año que viene deberán elevar ese umbral hasta los 10.304 euros anuales. Extrapolando los resultados obtenidos han llegado a la anteriormente citada cifra de 136.241 trabajadores que aproximadamente verán incrementados sus salarios hasta llegar al nuevo salario mínimo.
Entre los convenios colectivos analizados que regulan las condiciones de un mayor número de trabajadores y que tienen asalariados afectados por la subida del salario mínimo están, por ejemplo, el convenio general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad; el convenio del sector de la madera; el convenio colectivo estatal de elaboradores de productos cocinados para su venta a domicilio; los convenios de cajas y entidades financieras de ahorro, o el de centros de enseñanza privada.
En el informe empresarial se incluyen, además de los empleos retribuidos con salario mínimo, aquellos puestos ocupados por trabajadores en formación, con salarios anuales inferiores al fijado por el SMI. En este caso de los trabajadores con contratos formativos, su salario es inferior al mínimo porque es proporcional al número de horas que trabajan, que es también inferior a las ocho horas diarias que la ley fija para los perceptores del SMI. Desde el Ministerio de Empleo hacen esta aclaración, recordando que ningún trabajador con jornada diaria de ocho horas puede cobrar una cantidad inferior al salario mínimo interprofesional.
Las referencias al SMI, no suben
Así, la subida del salario mínimo interprofesional sí afectará a los trabajadores en formación de forma proporcional al número de horas que trabajen. Sin embargo, no afectará –como ya ocurrió tras la subida del SMI del 8% para 2017– a los salarios o complementos salariales que en los convenios estén referidos al salario mínimo. Sería el caso, por ejemplo, de un salario mínimo de convenio que se estableciera como 1,5 veces el SMI. En este caso, el real decreto que regulará la subida del 4% para 2018, mantendrá que la referencia del SMI siga siendo la de 2016 (9.172 euros al año o 655 al mes en 14 pagas).
Debido a esta diferencia de trato en los convenios entre los que cobran el salario mínimo y aquellos que lo tienen solo como referencia para fijar retribuciones básicas o complementos salariales superiores, los empresarios aseguran que este nuevo incremento del salario mínimo “no tendrá un efecto arrastre de todos los demás salarios en la negociación colectiva”.
Asimismo, los representantes patronales insisten en que, el efecto directo de la subida es tan leve que tampoco afectará a la futura creación de empleo. Según su argumentación, este año, con una subida del 8% del salario mínimo se han creado casi 600.000 empleos. Igualmente añaden que tampoco ha supuesto tensión en la negociación de los convenios ni alzas superiores del resto de salarios, que están subiendo una media del 1,4%.
Qué pagarán los autónomos
La prórroga de los Presupuestos tendrá implicaciones en la cuota de cotización que pagan los autónomos. Estas son las condiciones que fija el borrador de la orden ministerial:
Autónomos físicos. La mayoría de autónomos, que son personas físicas, verán congelada su cuota en 2018. Así, la base mínima de cotización seguirá siendo de 919 euros al mes, con lo que el mínimo que abonarán quienes no disfruten de tarifa plana de cotización volverá a ser 266 euros mensuales. No obstante, esta congelación solo se producirá hasta que haya nuevas cuentas, en las que el Gobierno fijará una nueva subida de la base mínima. En 2017 dichas bases subieron un 3% desde julio, cuando entraron en vigor los presupuestos.
Societarios. Más de medio millón de autónomos que no son personas físicas sino que actúan como sociedad limitada y a aquellos que tienen al menos 10 asalariados verán incrementada su base mínima lo mismo que el salario mínimo (4%), tal y como recoge la ley. Aunque esta norma ha cambiado desde el próximo 1 de enero y ahora se deberá negociar este incremento. El Gobierno esperará a tener nuevos Presupuestos para aplicar otra subida o incluso congelar esta base.